La Ley N.° 9835 lleva por título oficial «Declaración de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita». Es una ley de un solo artículo, el artículo único, que declara a esa Sociedad Institución Benemérita de la Patria.
El texto no trae otras disposiciones: no regula beneficios, exenciones ni obligaciones para la Sociedad, y se limita a la declaratoria. Se trata de un reconocimiento honorífico que la Asamblea Legislativa concede por ley, dirigido a una institución vinculada con el magisterio nacional.
Declaración de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita (Ley N.° 9835)
Descargar PDFBufete de Costa Rica
La ley rige a partir de su publicación y salió en el Alcance N.° 191 a La Gaceta N.° 180 del 23 de julio de 2020. El texto lo transcribió y cotejó la Biblioteca palabra por palabra contra la página oficial, y el facsímil oficial de La Gaceta va al final del PDF de la ley.
N° 9835
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARACIÓN DE LA SOCIEDAD DE SEGUROS DE VIDA DEL MAGISTERIO NACIONAL COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Este texto lo transcribió la Biblioteca Jurídica y lo cotejó, palabra por palabra, con la página oficial; el facsímil oficial se reproduce íntegro al final del PDF de esta ley (Alcance N.° 191 a La Gaceta N.° 180 del 23 de julio de 2020, páginas 2 a 4 del PDF del Alcance; 3 páginas).
Se declara a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita de la Patria.
Rige a partir de su publicación.
El artículo único declara a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita de la Patria. Es la única disposición sustantiva de la ley, que no tiene más artículos ni transitorios, y por eso toda la declaratoria cabe en esa frase del artículo único.
El texto del artículo único no lo dice. Después de leer la ley completa, que consta solo de ese artículo, se comprueba que se limita a declarar a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita de la Patria, sin establecer exenciones, transferencias de dinero ni cargas para la Sociedad.
La declaratoria vale desde la publicación de la ley. El artículo único declara a la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional como Institución Benemérita de la Patria y cierra con la cláusula de vigencia de la ley: la ley rige a partir de su publicación, sin plazos ni condiciones previas.
¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.
Dictamen jurídico sobre la masacre cometida en el Cerro San Miguel de Alajuelita el Domingo de Ramos de 1986: siete víctimas —una mujer adulta y seis menores de edad—; una sentencia condenatoria (1989) anulada en 1990 por graves irregularidades —entre ellas, indicios de tortura para obtener la confesión del adolescente…
Leer dictamen completo →Consulta profesional
La justicia tiene precio.
Honorario profesional
₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.
¿Puede cubrir este honorario?
La justicia tiene precio.
Le agradecemos su interés
Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.
Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.