• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Derecho Financiero  ·  Derecho Penal  ·  Leyes

Ley para Dotar de Recursos al Instituto Costarricense sobre Drogas, para su Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado (Ley N.° 10518)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 09/09/2024

La Ley N.° 10518, Ley para dotar de recursos al Instituto Costarricense sobre Drogas, para su lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado, reforma el numeral 85 de la Ley 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, de 30 de abril de 1998. El texto nuevo regula el depósito de los dineros decomisados, su inversión por la Tesorería Nacional y el destino de los intereses que produzcan.

Según la nueva redacción, la autoridad judicial depositará diariamente los dineros decomisados en las cuentas del Sistema de Cuentas del Sector Público y remitirá de inmediato los comprobantes a la Tesorería Nacional, con copia a la Unidad Administrativa Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). La Tesorería Nacional podrá invertirlos y deberá mantener su disponibilidad hasta que se ordene el comiso. Los intereses se presupuestarán anualmente al ICD, que destinará el sesenta por ciento (60%) a los programas preventivos, el treinta por ciento (30%) a los programas represivos y un diez por ciento (10%) al aseguramiento y el mantenimiento de los bienes decomisados.

Ley para Dotar de Recursos al Instituto Costarricense sobre Drogas, para su Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado (Ley N.° 10518)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

De la porción destinada a los programas preventivos, al menos la mitad será para los programas de prevención del consumo, tratamiento y rehabilitación que desarrolla el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA). El mismo tratamiento se dará a los dineros obtenidos de la venta, subasta, remate o cualquier forma de enajenación de bienes entregados en depósito judicial provisional a la Unidad de Recuperación de Activos del ICD. La ley rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 178 del 25 de setiembre de 2024.


Ver Ley para Dotar de Recursos al Instituto Costarricense sobre Drogas, para su Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado (Ley N.° 10518) en PDF


Leer Ley para Dotar de Recursos al Instituto Costarricense sobre Drogas, para su Lucha contra el Narcotráfico y el Crimen Organizado (Ley N.° 10518)

N° 10518

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA DOTAR DE RECURSOS AL INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS, PARA SU LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL CRIMEN ORGANIZADO

ARTÍCULO 1

Refórmese el artículo 85 de la Ley 7786, Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de Uso No Autorizado, Actividades Conexas, Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, de 30 de abril de 1998. El texto es el siguiente:

Artículo 85- La autoridad judicial depositará diariamente los dineros decomisados en las cuentas del Sistema de Cuentas del Sector Público y de inmediato remitirá comprobantes del depósito efectuado a la Tesorería Nacional, con copia a la Unidad Administrativa Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD). La Tesorería Nacional podrá invertir esos dineros decomisados, de forma tal que se permita maximizar los rendimientos y minimizar los riesgos. En todo caso, la Tesorería Nacional deberá mantener la disponibilidad de estos dineros hasta que se ordene el comiso del dinero.

Los intereses que produzca el dinero invertido deberán ser presupuestados anualmente al Instituto Costarricense sobre Drogas por parte de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda, a fin de que lo destine de la siguiente manera:

1- El sesenta por ciento (60%) al cumplimiento de los programas preventivos; de este porcentaje, al menos la mitad será para los programas de prevención del consumo, tratamiento y rehabilitación que desarrolla el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA).

2- El treinta por ciento (30%) a los programas represivos.

3- Un diez por ciento (10%) al aseguramiento y el mantenimiento de los bienes decomisados, cuyo destino sea el señalado en el artículo 84 de esta ley.

El mismo tratamiento se les dará a los dineros que se obtienen producto de la venta, subasta, remate o cualquier forma de enajenación de bienes que hayan sido entregados en depósito judicial provisional a la Unidad de Recuperación de Activos del Instituto Costarricense sobre Drogas.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre los dineros decomisados y los recursos del ICD

¿Dónde se deposita el dinero decomisado por la autoridad judicial?


El artículo 1 de esta ley da nueva redacción al numeral 85 de la Ley 7786. Según ese texto, la autoridad judicial depositará diariamente los dineros decomisados en las cuentas del Sistema de Cuentas del Sector Público y de inmediato remitirá los comprobantes del depósito a la Tesorería Nacional, con copia a la Unidad Administrativa Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD).

¿Puede la Tesorería Nacional invertir los dineros decomisados?


Sí. El texto que el artículo 1 introduce en el numeral 85 de la Ley 7786 dispone que la Tesorería Nacional podrá invertir esos dineros decomisados, de forma tal que se permita maximizar los rendimientos y minimizar los riesgos. En todo caso, deberá mantener la disponibilidad de esos dineros hasta que se ordene el comiso del dinero.

¿Cómo se reparten los intereses que producen los dineros decomisados?


Conforme al artículo 1, los intereses del dinero invertido deberán ser presupuestados anualmente al Instituto Costarricense sobre Drogas por la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda. El ICD los destinará así: el sesenta por ciento (60%) al cumplimiento de los programas preventivos, el treinta por ciento (30%) a los programas represivos y un diez por ciento (10%) al aseguramiento y el mantenimiento de los bienes decomisados cuyo destino sea el señalado en el numeral 84 de la Ley 7786.

¿Qué parte de esos intereses va a los programas del IAFA?


El artículo 1 establece que el sesenta por ciento (60%) de los intereses se destina al cumplimiento de los programas preventivos y que, de ese porcentaje, al menos la mitad será para los programas de prevención del consumo, tratamiento y rehabilitación que desarrolla el Instituto sobre Alcoholismo y Farmacodependencia (IAFA).

¿Qué pasa con el dinero de la venta o el remate de bienes en depósito judicial del ICD?


Recibe el mismo tratamiento que los dineros decomisados. El artículo 1 lo extiende a los dineros que se obtienen producto de la venta, subasta, remate o cualquier forma de enajenación de bienes que hayan sido entregados en depósito judicial provisional a la Unidad de Recuperación de Activos del Instituto Costarricense sobre Drogas.


crimen organizadodineros decomisadosIAFAICDInstituto Costarricense sobre DrogasLey 10518Ley 7786narcotráfico

Artículos Relacionados


Autorización para que Se Done un Bien Inmueble del Instituto Costarricense sobre Drogas a la Caja Costarricense de Seguro Social, para la Ampliación de la Clínica de Miramar de Puntarenas (Ley N.° 10478)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Derecho Sanitario  ·  Leyes
Autorización para que Se Done un Bien Inmueble del Instituto Costarricense sobre Drogas a la Caja Costarricense de Seguro Social, para la Ampliación de la Clínica de Miramar de Puntarenas (Ley N.° 10478)
02/10/2026
Autorización al Instituto Costarricense sobre Drogas para que Desafecte y Done un Terreno de su Propiedad al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, para la Construcción de una Estación de Bomberos en el Cantón de Mora. (Ley N.° 10384)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes
Autorización al Instituto Costarricense sobre Drogas para que Desafecte y Done un Terreno de su Propiedad al Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, para la Construcción de una Estación de Bomberos en el Cantón de Mora. (Ley N.° 10384)
02/10/2026
Ley de Creación de Cargas Tributarias sobre Licores, Cervezas y Cigarrillos de Costa Rica (Ley N.° 7972)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Tributario  ·  Leyes
Ley de Creación de Cargas Tributarias sobre Licores, Cervezas y Cigarrillos de Costa Rica (Ley N.° 7972)
01/06/2026
Modernización de la Policía Municipal (Ley N.° 10515)
Modernización de la Policía Municipal (Ley N.° 10515)
Artículo Anterior
Penalización de Armas y Objetos en la Comisión de Delitos (Ley N.° 10519)
Penalización de Armas y Objetos en la Comisión de Delitos (Ley N.° 10519)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10518
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    8
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Causas Penales en Tribunales Unipersonales
    • Causas Penales en Tribunales Colegiados
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recurso de Hábeas Corpus
    • Confección de Pagaré y Letra de Cambio
    • Confección de Prenda en Documento Privado
    ✦
    II.
    Notariado
    2
    • Traspaso de Acciones
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho ConstitucionalDerecho MunicipalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho LaboralDerecho de FamiliaDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario