La Ley N.° 10497 reforma la Ley 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, de 8 de abril de 1997. Según su título oficial, modifica el inciso j) del artículo 8 y el artículo 18 de esa ley, y le adiciona un inciso y) al artículo 5 y un nuevo capítulo VIII denominado «Sanciones administrativas».
La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Por esa razón, el texto completo de la Ley N.° 10497 se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, junto a esta página, para que usted lo consulte tal como fue publicado.
Reforma del Inciso j) del Artículo 8 y del Artículo 18, y Adición de un Inciso y) al Artículo 5, y de un Nuevo Capítulo VIII "Sanciones Administrativas", a la Ley 7664, Ley de Protección Fitosanitaria, de 8 de abril de 1997 (Ley N.° 10497)
Descargar PDFBufete de Costa Rica
La ley fue publicada en el Alcance N.° 148 a La Gaceta N.° 159 del 29 de agosto de 2024. Como la ley va íntegra en facsímil, este resumen se limita a lo que dice su título oficial.
N° 10497
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL INCISO J) DEL ARTÍCULO 8 Y DEL ARTÍCULO 18, Y ADICIÓN DE UN INCISO Y) AL ARTÍCULO 5, Y DE UN NUEVO CAPÍTULO VIII "SANCIONES ADMINISTRATIVAS", A LA LEY 7664, LEY DE PROTECCIÓN FITOSANITARIA, DE 8 DE ABRIL DE 1997
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 148 a La Gaceta N.° 159 del 29 de agosto de 2024, páginas 16 a 20 del PDF del Alcance; 5 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.
Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…
Leer dictamen completo →Consulta profesional
La justicia tiene precio.
Honorario profesional
₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.
¿Puede cubrir este honorario?
La justicia tiene precio.
Le agradecemos su interés
Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.
Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.