La Ley N.° 10833, «Declaratoria de la Campana de la Libertad como Símbolo Patrio», se compone de un artículo único: declara la Campana de la Libertad como Símbolo de la Patria de Costa Rica.
La norma no añade más contenido: no establece obligaciones, plazos, partidas ni trámites, y su texto se agota en la declaratoria de la Campana de la Libertad como símbolo de la Patria.
Declaratoria de la Campana de la Libertad como Símbolo Patrio (Ley N.° 10833)
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La ley fue sancionada el 15 de diciembre de 2025 y se publicó en el Alcance N.° 3 a La Gaceta N.° 5 del 9 de enero de 2026. El texto lo transcribió y cotejó palabra por palabra la Biblioteca contra la página oficial, y el facsímil oficial de La Gaceta va al final del PDF de la ley.
N° 10833
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DE LA CAMPANA DE LA LIBERTAD COMO SÍMBOLO PATRIO
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Este texto lo transcribió la Biblioteca Jurídica y lo cotejó, palabra por palabra, con la página oficial; el facsímil oficial se reproduce íntegro al final del PDF de esta ley (Alcance N.° 3 a La Gaceta N.° 5 del 9 de enero de 2026, páginas 17 a 19 del PDF del Alcance; 3 páginas).
Declárese la Campana de la Libertad como Símbolo de la Patria.
Sí. El artículo único dispone: «Declárese la Campana de la Libertad como Símbolo de la Patria». Es una declaratoria legal y es lo único que ordena el artículo; la ley no tiene más artículos ni establece, junto a la declaratoria, otras disposiciones.
Leído el texto completo, la ley no impone obligaciones, plazos, partidas ni trámites. El artículo único se limita a declarar la Campana de la Libertad como Símbolo de la Patria, sin más disposiciones sobre su uso, custodia o conmemoración, que el texto no menciona.
La ley rige a partir de su publicación, según la cláusula de vigencia con que termina el texto. La declaratoria del artículo único queda así vigente desde esa publicación, sin plazo adicional ni condición alguna que el texto establezca.
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