• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Derecho Tributario  ·  Leyes

Ley para Mejorar las Capacidades de la Contraloría General de la República, para Constatar la Veracidad de las Declaraciones Juradas sobre la Situación Patrimonial de Funcionarios Públicos. Reforma del Artículo 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004 (Ley N.° 10523)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 09/09/2024

La Ley N.° 10523, Ley para mejorar las capacidades de la Contraloría General de la República para constatar la veracidad de las declaraciones juradas sobre la situación patrimonial de funcionarios públicos, reforma en un artículo único el numeral 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004. El texto se ocupa de las declaraciones juradas de funcionarios públicos: faculta a la Contraloría para examinar y verificar, con todo detalle, su exactitud y veracidad, y regula un intercambio de información con el Banco Central de Costa Rica.

Conforme al numeral 34 reformado, la Contraloría podrá requerir por escrito a la persona declarante las aclaraciones o adiciones que estime necesarias, dentro del plazo que prudencialmente se le fije. Además, deberá informar al Banco Central de Costa Rica, al menos una vez al año, los nombres y las cédulas de todas las personas funcionarias obligadas a realizar la declaración patrimonial. El Banco Central, en un plazo máximo de 15 días hábiles, deberá remitirle un informe que detalle las personas o estructuras jurídicas en las que esas personas aparezcan como accionistas o beneficiarias finales, con la fecha desde la cual tienen esa calidad y la de su finalización, según corresponda, de conformidad con la información del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.

Ley para Mejorar las Capacidades de la Contraloría General de la República, para Constatar la Veracidad de las Declaraciones Juradas sobre la Situación Patrimonial de Funcionarios Públicos. Reforma del Artículo 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004 (Ley N.° 10523)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

La información que reciba la Contraloría será de carácter confidencial frente a terceros, de conformidad con el numeral 117 de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, con la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, y con el numeral 11 de la propia Ley 8422. La ley rige a partir de su publicación. Fue sancionada el 9 de setiembre de 2024 y se publicó en La Gaceta N.° 178 del 25 de setiembre de 2024.


Ver Ley para Mejorar las Capacidades de la Contraloría General de la República, para Constatar la Veracidad de las Declaraciones Juradas sobre la Situación Patrimonial de Funcionarios Públicos. Reforma del Artículo 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004 (Ley N.° 10523) en PDF


Leer Ley para Mejorar las Capacidades de la Contraloría General de la República, para Constatar la Veracidad de las Declaraciones Juradas sobre la Situación Patrimonial de Funcionarios Públicos. Reforma del Artículo 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004 (Ley N.° 10523)

N° 10523

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA MEJORAR LAS CAPACIDADES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, PARA CONSTATAR LA VERACIDAD DE LAS DECLARACIONES JURADAS SOBRE LA SITUACIÓN PATRIMONIAL DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS. REFORMA DEL ARTÍCULO 34 DE LA LEY 8422, LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN Y EL ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO EN LA FUNCIÓN PÚBLICA, DE 6 DE OCTUBRE DE 2004

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforma el artículo 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004. El texto es el siguiente:

Artículo 34- Constatación de veracidad de la declaración. Cuando lo estime oportuno, la Contraloría General de la República podrá examinar y verificar, con todo detalle, la exactitud y veracidad de las declaraciones, de conformidad con los procedimientos y las facultades que le otorgan la Constitución Política y las leyes. Asimismo, podrá requerir por escrito, a la persona declarante, las aclaraciones o adiciones que estime necesarias, dentro del plazo que prudencialmente se le fije.

Para efectos de esta constatación de la veracidad de las declaraciones, la Contraloría General de la República deberá informar al Banco Central de Costa Rica, al menos una vez al año, los nombres y las cédulas de todas las personas e funcionarias obligadas a realizar la declaración patrimonial, según lo regulado en esta ley. El Banco Central de Costa Rica, en un plazo máximo de 15 días hábiles, deberá remitir a la Contraloría un informe que detalle las personas o estructuras jurídicas en las que las personas funcionarias obligadas aparezcan como accionistas o beneficiarias finales, haciendo constar la fecha a partir de la cual esas personas funcionarias fungen como accionistas o beneficiarias finales y las fechas de finalización de esa calidad de accionistas o beneficiarios finales, según corresponda, de conformidad con la información del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, creado de conformidad con lo regulado en el capítulo ll de la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, de 14 de diciembre de 2016. Esta información recibida por la Contraloría General de la República será de carácter confidencial frente a terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971; en el capítulo ll de la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, de 14 de diciembre de 2016, y en el artículo 11 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, de 6 de octubre de 2004.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre las declaraciones juradas de funcionarios públicos

¿Puede la Contraloría verificar si es cierta la declaración jurada de bienes de un funcionario público?


Sí. El artículo único de esta ley da nueva redacción al numeral 34 de la Ley 8422, Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Según ese texto, cuando lo estime oportuno, la Contraloría General de la República podrá examinar y verificar, con todo detalle, la exactitud y veracidad de las declaraciones, de conformidad con los procedimientos y las facultades que le otorgan la Constitución Política y las leyes.

¿Puede la Contraloría pedirle aclaraciones a un funcionario sobre su declaración patrimonial?


Sí. El numeral 34 de la Ley 8422, en la redacción que le da el artículo único de esta ley, dispone que la Contraloría General de la República podrá requerir por escrito, a la persona declarante, las aclaraciones o adiciones que estime necesarias. Esas aclaraciones o adiciones se piden dentro del plazo que prudencialmente se le fije a la persona declarante; el texto no señala un número de días para ello.

¿Qué datos de los funcionarios envía la Contraloría al Banco Central?


El artículo único reforma el numeral 34 de la Ley 8422 y establece que, para constatar la veracidad de las declaraciones, la Contraloría General de la República deberá informar al Banco Central de Costa Rica, al menos una vez al año, los nombres y las cédulas de todas las personas funcionarias obligadas a realizar la declaración patrimonial, según lo regulado en esa ley.

¿Qué informa el Banco Central a la Contraloría sobre las sociedades de los funcionarios?


De acuerdo con el numeral 34 de la Ley 8422, reformado por el artículo único de esta ley, el Banco Central de Costa Rica, en un plazo máximo de 15 días hábiles, deberá remitir a la Contraloría un informe que detalle las personas o estructuras jurídicas en las que las personas funcionarias obligadas aparezcan como accionistas o beneficiarias finales. El informe debe hacer constar la fecha a partir de la cual fungen en esa calidad y la fecha en que esta finalizó, según corresponda, de conformidad con la información del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, creado al amparo de la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, de 14 de diciembre de 2016.

¿Es pública la información sobre sociedades de funcionarios que recibe la Contraloría?


No. El artículo único de esta ley, al reformar el numeral 34 de la Ley 8422, dispone que la información recibida por la Contraloría General de la República será de carácter confidencial frente a terceros. El texto remite, para ello, al numeral 117 de la Ley 4755, Código de Normas y Procedimientos Tributarios, de 3 de mayo de 1971; a la Ley 9416, Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, de 14 de diciembre de 2016, y al numeral 11 de la Ley 8422.

Referencias Bibliográficas

  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2025). Constitución Política de Costa Rica. Versión consolidada vigente al 2 de septiembre de 2025. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/constitucion-politica-de-la-republica-de-costa-rica/
  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2025). Código de Normas y Procedimientos Tributarios de Costa Rica (Ley n.° 4755). Versión consolidada vigente al 13 de noviembre de 2025. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/codigo-de-normas-y-procedimientos-tributarios-de-costa-rica-4755/
  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2026). Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública en Costa Rica (Ley n.° 8422). Versión consolidada vigente al 12 de mayo de 2026. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/ley-contra-la-corrupcion-y-el-enriquecimiento-ilicito-en-la-funcion-publica-en-costa-rica-8422/
  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2016). Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal en Costa Rica (Ley n.° 9416). Versión consolidada vigente al 14 de diciembre de 2016. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/ley-para-mejorar-la-lucha-contra-el-fraude-fiscal-en-costa-rica-9416/

banco central de costa ricaBeneficiarios finalesContraloría General de la RepúblicaDeclaración jurada de bienesfunción públicaLey 10523Ley 8422

Artículos Relacionados


Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (Ley N° 7558)
Derecho Financiero  ·  Leyes
Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (Ley N° 7558)
13/03/2026
Autorización a la Municipalidad de San Isidro de Heredia para la Donación de Dinero a Favor de la Parroquia San Isidro Labrador, con el Fin de Restaurar la Pieza Centenaria que Corresponde a la Imagen del Santo Patrono del Cantón (Ley N.° 10621)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes
Autorización a la Municipalidad de San Isidro de Heredia para la Donación de Dinero a Favor de la Parroquia San Isidro Labrador, con el Fin de Restaurar la Pieza Centenaria que Corresponde a la Imagen del Santo Patrono del Cantón (Ley N.° 10621)
01/10/2026
Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 47 y un Párrafo Final al Artículo 61 de Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), del 9 de agosto de 1996; Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 7 de Ley 9736, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, del 5 de setiembre de 2019 y Adición de un Párrafo al Inciso c) del Artículo 17 de Ley 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, del 3 de noviembre de 1995 (Ley N.° 10580)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Constitucional  ·  Derecho Financiero  ·  Leyes
Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 47 y un Párrafo Final al Artículo 61 de Ley 7593, Ley de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), del 9 de agosto de 1996; Adición de un Párrafo Tercero al Artículo 7 de Ley 9736, Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica, del 5 de setiembre de 2019 y Adición de un Párrafo al Inciso c) del Artículo 17 de Ley 7558, Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica, del 3 de noviembre de 1995 (Ley N.° 10580)
01/10/2026
Autorización al Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, para que Desafecte y Done un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Tucurrique de Jiménez Cartago (Ley N.° 10574)
Autorización al Concejo Municipal del Distrito de Tucurrique, para que Desafecte y Done un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Tucurrique de Jiménez Cartago (Ley N.° 10574)
Artículo Anterior
Reforma del Artículo 1 de la Ley 9569, Desafectación y Autorización a la Municipalidad de Heredia para que Segregue y Done un Bien Inmueble a la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca para la Construcción de un Salón Comunal, de 9 de mayo de 2018 (Ley N.° 10575)
Reforma del Artículo 1 de la Ley 9569, Desafectación y Autorización a la Municipalidad de Heredia para que Segregue y Done un Bien Inmueble a la Asociación de Desarrollo Integral de San Rafael de Vara Blanca para la Construcción de un Salón Comunal, de 9 de mayo de 2018 (Ley N.° 10575)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10523
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    4
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    ✦
    II.
    Notariado
    4
    • Traspaso de Acciones
    • Constitución de Sociedades Mercantiles
    • Modificaciones de Estatutos y Nombramientos
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario