La Ley N.° 10564, Declaratoria del Equipo Básico de Atención Integral de Salud Ebáis China Kichá como Institución Benemérita de la Patria, declara a ese equipo de salud como Institución Benemérita de la Patria. Es una ley de artículo único, cuyo objeto es exclusivamente esa declaratoria.
La declaratoria recae sobre el Ebáis China Kichá, que la ley ubica en la provincia de Limón, cantón de Talamanca. El texto se limita a declararlo Institución Benemérita de la Patria: no asigna recursos, no crea exenciones ni impone obligaciones a otras instituciones, y tampoco contiene disposiciones transitorias.
Declaratoria del Equipo Básico de Atención Integral de Salud Ebáis China Kichá, como Institución Benemérita de la Patria (Ley N.° 10564)
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La ley rige a partir de su publicación. Fue sancionada el 18 de octubre de 2024 y se publicó en La Gaceta N.° 213 del 13 de noviembre de 2024. Con ella, el Ebáis China Kichá queda reconocido por ley de la República como Institución Benemérita de la Patria.
N° 10564
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DEL EQUIPO BÁSICO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD EBÁIS CHINA KICHÁ, COMO INSTITUCIÓN BENEMÉRITA DE LA PATRIA
Se declara al Equipo Básico de Atención Integral de Salud Ebáis China Kichá, ubicado en la provincia de Limón, cantón de Talamanca, como Institución Benemérita de la Patria.
Rige a partir de su publicación.
El artículo único declara al Equipo Básico de Atención Integral de Salud Ebáis China Kichá como Institución Benemérita de la Patria. Es una declaratoria hecha por ley de la República a favor de un equipo de salud concreto, identificado por su nombre y por su ubicación en el cantón de Talamanca, provincia de Limón. La ley rige a partir de su publicación.
Según el artículo único, el Ebáis China Kichá está ubicado en la provincia de Limón, cantón de Talamanca. La ley lo identifica únicamente por la provincia y el cantón: el texto no indica distrito, dirección ni otra seña del lugar, y tampoco menciona a qué área de salud pertenece.
El artículo único se limita a declarar al Ebáis China Kichá como Institución Benemérita de la Patria. El texto de la ley no asigna recursos, no crea exenciones ni establece obligaciones a cargo de otras instituciones; tampoco contiene transitorios ni normas de ejecución. La ley consta de ese solo artículo y de la cláusula que la hace regir a partir de su publicación.
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