• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes

Desafectación de un Bien Inmueble Propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires y Autorización para que lo Done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, para la Construcción de su Sede (Ley N.° 10114)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 28/01/2022

La Ley N.° 10114, Desafectación de un bien inmueble propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires y autorización para que lo done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, para la construcción de su sede, desafecta del uso y dominio públicos un terreno municipal y autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que lo done a esa fundación.

El inmueble está inscrito en el Registro Público de Bienes Inmuebles, partido de Puntarenas, matrícula de folio real N.° 144050-000, y se describe como Proyecto Los Bachers, Parcela 13, terreno para agricultura, situado en el distrito 01, Buenos Aires, cantón 03, Buenos Aires, provincia de Puntarenas. Mide nueve mil ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, de acuerdo con el plano catastrado P-0945227-2004. Linda al norte, al este y al oeste con calle pública, y al sur con el lote 12 y con propiedad de un particular.

Desafectación de un Bien Inmueble Propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires y Autorización para que lo Done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, para la Construcción de su Sede (Ley N.° 10114)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

El bien se destinará a la construcción de la sede de la Fundación, que no podrá traspasarlo, venderlo, arrendarlo ni gravarlo, ni variar su uso o destino; si lo hace o si la Fundación se disuelve, el inmueble pasará a ser propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires. Se autoriza a la Notaría del Estado para confeccionar la escritura de traspaso e inscribirla en el Registro Nacional, y a la Procuraduría General de la República para corregir los defectos que señale el Registro. La ley rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 36 del 23 de febrero de 2022.


Ver Desafectación de un Bien Inmueble Propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires y Autorización para que lo Done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, para la Construcción de su Sede (Ley N.° 10114) en PDF


Leer Desafectación de un Bien Inmueble Propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires y Autorización para que lo Done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, para la Construcción de su Sede (Ley N.° 10114)

N° 10114

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DESAFECTACIÓN DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Y AUTORIZACIÓN PARA QUE LO DONE A LA FUNDACIÓN PRO-CLÍNICA DEL DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS DE BUENOS AIRES, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE SU SEDE

ARTÍCULO 1

Se desafecta del uso y dominio públicos el terreno propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires, cédula jurídica tres-cero uno cuatro-cero - cuatro dos uno uno dos (3-014-042112), inscrito en el Registro Público de Bienes Inmuebles, partido de Puntarenas, matrícula de folio real número uno cuatro cuatro cero cinco cero guión triple cero (N.° 144050-000), que se describe de la siguiente manera: Proyecto Los Bachers Parcela 13 terreno para agricultura; situado en el distrito 01, Buenos Aires; cantón 03, Buenos Aires; provincia de Puntarenas. Linda al norte, con calle pública; al sur con lote 12 y Transman S. A.; al este, con calle pública y al oeste con calle pública. Mide nueve mil ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados (9164, 42 m2), de acuerdo con el plano catastrado P-cero nueve cuatro cinco dos dos siete-dos cero cero cuatro (P-0945227-2004).

Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que done el bien inmueble desafectado y descrito en el párrafo anterior a la Fundación Pro-Clínica Del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires, cédula jurídica número tres-cero cero seis-seis nueve seis siete cero cinco (N.° 3-006-696705).

ARTÍCULO 2

El bien donado se destinará a la construcción e la sede de la Fundación Pro-Clínica Del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires.

La Fundación Pro Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar, de ninguna forma, el terreno donado, ni podrá variar el uso o destino del bien inmueble que mediante esta ley se autoriza donar; en caso de hacerlo o de que la Fundación se disuelva, el inmueble pasará a ser propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires.

ARTÍCULO 3

Se autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de traspaso del bien inmueble y proceda a su inscripción en el Registro Nacional. Asimismo, se autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre la donación de terreno municipal en Buenos Aires

¿Qué terreno dona la Municipalidad de Buenos Aires a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos?


El artículo 1 desafecta del uso y dominio públicos el terreno de la Municipalidad de Buenos Aires inscrito en el Registro Público de Bienes Inmuebles, partido de Puntarenas, matrícula de folio real N.° 144050-000. Se describe como Proyecto Los Bachers, Parcela 13, terreno para agricultura, situado en el distrito 01, Buenos Aires, cantón 03, Buenos Aires, provincia de Puntarenas, y mide nueve mil ciento sesenta y cuatro metros con cuarenta y dos decímetros cuadrados, de acuerdo con el plano catastrado P-0945227-2004. El mismo artículo autoriza a la Municipalidad para que lo done a la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires.

¿Para qué se usará el terreno donado a la Fundación Pro-Clínica del Dolor de Buenos Aires?


El artículo 2 dispone que el bien donado se destinará a la construcción de la sede de la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires. Ese es el único destino que la ley contempla: el mismo artículo prohíbe a la Fundación variar el uso o destino del inmueble que se autoriza donar, y el título de la ley lo reitera al decir que la donación es para la construcción de su sede.

¿Puede la Fundación vender, alquilar o hipotecar el terreno que recibe de la Municipalidad?


No. El artículo 2 establece que la Fundación Pro-Clínica del Dolor y Cuidados Paliativos de Buenos Aires no podrá traspasar, vender, arrendar ni gravar, de ninguna forma, el terreno donado, ni podrá variar el uso o destino del bien inmueble. La prohibición está redactada sin excepciones y sin plazo: el texto no fija un término al cabo del cual la Fundación quede libre de esas limitaciones.

¿Qué pasa con el terreno si la Fundación se disuelve o le cambia el uso?


El artículo 2 prevé que, si la Fundación traspasa, vende, arrienda o grava el terreno donado, si varía su uso o destino, o si la Fundación se disuelve, el inmueble pasará a ser propiedad de la Municipalidad de Buenos Aires. Es decir, el bien regresa al patrimonio municipal tanto por el incumplimiento de las prohibiciones como por la disolución de la donataria.

¿Quién hace la escritura de traspaso del terreno a la Fundación?


El artículo 3 autoriza a la Notaría del Estado para que confeccione la escritura de traspaso del bien inmueble y proceda a su inscripción en el Registro Nacional. Además, autoriza a la Procuraduría General de la República para que corrija los defectos que señale el Registro Nacional. El texto no fija un plazo para otorgar la escritura.


Cuidados PaliativosDesafectacióndonación de inmueble municipalLey 10114Municipalidad de Buenos AiresNotaría del EstadoPuntarenas

Artículos Relacionados


Declaratoria de la Celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica (Ley N.° 10539)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes
Declaratoria de la Celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica (Ley N.° 10539)
02/10/2026
Autorización al Estado para que Desafecte, Segregue y Done un Terreno de su Propiedad al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica en Cariari, Pococí (Ley N.° 10908)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Autorización al Estado para que Desafecte, Segregue y Done un Terreno de su Propiedad al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica en Cariari, Pococí (Ley N.° 10908)
01/10/2026
Desafectación de Uso Público y Autorización a la Municipalidad de Alajuela para que Done Terrenos de su Propiedad a la Caja Costarricense de Seguro Social (Ley N.° 10932)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Desafectación de Uso Público y Autorización a la Municipalidad de Alajuela para que Done Terrenos de su Propiedad a la Caja Costarricense de Seguro Social (Ley N.° 10932)
01/10/2026
Adición de un Inciso d) al Artículo 177 de la Ley del Sistema Financiero Nacional Parala Vivienda y Creación del Banhvi, Ley Nº 7052, de 13 de noviembre de 1986. Ley para la Incorporación de la Variable Social Dentro de los Servicios que Brinda el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (Ley N.° 10260)
Adición de un Inciso d) al Artículo 177 de la Ley del Sistema Financiero Nacional Parala Vivienda y Creación del Banhvi, Ley Nº 7052, de 13 de noviembre de 1986. Ley para la Incorporación de la Variable Social Dentro de los Servicios que Brinda el Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (Ley N.° 10260)
Artículo Anterior
Declaración de la Mariposa Morpho Helenor como Símbolo Nacional Dentro de la Fauna Lepidóptera de Costa Rica (Ley N.° 10261)
Declaración de la Mariposa Morpho Helenor como Símbolo Nacional Dentro de la Fauna Lepidóptera de Costa Rica (Ley N.° 10261)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10114
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    5
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    • Autenticación de Firma
    ✦
    II.
    Notariado
    8
    • Actas Notariales en la Notaría
    • Actas Notariales Fuera de la Notaría
    • Certificaciones Notariales
    • Poderes Notariales en Costa Rica: Constitución, Ampliación y Cancelación
    • Testamentos Abiertos y Cerrados
    • Celebración de Matrimonios
    • Razón de Fecha Cierta
    • Honorarios Mínimos de Instrumento Público
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario