La Ley N.° 10828 trata sobre que la Municipalidad de Nicoya fraccione un inmueble de su propiedad y done el terreno segregado. Su título oficial la identifica como una autorización dirigida a las Temporalidades de la Diócesis de Tilarán.
Según su título oficial, el inmueble es propiedad de la Municipalidad de Nicoya, que queda autorizada para fraccionarlo y donar el terreno segregado a las Temporalidades de la Diócesis de Tilarán. Esta página sólo repite lo que consta en ese título oficial: el contenido de la ley se consulta en el facsímil.
Autorización a la Municipalidad de Nicoya para que Fraccione un Inmueble de su Propiedad y Done el Terreno Segregado a las Temporalidades de la Diócesis de Tilarán (Ley N.° 10828)
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La ley fue publicada en el Alcance N.° 158 a La Gaceta N.° 233 del 11 de diciembre de 2025. La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable; por eso el texto completo se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, que puede descargar junto a esta página y leer tal como se publicó.
N° 10828
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
AUTORIZACIÓN A LA MUNICIPALIDAD DE NICOYA PARA QUE FRACCIONE UN INMUEBLE DE SU PROPIEDAD Y DONE EL TERRENO SEGREGADO A LAS TEMPORALIDADES DE LA DIÓCESIS DE TILARÁN
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 158 a La Gaceta N.° 233 del 11 de diciembre de 2025, páginas 34 a 36 del PDF del Alcance; 3 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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