La Ley N.° 10357 autoriza al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que condone la deuda por servicios de agua potable, cargos varios y multas facturados con el servicio NIS 5133233, que abasteció el Asentamiento Los Lirios, en la provincia de Limón. Es una ley de artículo único, que autoriza además a liquidar esa deuda contra la provisión de incobrables de la institución.
La deuda total asciende a ¢412 937 145,05 (cuatrocientos doce millones novecientos treinta y siete mil ciento cuarenta y cinco colones con cinco céntimos). Corresponde a facturas vencidas, en estado de morosidad, de un servicio cuyo uso de agua está clasificado en tarifa domiciliar y que se encuentra inactivo desde el mes de abril del año 2017. El asentamiento se ubica en el distrito primero del cantón Central de la provincia de Limón.
Autorización al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que Condone la Deuda por Servicios Prestados de Agua Potable, Cargos Varios y Multas, Facturados con el Servicio Nis 5133233, al Asentamiento los Lirios, Provincia de Limón (Ley N.° 10357)
Descargar PDFBufete de Costa Rica
La condonación se liquida contra la provisión de incobrables de las cuentas por cobrar derivadas de la venta de servicios. El texto no fija un plazo ni un procedimiento para ejecutar la autorización. La ley fue sancionada el 29 de junio de 2023, rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 128 del 14 de julio de 2023.
N° 10357
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS PARA QUE CONDONE LA DEUDA POR SERVICIOS PRESTADOS DE AGUA POTABLE, CARGOS VARIOS Y MULTAS, FACTURADOS CON EL SERVICIO NIS 5133233, AL ASENTAMIENTO LOS LIRIOS, PROVINCIA DE LIMÓN
Se autoriza al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que condone y proceda a liquidar contra la provisión de incobrables de las cuentas por cobrar derivadas de la venta de servicios, la deuda total por la suma de ¢ 412 937 145,05 (cuatrocientos doce millones novecientos treinta y siete mil ciento cuarenta y cinco colones con cinco céntimos), que presenta el servicio identificado con el NIS 5133233, actualmente inactivo desde el mes de abril del año 2017, cuyo uso de agua está clasificado en tarifa domiciliar y que abasteció el Asentamiento Los Lirios, ubicado en distrito primero, cantón Central, provincia de Limón, correspondiente a facturas vencidas, en estado de morosidad, por concepto de agua potable, cargos varios y multas.
Rige a partir de su publicación.
El artículo único autoriza al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que condone la deuda total que presenta el servicio identificado con el NIS 5133233, que abasteció el Asentamiento Los Lirios. El monto es de ¢412 937 145,05 (cuatrocientos doce millones novecientos treinta y siete mil ciento cuarenta y cinco colones con cinco céntimos) y corresponde a facturas vencidas, en estado de morosidad, por concepto de agua potable, cargos varios y multas.
Según el artículo único, el Asentamiento Los Lirios se ubica en el distrito primero del cantón Central de la provincia de Limón. Lo abasteció el servicio identificado con el NIS 5133233, cuyo uso de agua está clasificado en tarifa domiciliar y que, de acuerdo con el texto, se encuentra inactivo desde el mes de abril del año 2017.
El artículo único autoriza al Instituto no sólo a condonar la deuda, sino a liquidarla contra la provisión de incobrables de las cuentas por cobrar derivadas de la venta de servicios. El monto condonado se aplica, entonces, a esa provisión de la propia institución; el texto no menciona una transferencia ni otra fuente de recursos para cubrirlo.
El artículo único emplea la fórmula «se autoriza»: faculta al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados para que condone y proceda a liquidar la deuda del servicio NIS 5133233. El texto no fija un plazo para hacerlo ni describe un trámite que deban seguir los vecinos del asentamiento.
El artículo único se refiere a una sola cuenta: la deuda que presenta el servicio identificado con el NIS 5133233, que abasteció el asentamiento, por facturas vencidas de agua potable, cargos varios y multas. El texto no menciona otros servicios ni otras deudas con el Instituto.
¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.
Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…
Leer dictamen completo →Consulta profesional
La justicia tiene precio.
Honorario profesional
₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.
¿Puede cubrir este honorario?
La justicia tiene precio.
Le agradecemos su interés
Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.
Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.