La Ley N.° 10496 autoriza al Concejo Municipal del Distrito Lepanto y al Concejo Municipal de Puntarenas para la construcción, dentro de la zona marítimo terrestre, del sistema de acueducto para el abastecimiento de agua potable a Isla Caballo, según su título oficial.
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Autorización al Concejo Municipal del Distrito Lepanto y al Concejo Municipal de Puntarenas para la Construcción Dentro de la Zona Marítimo Terrestre del Sistema de Acueducto para Abastecimiento de Agua Potable a Isla Caballo (Ley N.° 10496)
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La Ley N.° 10496 se publicó en el Alcance N.° 148 a La Gaceta N.° 159 del 29 de agosto de 2024. El texto completo está en el facsímil oficial de La Gaceta que se ofrece junto a esta página.
N° 10496
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN AL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO LEPANTO Y AL CONCEJO MUNICIPAL DE PUNTARENAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DENTRO DE LA ZONA MARÍTIMO TERRESTRE DEL SISTEMA DE ACUEDUCTO PARA ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE A ISLA CABALLO
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 148 a La Gaceta N.° 159 del 29 de agosto de 2024, páginas 14 a 15 del PDF del Alcance; 2 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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