Adición de Dos Transitorios y un Párrafo Final al Artículo 104 de la Ley 8765, Código Electoral, del 19 de agosto de 2009; Ley para Regular la Prescripción de la Contribución Estatal a los Partidos Políticos (Ley N.° 10952)
Los partidos políticos que pasen ocho años sin liquidar gastos, renovarse ni competir pierden la contribución estatal. Ley 10952.