El Derecho Constitucional de Costa Rica es la rama suprema del ordenamiento jurídico que estudia e interpreta la Constitución Política, los derechos fundamentales, la organización del Estado, la división de poderes y los mecanismos de control constitucional. Como norma jerárquicamente superior, la Constitución Política de 1949 establece los principios y valores sobre los cuales se construye todo el sistema jurídico costarricense, y cualquier norma que la contradiga puede ser declarada inconstitucional.
Costa Rica es reconocida mundialmente por su sólida tradición democrática y constitucional. La creación de la Sala Constitucional (Sala IV) de la Corte Suprema de Justicia en 1989, mediante la reforma al artículo 10 de la Constitución y la Ley de la Jurisdicción Constitucional (Ley N° 7135), marcó un hito en la protección de los derechos fundamentales. La Sala IV se ha convertido en una de las cortes constitucionales más activas y accesibles de América Latina, permitiendo a cualquier persona interponer recursos de amparo y hábeas corpus sin necesidad de abogado, lo que democratiza el acceso a la justicia constitucional.
Los derechos fundamentales protegidos por la Constitución incluyen la vida, la libertad, la igualdad, la propiedad, la intimidad, la libertad de expresión, el derecho al trabajo, la educación, la salud, un ambiente sano y la seguridad social, entre otros. La jurisprudencia de la Sala Constitucional ha ampliado progresivamente el catálogo de derechos protegidos, incorporando derechos derivados de tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Costa Rica, que tienen rango constitucional conforme al artículo 48 de la Constitución.
La organización del Estado costarricense se estructura en tres poderes: el Poder Legislativo (Asamblea Legislativa unicameral), el Poder Ejecutivo (Presidencia de la República y ministerios) y el Poder Judicial. Además, la Constitución establece órganos de relevancia constitucional como el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), la Contraloría General de la República y la Defensoría de los Habitantes, cada uno con funciones específicas de control y garantía institucional.
En Bufete de Costa Rica publicamos legislación de rango constitucional y leyes orgánicas fundamentales. Esta es nuestra categoría más extensa, reflejando la importancia del Derecho Constitucional como base de todo el ordenamiento jurídico. Consulte los textos completos verificados con el SCIJ para su investigación o ejercicio profesional.

Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 47 y un Párrafo Final al Artículo 61 de Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), del 9 de agosto de 1996; Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 7 de Ley 9736, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, del 5 de setiembre de 2019 y Adición de un Párrafo al Inciso c) del Artículo 17 de Ley 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, del 3 de noviembre de 1995 (Ley N.° 10580)
Ley N° 10580

Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 47 y un Párrafo Final al Artículo 61 de Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), del 9 de agosto de 1996; Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 7 de Ley 9736, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, del 5 de setiembre de 2019 y Adición de un Párrafo al Inciso c) del Artículo 17 de Ley 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, del 3 de noviembre de 1995 (Ley N.° 10580)

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