• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Leyes

Interpretación Auténtica del Artículo 10 de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por Parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010 (Ley N.° 10193)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 25/04/2022

La Ley N.° 10193 es una interpretación auténtica de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010. En un artículo único fija el sentido de la concesión especial de frecuencias de la UCR: su delimitación de cobertura es de alcance nacional.

Según el artículo único, la voluntad y el espíritu del legislador es que la concesión especial de frecuencias asignadas por el Poder Ejecutivo a la UCR, por un periodo de noventa y nueve años renovables por períodos iguales, tenga delimitación de cobertura de alcance nacional. La interpretación abarca las frecuencias para el servicio de radiodifusión sonora, el canal en la banda de UHF (ultra alta frecuencia) para el servicio de radiodifusión televisiva, las frecuencias repetidoras y las frecuencias de enlace de microondas, o sus equivalentes en las nuevas tecnologías digitales o de otro tipo.

Interpretación Auténtica del Artículo 10 de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por Parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010 (Ley N.° 10193)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

La cobertura de alcance nacional se delimita según criterios apegados a la ciencia y la técnica, y su finalidad declarada es facilitar la difusión del conocimiento, la educación y la cultura a todos los niveles. La ley no contiene transitorios y rige a partir de su publicación. Se publicó en La Gaceta N.° 89 del 16 de mayo de 2022.


Ver Interpretación Auténtica del Artículo 10 de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por Parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010 (Ley N.° 10193) en PDF


Leer Interpretación Auténtica del Artículo 10 de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por Parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010 (Ley N.° 10193)

N° 10193

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

INTERPRETACIÓN AUTÉNTICA DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY 8806, LEY ESPECIAL PARA FACILITAR LA DIFUSIÓN DEL CONOCIMIENTO POR PARTE DE LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA (UCR) MEDIANTE LA VÍA TELEVISIVA Y RADIOFÓNICA, DE 28 DE ABRIL DE 2010

ARTÍCULO ÚNICO

Se interpreta el artículo 1° de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010, en el sentido de que la voluntad y el espíritu del legislador es que la concesión especial de frecuencias asignadas por el Poder Ejecutivo a ese centro de educación superior universitario por un periodo de noventa y nueve años, renovables por períodos iguales, para el servicio de radiodifusión sonora, así como el canal en la banda de UHF (ultra alta frecuencia) para el servicio de radiodifusión televisiva, las frecuencias repetidoras y frecuencias de enlace de microondas, o sus equivalentes en las nuevas tecnologías digitales o de otro tipo, tengan delimitación de cobertura de alcance nacional, según criterios apegados a la ciencia y la técnica, con el fin de facilitar la difusión del conocimiento, la educación y la cultura a todos los niveles.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre las frecuencias de la Universidad de Costa Rica

¿Qué dice la Ley 10193 sobre las frecuencias de la Universidad de Costa Rica?


El artículo único interpreta el numeral 1.° de la Ley 8806, Ley Especial para Facilitar la Difusión del Conocimiento por parte de la Universidad de Costa Rica (UCR) mediante la Vía Televisiva y Radiofónica, de 28 de abril de 2010. Lo hace en el sentido de que la voluntad y el espíritu del legislador es que la concesión especial de frecuencias asignadas por el Poder Ejecutivo a la UCR tenga delimitación de cobertura de alcance nacional.

¿Qué frecuencias de la UCR tienen cobertura nacional?


El artículo único enumera las que forman la concesión especial: las frecuencias para el servicio de radiodifusión sonora, el canal en la banda de UHF (ultra alta frecuencia) para el servicio de radiodifusión televisiva, las frecuencias repetidoras y las frecuencias de enlace de microondas. También comprende sus equivalentes en las nuevas tecnologías digitales o de otro tipo. Para todas ellas, la interpretación es que tienen delimitación de cobertura de alcance nacional.

¿Cómo se define la cobertura nacional de la radio y la televisión de la UCR?


Según el artículo único, la delimitación de cobertura de alcance nacional se establece según criterios apegados a la ciencia y la técnica. El mismo artículo señala el fin que persigue: facilitar la difusión del conocimiento, la educación y la cultura a todos los niveles. La ley no detalla cuáles son esos criterios técnicos ni designa quién los aplica.

¿Por cuánto tiempo tiene la UCR la concesión de sus frecuencias?


El artículo único se refiere a la concesión especial de frecuencias asignadas por el Poder Ejecutivo a la Universidad de Costa Rica por un periodo de noventa y nueve años, renovables por períodos iguales. Ese plazo aparece en el artículo como parte de la descripción de la concesión que se interpreta; lo que esta ley precisa es la cobertura, que es de alcance nacional.


Cobertura nacionalFrecuencias de radio y televisiónInterpretación auténticaLey 10193Ley 8806RadiodifusiónUniversidad de Costa Rica

Artículos Relacionados


Interpretación Auténtica del Artículo 15 y Adición de un Artículo 11 bis a la Ley 10008, Ley para Atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de Carácter Internacional, de 11 de agosto de 2021 (Ley N.° 10208)
Derecho Administrativo  ·  Leyes
Interpretación Auténtica del Artículo 15 y Adición de un Artículo 11 bis a la Ley 10008, Ley para Atraer Trabajadores y Prestadores Remotos de Servicios de Carácter Internacional, de 11 de agosto de 2021 (Ley N.° 10208)
02/10/2026
Interpretación Auténtica del Artículo 5 de la Ley 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, de 4 de julio de 2001 (Ley N.° 10660)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Derecho Tributario  ·  Leyes
Interpretación Auténtica del Artículo 5 de la Ley 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, de 4 de julio de 2001 (Ley N.° 10660)
01/10/2026
Interpretación Auténtica del Artículo 245 de la Ley 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973 y de la Ley 7532, Adición del Titulo VII al Código de Familia para Regular la Unión de Hecho, de 8 de agosto de 1995 (Ley N.° 10228)
Derecho Civil  ·  Derecho de Familia  ·  Derecho Procesal  ·  Leyes
Interpretación Auténtica del Artículo 245 de la Ley 5476, Código de Familia, de 21 de diciembre de 1973 y de la Ley 7532, Adición del Titulo VII al Código de Familia para Regular la Unión de Hecho, de 8 de agosto de 1995 (Ley N.° 10228)
02/10/2026
Autorización a la Municipalidad de Barva para que Done un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Pedro de Barva (Ley N.° 10174)
Autorización a la Municipalidad de Barva para que Done un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de San Pedro de Barva (Ley N.° 10174)
Artículo Anterior
Derogatoria de Leyes Caducas o Históricamente Obsoletas para la Depuración del Ordenamiento Jurídico (Quinta Parte) (Ley N.° 10176)
Derogatoria de Leyes Caducas o Históricamente Obsoletas para la Depuración del Ordenamiento Jurídico (Quinta Parte) (Ley N.° 10176)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10193
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    4
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario