Aprobación del Canje de Notas para la Enmienda de los Artículos 1, 3 y 4 al Convenio de Transporte Aéreo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Reino de España (Ley N.° 10143)
Costa Rica y España podrán designar las empresas aéreas que deseen para sus rutas, según la enmienda al convenio aéreo. Ley 10143.