• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
      Activas
      Derecho InformáticoDerecho Contractual
      Emergentes
      Derecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes

Derogatoria de la Ley 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del Ice para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968 (Ley N.° 10277)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 12/07/2022

La Ley N.° 10277 deroga, de manera expresa, la Ley N.° 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del ICE para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968. Es una ley breve: su primer artículo dispone la derogación y el segundo delimita sus alcances.

Según ese segundo artículo, la derogación no afectará los intereses individuales, los derechos subjetivos, los derechos patrimoniales, los intereses colectivos ni las situaciones jurídicas consolidadas a las que la ley derogada haya dado lugar. Tampoco puede aplicarse con efecto retroactivo de forma que afecte los derechos de las personas, ni exime al Estado o a los entes públicos de las obligaciones adquiridas que se hayan establecido en dicha norma.

Derogatoria de la Ley 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del Ice para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968 (Ley N.° 10277)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

La ley añade que la derogación no afectará las reformas, abrogaciones o derogaciones efectuadas sobre la legislación posterior que esté vigente, pues se entiende que esas modificaciones quedaron incorporadas a las normas afectadas; todo ello con fundamento en la Constitución Política de 1949 y en el Código Civil de 1887. La ley rige a partir de su publicación y salió en La Gaceta N.° 153 del 12 de agosto de 2022.


Ver Derogatoria de la Ley 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del Ice para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968 (Ley N.° 10277) en PDF


Leer Derogatoria de la Ley 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del Ice para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968 (Ley N.° 10277)

N° 10277

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

DEROGATORIA DE LA LEY 4119, AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS PARA TRASPASAR DOS PARTIDAS DEL ICE PARA ELECTRIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE PITAHAYA, DE 28 DE MAYO DE 1968

ARTÍCULO 1

Se deroga, expresamente, la Ley N.º 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del ICE para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968.

ARTÍCULO 2

La derogación de la ley indicada en el artículo anterior no afectará los intereses individuales, derechos subjetivos, derechos patrimoniales, intereses colectivos o situaciones jurídicas consolidadas a las cuales esta haya dado lugar.

Dicha derogación no puede ser aplicada con efecto retroactivo de forma tal que pueda afectar los derechos de las personas. Asimismo, no exime al Estado o a los entes públicos de obligaciones adquiridas que se hayan establecido en dicha norma.

Igualmente, esa derogación no afectará las reformas, abrogaciones o derogaciones que hayan efectuado sobre la legislación posterior que esté vigente, pues se entiende que dichas modificaciones han quedado incorporadas y forman parte del contenido de las normas afectadas, todo ello de acuerdo con los artículos 34 y 129 de la Constitución Política de 1949 y los artículos del 8 al 16, ambos inclusive, del Código Civil de 1887.

Rige a partir de su publicación.

Preguntas frecuentes sobre la derogatoria de la Ley 4119

¿Sigue vigente la Ley 4119 sobre la electrificación del distrito de Pitahaya?


No. El artículo 1 deroga, expresamente, la Ley N.° 4119, Autorización a la Municipalidad de Puntarenas para Traspasar Dos Partidas del ICE para Electrificación en el Distrito de Pitahaya, de 28 de mayo de 1968. La derogación es expresa y alcanza a esa ley completa, pues el texto no reserva ninguna de sus disposiciones.

¿Qué pasa con los derechos que nacieron de la Ley 4119 ahora que está derogada?


Se mantienen. El artículo 2 dispone que la derogación no afectará los intereses individuales, los derechos subjetivos, los derechos patrimoniales, los intereses colectivos ni las situaciones jurídicas consolidadas a las cuales la ley derogada haya dado lugar. Añade que la derogación no puede ser aplicada con efecto retroactivo de forma tal que pueda afectar los derechos de las personas.

¿Libera la derogación al Estado o a los entes públicos de las obligaciones que asumieron con esa ley?


No. El artículo 2 señala que la derogación no exime al Estado ni a los entes públicos de las obligaciones adquiridas que se hayan establecido en la norma derogada. El texto no enumera cuáles son esas obligaciones ni indica un trámite para reclamarlas; se limita a dejar a salvo las que existan.

¿Afecta la derogación a los cambios que esa ley haya hecho en otras normas?


No. El artículo 2 establece que la derogación no afectará las reformas, abrogaciones o derogaciones efectuadas sobre la legislación posterior que esté vigente, pues se entiende que dichas modificaciones han quedado incorporadas y forman parte del contenido de las normas afectadas. La ley lo fundamenta en los numerales 34 y 129 de la Constitución Política de 1949 y en los numerales del 8 al 16, ambos inclusive, del Código Civil de 1887.

Referencias Bibliográficas

  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2025). Constitución Política de Costa Rica. Versión consolidada vigente al 2 de septiembre de 2025. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/constitucion-politica-de-la-republica-de-costa-rica/
  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2025). Código Civil de Costa Rica (Ley n.° 30). Versión consolidada vigente al 16 de noviembre de 2025. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/codigo-civil-de-costa-rica/

DerogatoriaelectrificaciónLey 10277Ley 4119Municipalidad de PuntarenasPitahayasituaciones jurídicas consolidadas

Artículos Relacionados


Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Derecho Registral y Notarial  ·  Leyes
Autorización al Poder Judicial para Enajenar un Bien Inmueble Demanial Registrado a su Nombre y que lo, Traspase a Título Gratuito en Donación a la Municipalidad de Puntarenas (Ley N.° 10394)
02/10/2026
Autorización al Concejo Municipal del Distrito Lepanto y al Concejo Municipal de Puntarenas para la Construcción Dentro de la Zona Marítimo Terrestre del Sistema de Acueducto para Abastecimiento de Agua Potable a Isla Caballo (Ley N.° 10496)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes
Autorización al Concejo Municipal del Distrito Lepanto y al Concejo Municipal de Puntarenas para la Construcción Dentro de la Zona Marítimo Terrestre del Sistema de Acueducto para Abastecimiento de Agua Potable a Isla Caballo (Ley N.° 10496)
02/10/2026
Derogatoria de la Ley 2554, Autorización a la Municipalidad de Cartago para Adquirir unas Propiedades del Ice y Comprar Tubería para Cañería, de 27 de abril de 1960 (Ley N.° 10279)
Derecho Administrativo  ·  Derecho Municipal  ·  Leyes
Derogatoria de la Ley 2554, Autorización a la Municipalidad de Cartago para Adquirir unas Propiedades del Ice y Comprar Tubería para Cañería, de 27 de abril de 1960 (Ley N.° 10279)
02/10/2026
Autorización al Estado para Desafectar y Donar un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barva (Ley N.° 10129)
Autorización al Estado para Desafectar y Donar un Terreno de su Propiedad a la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Salas de San Pedro de Barva (Ley N.° 10129)
Artículo Anterior
Reforma de los Artículos 18, Párrafo Primero, y 22 de la Ley 1038, Ley de Creación del Colegio de Contadores Públicos, de 19 agosto de 1947 (Ley N.° 10130)
Reforma de los Artículos 18, Párrafo Primero, y 22 de la Ley 1038, Ley de Creación del Colegio de Contadores Públicos, de 19 agosto de 1947 (Ley N.° 10130)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 10277
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    4
    • Recurso de Amparo
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0005

    La Cruz de Alajuelita

    Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH · Alajuelita, San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y…

    0:00
    2:55
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0005

La Cruz de Alajuelita

Derecho Penal · Procesal · Constitucional · DDHH
Causa
Petición CIDH 326-21
Lugar de los hechos
Alajuelita, San José · Costa Rica
Hechos
6 de abril de 1986

Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:55
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Áreas Legales
Destacadas
Derecho AdministrativoDerecho MunicipalDerecho ConstitucionalDerecho PenalDerecho ComercialDerecho TributarioDerecho Registral y NotarialDerecho FinancieroDerecho ProcesalDerecho LaboralDerecho CivilDerecho AmbientalDerecho InternacionalDerecho de FamiliaDerecho SanitarioDerecho AgrarioDerecho de Tránsito
Activas
Derecho InformáticoDerecho Contractual
Emergentes
Derecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario