La Ley N.° 10089, Declaratoria de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires del cantón de Puriscal, declara de interés público ese desarrollo y faculta al Estado para que, por medio de sus instituciones públicas, promueva el desarrollo y la promoción de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona.
Esa promoción debe hacerse bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del medio ambiente, de modo que fortalezca la condición social y económica del distrito. La ley añade que el Estado podrá apoyar las iniciativas de desarrollo local y las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa de los habitantes del distrito vinculadas al desarrollo y la promoción del turismo de la zona, buscando mantener, proteger y potenciar el patrimonio y los bienes culturales.
Declaratoria de Interés Público el Desarrollo Turístico, Ecológico y Cultural del Distrito de Chires del Cantón de Puriscal (Ley N.° 10089)
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El texto consta de dos artículos redactados en términos facultativos: no asigna montos, no fija plazos ni encarga la tarea a una institución determinada. La ley rige a partir de su publicación y se publicó en La Gaceta N.° 38 del 25 de febrero de 2022.
N° 10089
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARATORIA DE INTERÉS PÚBLICO EL DESARROLLO TURÍSTICO, ECOLÓGICO Y CULTURAL DEL DISTRITO DE CHIRES DEL CANTÓN DE PURISCAL
Declaratoria de interés público
Se declara de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires del cantón de Puriscal, para lo cual el Estado, por medio de sus instituciones públicas, podrá promover el desarrollo y la promoción de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona, bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del medio ambiente, que fortalezcan la condición social y económica del distrito.
Apoyo institucional
El Estado podrá apoyar las iniciativas de desarrollo local y las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa, de los habitantes del distrito, vinculadas al desarrollo y la promoción del turismo de la zona, buscando mantener, proteger y potenciar el patrimonio y los bienes culturales.
Rige a partir de su publicación
El artículo 1 declara de interés público el desarrollo turístico, ecológico y cultural del distrito de Chires del cantón de Puriscal. Con ese fin, el Estado, por medio de sus instituciones públicas, podrá promover el desarrollo y la promoción de la infraestructura y las inversiones en turismo en la zona.
Según el artículo 1, la promoción de la infraestructura y de las inversiones en turismo debe hacerse bajo un esquema de desarrollo sostenible y un manejo adecuado del medio ambiente. El mismo artículo señala la finalidad: que esas acciones fortalezcan la condición social y económica del distrito.
El artículo 2 dispone que el Estado podrá apoyar las iniciativas de desarrollo local y las actividades de la micro, pequeña y mediana empresa de los habitantes del distrito, siempre que estén vinculadas al desarrollo y la promoción del turismo de la zona. Ese apoyo debe buscar mantener, proteger y potenciar el patrimonio y los bienes culturales.
No. Tanto el artículo 1 como el artículo 2 están redactados con la expresión «podrá»: el Estado podrá promover la infraestructura y las inversiones en turismo, y podrá apoyar las iniciativas locales y a la micro, pequeña y mediana empresa. El texto no asigna montos, no fija plazos y no encarga la tarea a una institución determinada.
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