La Ley N.° 10189, Declaratoria del Conservatorio de Castella como Institución Benemérita de la Educación Costarricense, otorga a ese centro educativo el título de Institución Benemérita de la Educación Costarricense. Es una ley de un solo artículo, que deja constancia legal de ese reconocimiento.
El artículo único fundamenta la declaratoria en los aportes que el Conservatorio de Castella ha brindado desde su fundación a la cultura, las bellas artes y la educación, en beneficio del pueblo costarricense. El texto se limita a la declaratoria: no asigna recursos, no establece exenciones ni fija trámite alguno.
Declaratoria del Conservatorio de Castella como Institución Benemérita de la Educación Costarricense (Ley N.° 10189)
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La ley no contiene transitorios ni disposiciones adicionales y rige a partir de su publicación. Se publicó en La Gaceta N.° 86 del 11 de mayo de 2022, de modo que desde esa fecha el Conservatorio de Castella tiene la condición de Institución Benemérita de la Educación Costarricense.
N° 10189
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DEL CONSERVATORIO DE CASTELLA COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA EDUCACIÓN COSTARRICENSE
Se declara Institución Benemérita de la Educación Costarricense al Conservatorio de Castella, en reconocimiento por los aportes que ha brindado desde su fundación a la cultura, las bellas artes y a la educación, en beneficio del pueblo costarricense.
Rige a partir de su publicación.
El artículo único declara al Conservatorio de Castella Institución Benemérita de la Educación Costarricense. Es la única disposición de la ley: no trae más artículos ni transitorios, de modo que todo su contenido es esa declaratoria a favor del Conservatorio.
Según el artículo único, la declaratoria se otorga en reconocimiento por los aportes que el Conservatorio de Castella ha brindado desde su fundación a la cultura, las bellas artes y a la educación, en beneficio del pueblo costarricense. Esos tres campos, cultura, bellas artes y educación, son los que la ley menciona como fundamento de la declaratoria.
El artículo único se limita a declarar al Conservatorio de Castella Institución Benemérita de la Educación Costarricense. El texto no asigna recursos ni partidas, no establece exenciones y no fija trámite alguno a cargo del Conservatorio ni de otra institución. Lo que la ley contiene es el reconocimiento por sus aportes a la cultura, las bellas artes y la educación.
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