La Ley N.° 9869 desafecta del uso y dominio públicos dos bienes inmuebles de la Municipalidad de San Carlos, ubicados en el distrito 2, Florencia, cantón 10, San Carlos, provincia de Alajuela, y los destina a una donación al Ministerio de Educación Pública.
El primer inmueble, de matrícula de folio real 259105, mide 780 m2 y era un terreno de potrero destinado a la construcción del centro de educación y nutrición. El segundo, de matrícula 259101, mide 1886 m2 y era un terreno de potrero destinado a calle pública, sin plano catastrado indicado. Ambos colindan, entre otros, con propiedades de particulares. La Municipalidad queda autorizada a donarlos al Ministerio de Educación Pública, y los inmuebles se destinarán a albergar la Escuela de San Francisco de Florencia de San Carlos.
Desafectación de Dos Inmuebles Propiedad de la Municipalidad de San Carlos, a los que Se Les Cambia su Uso y Se Autoriza su Donación al Ministerio de Educación Pública (Ley N.° 9869)
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La Notaría del Estado formalizará la donación mediante la escritura correspondiente y queda facultada para actualizar y corregir los datos del inmueble necesarios para su inscripción en el Registro Nacional. La ley rige a partir de su publicación en La Gaceta N.° 200 del 12 de agosto de 2020.
N° 9869
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DE DOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS, A LOS QUE SE LES CAMBIA SU USO Y SE AUTORIZA SU DONACIÓN AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Se desafectan del uso y dominio públicos los siguientes bienes inmuebles propiedad de la Municipalidad de San Carlos, cédula jurídica tres- cero uno cuatro – cero cuatro dos cero siete cuatro (3-014-042074):
1) El bien inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario del Registro Nacional, partido de Alajuela, matrícula de folio real número dos cinco nueve uno cero cinco (259105), que tiene las siguientes características, naturaleza: terreno de potrero destinado a construcción del centro de educación y nutrición. Situado en el distrito 2, Florencia; cantón 10, San Carlos; provincia de Alajuela. Linderos: al norte con Gilberto Chaves; al sur con la Municipalidad de San Carlos; al este con Ricardo González Calvo y al oeste con Ricardo González Calvo. Mide setecientos ochenta metros cuadrados (780 m2), de conformidad con el plano catastrado A- uno cuatro seis dos cero ocho cero – dos cero uno cero (A- 1462080-2010).
2) El bien inmueble inscrito en el Registro Inmobiliario del Registro Nacional, partido de Alajuela, matrícula de folio real número dos cinco nueve uno cero uno (259101), que tiene las siguientes características, naturaleza: terreno de potrero destinado a calle pública. Situado en el distrito 2, Florencia, cantón 10, San Carlos; provincia de Alajuela. Linderos, al norte con Ricardo González Calvo; al sur con la Municipalidad de San Carlos; al este con calle pública y al oeste con carretera nacional. Mide mil ochocientos ochenta y seis metros cuadrados (1886 m2), sin que se indique plano catastrado.
Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que done al Ministerio de Educación Pública, cédula jurídica número dos- uno cero cero – cero cuatro dos cero cero dos (2-100-042002), ambos bienes inmuebles desafectados y descritos en el artículo anterior.
Los inmuebles donados serán destinados a albergar la Escuela de San Francisco de Florencia de San Carlos.
La Notaría del Estado formalizará todos los trámites de esta donación mediante la elaboración de la escritura correspondiente. Además, queda facultada expresamente la Notaría del Estado para actualizar y corregir la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión relacionados con los datos del inmueble a donar, así como cualquier otro dato registral o notarial que sea necesario para la debida inscripción del documento en el Registro Nacional.
Rige a partir de su publicación.
El artículo 1 desafecta del uso y dominio públicos dos inmuebles de la Municipalidad de San Carlos, en el distrito 2, Florencia, cantón 10, San Carlos, Alajuela: el de matrícula de folio real 259105, de 780 m2, y el de matrícula 259101, de 1886 m2. Ambos están inscritos en el Registro Inmobiliario del Registro Nacional.
Según el artículo 1, el inmueble de matrícula 259105 era un terreno de potrero destinado a la construcción del centro de educación y nutrición, y el de matrícula 259101 era un terreno de potrero destinado a calle pública. El segundo se describe sin que se indique plano catastrado.
El artículo 2 autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que done al Ministerio de Educación Pública ambos bienes inmuebles desafectados y descritos en el artículo anterior de la ley. La donación es de los dos terrenos, no de uno solo.
El artículo 3 dispone que los inmuebles donados serán destinados a albergar la Escuela de San Francisco de Florencia de San Carlos. El texto de la ley no menciona otro destino para los terrenos donados, de modo que el uso previsto es el educativo.
Según el artículo 4, la Notaría del Estado formalizará los trámites de la donación mediante la escritura correspondiente y queda facultada expresamente para actualizar y corregir la naturaleza, la situación, la medida, los linderos y cualquier error, diferencia u omisión de los datos del inmueble, así como otro dato registral o notarial necesario para inscribir el documento en el Registro Nacional.
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