La Ley N.° 10539, Declaratoria de la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, patrimonio cultural inmaterial de Costa Rica, declara esa celebración como manifestación del Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica. Es una ley breve, de tres artículos, que reconoce una tradición de la ciudad de Puntarenas.
En razón de esa declaratoria, la ley declara además de interés público la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, que se realiza el 16 de julio de cada año en la ciudad de Puntarenas, y autoriza a las instituciones públicas para que contribuyan con su realización. El texto no detalla en qué debe consistir esa contribución.
Declaratoria de la Celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica (Ley N.° 10539)
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El Ministerio de Cultura y Juventud y el Instituto Costarricense de Turismo colaborarán con la Municipalidad de Puntarenas en la divulgación y promoción de esta tradición. La ley rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 200 del 25 de octubre de 2024.
N° 10539
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DE LA CELEBRACIÓN DE LAS FIESTAS DE LA VIRGEN DEL MAR, PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE COSTA RICA
Se declara la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar como manifestación del Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica.
En razón de lo dispuesto en el artículo anterior, se declara de interés público la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, que se realiza el 16 de julio de cada año en la ciudad de Puntarenas y se autoriza a las instituciones públicas para que contribuyan con su realización.
El Ministerio de Cultura y Juventud, y el Instituto Costarricense de Turismo colaborarán con la Municipalidad de Puntarenas en la divulgación y promoción de esta tradición.
Rige a partir de su publicación.
El artículo 1 declara la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar como manifestación del Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica. Esa declaratoria es el objeto que anuncia el título de la ley, «Declaratoria de la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar, patrimonio cultural inmaterial de Costa Rica», y recae sobre la celebración misma.
El artículo 2 señala que la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar se realiza el 16 de julio de cada año en la ciudad de Puntarenas. Ese mismo artículo la declara de interés público, en razón de su declaratoria como manifestación del Patrimonio Cultural Inmaterial de Costa Rica.
Sí. El artículo 2 declara de interés público la celebración de las Fiestas de la Virgen del Mar y autoriza a las instituciones públicas para que contribuyan con su realización. La norma está redactada como una autorización general a las instituciones públicas; el texto no precisa en qué debe consistir esa contribución ni fija montos.
El artículo 3 dispone que el Ministerio de Cultura y Juventud y el Instituto Costarricense de Turismo colaborarán con la Municipalidad de Puntarenas en la divulgación y promoción de esta tradición. La colaboración que la ley les encarga se refiere a divulgar y promover la celebración, junto con la Municipalidad de Puntarenas.
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