La Ley N.° 10827 lleva por título oficial «Desafectación del uso público y autorización para que se done un terreno, propiedad del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, a la Municipalidad de Santa Ana, de la provincia de San José». Como ese título indica, la norma desafecta del uso público un terreno de esa institución y autoriza que se done a la corporación municipal de ese cantón.
Según el título, el inmueble es propiedad del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y la donataria es la Municipalidad de Santa Ana. La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable, de modo que aquí no se describen la finca, el destino que se le dará ni las condiciones de la donación: esos datos constan únicamente en el texto oficial, que se ofrece completo en facsímil oficial de La Gaceta.
Desafectación del Uso Público y Autorización para que Se Done un Terreno, Propiedad del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, a la Municipalidad de Santa Ana, de la Provincia de San José (Ley N.° 10827)
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La ley fue sancionada el 19 de noviembre de 2025 y se publicó en el Alcance N.° 4 a La Gaceta N.° 9 del 15 de enero de 2026. Quien necesite conocer su articulado debe consultarlo en el facsímil oficial de La Gaceta que acompaña esta publicación, que reproduce el texto íntegro tal como salió en el diario oficial.
N° 10827
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DESAFECTACIÓN DEL USO PÚBLICO Y AUTORIZACIÓN PARA QUE SE DONE UN TERRENO, PROPIEDAD DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO, A LA MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA, DE LA PROVINCIA DE SAN JOSÉ
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 4 a La Gaceta N.° 9 del 15 de enero de 2026, páginas 5 a 7 del PDF del Alcance; 3 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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