Ley
N° 10702 Ley para brindar seguridad jurídica a la ejecución de sentencias de los procesos constitucionales de Hábeas Corpus y de Amparo contra sujetos de derecho público en Costa Rica (Ley N° 10702)
Fija un plazo de prescripción de cuatro años para que el vencedor de un amparo o hábeas corpus pida la ejecución forzada de la sentencia constitucional contra entes públicos, vía reforma del artículo 179 del Código Procesal Contencioso-Administrativo.


















