Se Reforma el Artículo 148 de la Ley 8765, Código Electoral, de 19 de agosto de 2009, para Brindar Mayor Transparencia y Acceso a la Información en el Proceso Electoral (Ley N.° 10018)
Los partidos deben entregar biografía, fotografía y programa de gobierno de sus candidaturas y el TSE debe publicarlos. Ley 10018.