• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho AmbientalDerecho de FamiliaDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho AmbientalDerecho de FamiliaDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho AmbientalDerecho de FamiliaDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes

Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 14/11/2023

La Ley N.° 10394, Autorización al Poder Judicial para enajenar un bien inmueble demanial registrado a su nombre y que lo traspase a título gratuito en donación a la Municipalidad de Puntarenas, desafecta del uso y dominio público la finca que ocupan los Tribunales de Justicia de Puntarenas y autoriza a la Corte Suprema de Justicia para que la done y traspase a esa municipalidad.

El inmueble está inscrito bajo la matrícula 168163-000, se sitúa en el distrito primero del cantón primero de Puntarenas, mide dos mil cincuenta y nueve metros cuadrados y se describe en el plano catastrado P 1350148-2009. Colinda al norte con avenida 0, al sur con avenida segunda, al este con calle 9 y al oeste con calle 11. Según el artículo 3, el bien se destinará exclusivamente a que la Municipalidad de Puntarenas construya su Palacio Municipal, para la prestación de servicios públicos y privados.

Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

La Notaría del Estado formalizará la donación mediante la escritura correspondiente, exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones, y queda facultada para actualizar y corregir la medida, los linderos y cualquier otro dato registral o notarial del inmueble. Un transitorio único dispone que la entrega se hará efectiva cuando el Poder Judicial haya trasladado a la nueva edificación del Roble todas las oficinas del edificio de Tribunales de Puntarenas. La ley rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 223 del 30 de noviembre de 2023.


Ver Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394) en PDF


Leer Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394)

N° 10394

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

AUTORIZACIÓN AL PODER JUDICIAL PARA ENAJENAR UN BIEN INMUEBLE DEMANIAL REGISTRADO A SU NOMBRE Y QUE LO, TRASPASE A TÍTULO GRATUITO EN DONACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

ARTÍCULO 1

Se desafecta del uso y dominio público la finca inscrita bajo matrícula uno seis ocho uno seis tres - cero cero cero (168163-000); naturaleza de terreno de los Tribunales de Justicia de Puntarenas, situado en el distrito primero, Puntarenas; cantón primero, Puntarenas; contando con los linderos: al norte con avenida 0 con frente de treinta y cinco metros con tres decímetros (35,03 m); al sur con avenida segunda con frente de veinticuatro metros con cuarenta y dos decímetros (24,42 m); al este con calle 9 con frente de ochenta y ocho metros con dieciocho decímetros (88,18 m) y al oeste con calle 11 con frente de (87,01 m); mide dos mil cincuenta y nueve metros cuadrados (2059 m2), descrito por el plano catastrado número P uno tres cinco cero uno cuatro ocho - dos cero cero nueve (P 1350148-2009).

ARTÍCULO 2

Se autoriza a la Corte Suprema de Justicia, cédula jurídica número dos-tres cero cero-cero cuatro dos uno cinco cinco (N.° 2-300-042155), para que done y traspase un inmueble inscrito a su nombre a la Municipalidad de Puntarenas, cédula jurídica número tres - cero uno cuatro - cero cuatro dos uno dos cero (3-014-042120). El bien inmueble propiedad de la Corte Suprema de Justicia está inscrito bajo matrícula uno seis ocho uno seis tres - cero cero cero (168163-000), con naturaleza de terreno Tribunales Supremos de Justicia, situado en el distrito primero, Puntarenas; cantón primero, Puntarenas; contando con los linderos: al norte con avenida 0 con frente de treinta y cinco metros con tres decímetros (35,03 m); al sur con avenida segunda con frente de veinticuatro metros con cuarenta y dos decímetros (24,42 m); al este con calle 9 con frente de ochenta y ocho metros con dieciocho decímetros (88,18 m) y al oeste con calle 1 1 con frente de ochenta y siete metros con un decímetro (87,01 m); mide dos mil cincuenta y nueve metros cuadrados (2059 m2), descrito por el plano catastrado número P uno tres cinco cero uno cuatro ocho - dos cero cero nueve (P 1350148-2009).

ARTÍCULO 3

El bien donado a la Municipalidad de Puntarenas se destinará exclusivamente para que construya el Palacio Municipal de la Municipalidad de Puntarenas, para la prestación de servicios públicos y privados.

ARTÍCULO 4

La Notaría del Estado formalizará todos los trámites de esta donación, mediante la elaboración de la escritura correspondiente, la cual estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones. Además, queda facultada expresamente la Notaría del Estado para actualizar y corregir la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial, que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.

TRANSITORIO ÚNICO

La entrega del bien donado se hará efectiva una vez que el Poder Judicial haya trasladado a la nueva edificación del Roble todas las oficinas que están en el edificio de Tribunales de Puntarenas.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre la donación a la Municipalidad de Puntarenas

¿Qué terreno dona el Poder Judicial a la Municipalidad de Puntarenas?


El artículo 2 autoriza a la Corte Suprema de Justicia para que done y traspase a la Municipalidad de Puntarenas el inmueble inscrito a su nombre bajo la matrícula 168163-000, con naturaleza de terreno de Tribunales Supremos de Justicia. La finca está situada en el distrito primero, Puntarenas, del cantón primero, Puntarenas, y se describe en el plano catastrado P 1350148-2009.

¿Cuánto mide el terreno de los Tribunales de Puntarenas que se dona?


Según el artículo 2, el inmueble mide dos mil cincuenta y nueve metros cuadrados y está descrito por el plano catastrado número P 1350148-2009. Tiene frente de 35,03 m sobre la avenida 0, de 24,42 m sobre la avenida segunda y de 88,18 m sobre la calle 9, además de su frente al oeste. Es la finca inscrita bajo la matrícula 168163-000 a nombre de la Corte Suprema de Justicia.

¿Cuáles son los linderos de la finca donada en el centro de Puntarenas?


El artículo 1 describe los linderos de la finca: al norte, avenida 0, con frente de 35,03 m; al sur, avenida segunda, con frente de 24,42 m; al este, calle 9, con frente de 88,18 m, y al oeste, calle 11, con frente de 87,01 m. Los cuatro linderos que cita la ley son vías públicas, y el terreno se sitúa en el distrito primero, Puntarenas, del cantón primero, Puntarenas.

¿La finca de los Tribunales de Puntarenas deja de ser un bien de dominio público?


Sí. El artículo 1 desafecta del uso y dominio público la finca inscrita bajo la matrícula 168163-000, cuya naturaleza es terreno de los Tribunales de Justicia de Puntarenas. El título de la ley la identifica como un bien inmueble demanial registrado a nombre del Poder Judicial, y la ley la desafecta antes de autorizar su donación a la Municipalidad de Puntarenas.

¿Quién dona el inmueble y quién lo recibe?


El artículo 2 autoriza como donante a la Corte Suprema de Justicia, cédula jurídica 2-300-042155, a cuyo nombre está inscrito el inmueble, y señala como donataria a la Municipalidad de Puntarenas, cédula jurídica 3-014-042120. La autorización es para que la Corte done y traspase la finca; el título de la ley precisa que el traspaso es a título gratuito.

¿Para qué usará la Municipalidad de Puntarenas el terreno donado?


El artículo 3 dispone que el bien donado se destinará exclusivamente para que la Municipalidad de Puntarenas construya su Palacio Municipal, para la prestación de servicios públicos y privados. La ley no menciona ningún otro destino para el inmueble y tampoco incluye una cláusula de reversión.

¿Cuándo recibe la Municipalidad el terreno de los Tribunales de Puntarenas?


No de inmediato. El transitorio único establece que la entrega del bien donado se hará efectiva una vez que el Poder Judicial haya trasladado a la nueva edificación del Roble todas las oficinas que están en el edificio de Tribunales de Puntarenas. El texto no fija una fecha ni un plazo para ese traslado.

¿Quién hace la escritura de la donación a la Municipalidad?


El artículo 4 encarga a la Notaría del Estado formalizar todos los trámites de la donación mediante la elaboración de la escritura correspondiente. La misma norma le da facultades expresas para actualizar y corregir los datos del inmueble que sean necesarios para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.

¿La escritura de donación paga impuestos o tasas?


No. Según el artículo 4, la escritura que elabore la Notaría del Estado para formalizar la donación estará exenta del pago de todo tipo de impuestos, tasas o contribuciones. La exención está prevista para la escritura con la que se traspasa el inmueble a la Municipalidad de Puntarenas.

¿Qué pasa si la medida o los linderos del inmueble tienen errores?


El artículo 4 faculta expresamente a la Notaría del Estado para actualizar y corregir la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional. Es una facultad que la ley concede junto con el encargo de elaborar la escritura de donación.


corte suprema de justiciaDonación de inmueblesLey 10394Municipalidad de PuntarenasNotaría del EstadoPalacio Municipalpoder judicial

Artículos Relacionados


Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (RECOPE) para que Done a Favor del Ministerio de Ambiente y Energía Dos Propiedades Ubicadas en el Partido de Limón, para Construir las Instalaciones de la Dirección Regional del Área de Conservación la Amistad Caribe y Mejora de las Oficinas de la Subregión Limón- Talamanca (Ley N.° 10924)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Ambiental  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima (RECOPE) para que Done a Favor del Ministerio de Ambiente y Energía Dos Propiedades Ubicadas en el Partido de Limón, para Construir las Instalaciones de la Dirección Regional del Área de Conservación la Amistad Caribe y Mejora de las Oficinas de la Subregión Limón- Talamanca (Ley N.° 10924)
01/10/2026
Autorización al Estado para Enajenar un Bien Inmueble Demanial, Registrado a su Nombre, y que lo Traspase a Título Gratuito en Donación a la Asociación de Desarrollo Específica para la Atención de la Persona Adulta Mayor de Coto Brus, Puntarenas (ADECAPAM) (Ley N.° 10855)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Autorización al Estado para Enajenar un Bien Inmueble Demanial, Registrado a su Nombre, y que lo Traspase a Título Gratuito en Donación a la Asociación de Desarrollo Específica para la Atención de la Persona Adulta Mayor de Coto Brus, Puntarenas (ADECAPAM) (Ley N.° 10855)
01/10/2026
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) para que Done, a Favor del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, una Propiedad que Se Afecta a Uso y Dominio Público (Ley N.° 10629)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Autorización a la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) para que Done, a Favor del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, una Propiedad que Se Afecta a Uso y Dominio Público (Ley N.° 10629)
01/10/2026
Aprobación de la Adhesión de la República de Costa Rica al Convenio Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico y su Protocolo de Enmiendas al Convenio, Adoptadas el 18 de noviembre de 2019 (Ley N.° 10414)
Aprobación de la Adhesión de la República de Costa Rica al Convenio Internacional para la Conservación del Atún del Atlántico y su Protocolo de Enmiendas al Convenio, Adoptadas el 18 de noviembre de 2019 (Ley N.° 10414)
Artículo Anterior
Declaratoria de Interés Público de la Temporada de Avistamiento de Ballenas Jorobadas en Costa Rica (Ley N.° 10400)
Declaratoria de Interés Público de la Temporada de Avistamiento de Ballenas Jorobadas en Costa Rica (Ley N.° 10400)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10394
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    5
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    • Autenticación de Firma
    ✦
    II.
    Notariado
    8
    • Actas Notariales en la Notaría
    • Actas Notariales Fuera de la Notaría
    • Certificaciones Notariales
    • Poderes Notariales en Costa Rica: Constitución, Ampliación y Cancelación
    • Testamentos Abiertos y Cerrados
    • Celebración de Matrimonios
    • Razón de Fecha Cierta
    • Honorarios Mínimos de Instrumento Público
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho AmbientalDerecho de FamiliaDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario