• Legal
  • Biblioteca
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
  • Legal
      Destacadas
      Derecho ConstitucionalDerecho AdministrativoDerecho PenalDerecho ComercialDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho TributarioDerecho de FamiliaDerecho LaboralDerecho FinancieroDerecho SanitarioDerecho AmbientalDerecho MunicipalDerecho Registral y NotarialDerecho Agrario
      Activas
      Derecho InternacionalDerecho InformáticoDerecho de Tránsito
      Emergentes
      Derecho ContractualDerecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios


  • Legal
      Destacadas
      Derecho ConstitucionalDerecho AdministrativoDerecho PenalDerecho ComercialDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho TributarioDerecho de FamiliaDerecho LaboralDerecho FinancieroDerecho SanitarioDerecho AmbientalDerecho MunicipalDerecho Registral y NotarialDerecho Agrario
      Activas
      Derecho InternacionalDerecho InformáticoDerecho de Tránsito
      Emergentes
      Derecho ContractualDerecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios
logo-texto-bufete-de-costa-rica
  • Legal
      Destacadas
      Derecho ConstitucionalDerecho AdministrativoDerecho PenalDerecho ComercialDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho TributarioDerecho de FamiliaDerecho LaboralDerecho FinancieroDerecho SanitarioDerecho AmbientalDerecho MunicipalDerecho Registral y NotarialDerecho Agrario
      Activas
      Derecho InternacionalDerecho InformáticoDerecho de Tránsito
      Emergentes
      Derecho ContractualDerecho Canónico
  • Biblioteca
      Contenido
      LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
      Carrera de Derecho
      Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario
    • Videoteca
    • Leyes
    • Biografías
    • Carrera de Derecho
      • Ayuda para Tesis
      • Tesis
      • Deontología
      • Graduarse en Derecho
      • Temario del Examen
  • Honorarios

Derecho de Familia  ·  Derecho Procesal  ·  Leyes

Ley de vigencia transitoria para procedimientos de familia en Costa Rica (Ley N° 9621)

Bufete de Costa Rica 



Actualización Legislativa: 02/10/2018

La Ley 9621, aprobada en 2018, resuelve un problema procesal concreto. Cuando se aprobó la Ley 9342, Código Procesal Civil de 2016 (vigente desde el 8 de octubre de 2018), esta derogó al antiguo Código Procesal Civil de 1989 (Ley 7130) incluyendo su aplicación supletoria a los procesos de familia. El problema fue que para esa fecha el nuevo Código Procesal de Familia aún se discutía en la Asamblea Legislativa, por lo que los jueces de familia habrían quedado sin norma procesal aplicable.

El artículo único establece la solución: se mantiene en vigencia la Ley 7130 (Código Procesal Civil derogado) exclusivamente para la tramitación de los procesos en materia de familia, hasta que entre en vigencia el nuevo Código Procesal de Familia. Esta vigencia transitoria evita el vacío procesal que habría paralizado los tribunales de familia entre octubre de 2018 y la aprobación final del Código Procesal de Familia (Ley 9747, vigente desde octubre de 2024).

Ley de vigencia transitoria para procedimientos de familia en Costa Rica (Ley N° 9621)

Descargar PDF

Bufete de Costa Rica

La norma fue indispensable para la práctica de los abogados de familia durante los seis años de transición. Durante ese período, los procesos de divorcio, pensiones alimentarias, autorización para salir del país de personas menores, declaratorias de paternidad, separación judicial y demás materias de familia se siguieron tramitando bajo el procedimiento ordinario, abreviado y sumario del Código Procesal Civil de 1989 (Ley 7130), solo en lo que no se opusiera a las leyes especiales de cada materia (Código de Familia, Ley de Pensiones Alimentarias, Ley contra la Violencia Doméstica). Hoy la Ley 9621 conserva interés histórico y dogmático: permite entender la racionalidad de muchas resoluciones judiciales dictadas entre 2018 y 2024.


Ver Ley de vigencia transitoria para procedimientos de familia en Costa Rica (Ley N° 9621) en PDF


Leer Ley de vigencia transitoria para procedimientos de familia en Costa Rica (Ley N° 9621)

N° 9621

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY DE VIGENCIA TRANSITORIA PARA

PROCEDIMIENTOS DE FAMILIA

ARTÍCULO ÚNICO

Se mantendrá la vigencia de la Ley N.º 7130, Código Procesal Civil, de 16 de agosto de 1989, para la tramitación exclusiva de los procesos en materia de familia, hasta la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal de Familia.

Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los dos días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Vigencia Transitoria para Procedimientos de Familia

¿Por qué fue necesaria la Ley 9621?


Cuando entró en vigencia el nuevo Código Procesal Civil (Ley 9342) el 8 de octubre de 2018, este derogó al antiguo Código Procesal Civil de 1989 (Ley 7130), incluyendo su aplicación supletoria a los procesos de familia. Sin embargo, el nuevo Código Procesal de Familia aún estaba en discusión legislativa. Para evitar un vacío procesal que paralizara los tribunales de familia, la Ley 9621 estableció una vigencia transitoria de la Ley 7130 solo para esos procesos.

¿Qué procesos se tramitaron bajo la Ley 9621?


Bajo el régimen de vigencia transitoria se tramitaron todos los procesos de derecho de familia: divorcios y separaciones judiciales, pensiones alimentarias (de forma supletoria a la Ley 7654), autorización para salir del país de personas menores de edad, declaratorias e impugnaciones de paternidad/maternidad, adopciones, tutelas y curatelas, liquidación de bienes gananciales, y los procesos sucesorios cuando la materia tocaba el régimen patrimonial familiar.

¿Hasta cuándo estuvo vigente la Ley 7130 para familia?


La Ley 7130 (Código Procesal Civil de 1989) permaneció vigente para la tramitación de procesos de familia hasta el 1 de octubre de 2024, fecha de entrada en vigencia del nuevo Código Procesal de Familia (Ley 9747). Es decir, la vigencia transitoria duró aproximadamente seis años. A partir del 1 de octubre de 2024, todos los procesos nuevos de familia se rigen por el Código Procesal de Familia.

¿Qué pasa con los procesos iniciados bajo la Ley 7130 pero aún no terminados al 1 de octubre de 2024?


El Código Procesal de Familia (Ley 9747) incluye disposiciones transitorias que regulan la situación. La regla general es que los procesos iniciados bajo la Ley 7130 continúan tramitándose con esa normativa hasta su terminación, salvo que las partes acuerden migrarlos al nuevo procedimiento o que el juez disponga la migración cuando convenga a la celeridad. Los procesos nuevos posteriores al 1 de octubre de 2024 se rigen íntegramente por el Código Procesal de Familia.

¿La Ley 9621 sigue siendo aplicable hoy?


La Ley 9621 está materialmente cumplida desde que entró en vigencia el Código Procesal de Familia el 1 de octubre de 2024. Su finalidad —evitar un vacío procesal en familia— se agotó. Sin embargo, la ley conserva interés histórico y dogmático para entender la racionalidad de las resoluciones judiciales dictadas entre 2018 y 2024, y para tramitar procesos que aún continúen bajo el régimen de la Ley 7130 por disposición transitoria.

¿En qué se diferenciaba la Ley 7130 del nuevo Código Procesal de Familia?


La Ley 7130 (Procesal Civil 1989) era un código civil aplicado a familia: procedimiento ordinario, abreviado y sumario, con énfasis en la escritura y la formalidad. El Código Procesal de Familia (Ley 9747) introduce oralidad, inmediación y celeridad: audiencias orales, juez activo, principio del interés superior del niño, valoración integral del entorno familiar, y procesos especializados (divorcio incausado, pensiones, alimentos, violencia doméstica). El cambio paradigmático fue de un proceso adversarial a un proceso colaborativo.

¿La Ley 9621 también aplicó a procesos de pensión alimentaria?


Sí, pero solo de forma supletoria. La Ley de Pensiones Alimentarias (Ley 7654) es la norma especial y prevalece sobre cualquier otra para esos procesos. La Ley 7130, vigente transitoriamente por la Ley 9621, solo se aplicó a las pensiones alimentarias en lo que no estuviera regulado expresamente en la Ley 7654 (por ejemplo: notificaciones, plazos genéricos, recursos no específicos). La misma regla aplica hoy con el Código Procesal de Familia.

¿Y con la Ley contra la Violencia Doméstica?


La Ley contra la Violencia Doméstica (Ley 7586) es la norma especial para medidas de protección y prevalece sobre cualquier otro código procesal. Durante la vigencia transitoria, la Ley 7130 era supletoria solo en lo no regulado por la Ley 7586. Con el nuevo Código Procesal de Familia se mantiene la misma jerarquía: la Ley 7586 prevalece, y el Código Procesal de Familia es supletorio.

¿Por qué no se aprobaron simultáneamente los dos Códigos (Procesal Civil y Procesal de Familia)?


La discusión legislativa del Código Procesal de Familia fue mucho más compleja por la sensibilidad política y técnica de sus contenidos: divorcio incausado, regulación de la unión de hecho, custodia compartida, protección integral del menor, valoración del interés superior. El Código Procesal Civil (Ley 9342) se aprobó en 2016 con vigencia diferida a 2018, mientras la Asamblea continuaba debatiendo el Código de Familia. La Ley 9621 fue el puente legal que evitó el colapso de los tribunales de familia durante esa demora.

¿Esta ley tiene relación con el Código Procesal Penal o Contencioso Administrativo?


No. La Ley 9621 aplica únicamente al ámbito procesal de familia. El Código Procesal Penal (Ley 7594) es completamente independiente y regula su propio procedimiento. El Código Procesal Contencioso Administrativo (Ley 8508) también es autónomo. La derogación del Código Procesal Civil de 1989 por la Ley 9342 NO afectó esas materias. La Ley 9621 fue una solución técnica acotada a un solo problema procesal.

Referencias Bibliográficas

  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2026). Código Procesal Civil de Costa Rica (Ley n.° 9342). Versión consolidada vigente al 25 de marzo de 2026. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/codigo-procesal-civil-de-costa-rica/
  • Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. (2024). Código Procesal de Familia de Costa Rica (Ley n.° 9747). Versión consolidada vigente al 23 de octubre de 2024. Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica. https://bufetedecostarica.com/codigo-procesal-de-familia-de-costa-rica/
Factura Electrónica

código procesal civilcodigo procesal de familiaderecho de familiaderecho procesalLey 7130Ley 9621Vigencia Transitoria

Artículos Relacionados


Derecho Procesal  ·  Leyes
Código Procesal Civil de Costa Rica (Ley N° 9342)
05/06/2025
Procesos de Pensión Alimentaria en Costa Rica
Derecho de Familia  ·  Derecho Procesal  ·  Honorarios
Procesos de Pensión Alimentaria en Costa Rica
13/04/2026
Derecho de Familia  ·  Derecho Procesal  ·  Leyes
Código Procesal de Familia de Costa Rica (Ley N° 9747)
02/10/2024
Ley que sanciona los daños a los hitos fronterizos en Costa Rica (Ley N° 9756)
Ley que sanciona los daños a los hitos fronterizos en Costa Rica (Ley N° 9756)
Artículo Anterior
Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Registral del Registro Nacional en Costa Rica (Ley N° 9602)
Ley de Fortalecimiento de la Seguridad Registral del Registro Nacional en Costa Rica (Ley N° 9602)
Próximo Artículo
  • Bufete de Costa Rica
    Servicios relacionados
    a la Ley N.° 9621
    Honorarios conforme al Decreto N.° 41457-JP
    I.
    Abogacía
    8
    • Divorcio por Mutuo Acuerdo
    • Procesos de Pensión Alimentaria
    • Recursos de Revisión y Casación
    • Acción de Inconstitucionalidad
    • Recurso de Amparo
    • Causas Penales en Tribunales Unipersonales
    • Causas Penales en Tribunales Colegiados
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    ✦
    II.
    Notariado
    3
    • Celebración de Matrimonios
    • Testamentos Abiertos y Cerrados
    • Hora Profesional de Abogados y Notarios
    Ver tabla completa de honorarios
  • Último dictamen N.° 0003

    Banco Anglo Costarricense

    Derecho Penal Económico · Bancario · Procesal · San José · Costa Rica

    Dictamen jurídico sobre la quiebra del banco estatal más antiguo del país: ciento treinta y un años de vida institucional cerrados en una cadena nacional…

    0:00
    2:52
    Leer dictamen →


La Justicia tiene Precio

¡Cuando está en juego lo que más importa,
solo la perfección es aceptable!
 
Porque la verdadera justicia requiere excelencia, dedicamos nuestro tiempo a quienes entienden que
un servicio jurídico excepcional es una inversión, no un gasto.

Licenciado Arroyo

Dictamen Jurídico

De la serie editorial Último dictamen publicado
Dictamen Jurídico N.° 0003

Banco Anglo Costarricense

Derecho Penal Económico · Bancario · Procesal
Causa
98-800488-0275-PJ
Lugar de los hechos
San José · Costa Rica

Dictamen jurídico sobre la quiebra del banco estatal más antiguo del país: ciento treinta y un años de vida institucional cerrados en una cadena nacional de seis de la tarde. Diecisiete peculados condenados, ochenta y seis millones de dólares incobrables, dos prófugos chilenos liberados por prescripción, y un fideicomiso del…

Cápsula doctrinal en audio

En la voz del Lic. Larry Hans Arroyo Vargas

0:00
2:52
Leer dictamen completo →
Lic. Larry Hans Arroyo Vargas
Abogado Litigante Incorporado
Bufete de Costa Rica
Código Profesional 37094
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
2022 - 2026 Bufete de Costa Rica - Todos los derechos reservados
Diseño web por iNTELIGENCIA Viva




Consulta profesional

¿Desea agendar cita con el Licenciado Arroyo?

La justicia tiene precio.

Honorario profesional

Cita virtual de una hora, uno a uno, con pago adelantado.

₡102.548 IVAi por hora — arancel del Colegio de Abogados. SINPE Móvil o transferencia, antes de la cita. No reembolsable.

¿Puede cubrir este honorario?

Sí, puedo

La justicia tiene precio.

Le agradecemos su interés

Conozca las opciones gratuitas en Costa Rica.

Hemos preparado una guía sobre los Consultorios Jurídicos gratuitos disponibles para usted: Colegio de Abogados, Defensa Pública, UCR, ULatina y otros.

Ver la guía →

WhatsApp

Le esperamos vía WhatsApp…

Abrir WhatsApp

Esta ventana se cerrará automáticamente en 20 segundos.

Factura Electrónica
Áreas Legales
Destacadas
Derecho ConstitucionalDerecho AdministrativoDerecho PenalDerecho ComercialDerecho ProcesalDerecho CivilDerecho TributarioDerecho de FamiliaDerecho LaboralDerecho FinancieroDerecho SanitarioDerecho AmbientalDerecho MunicipalDerecho Registral y NotarialDerecho Agrario
Activas
Derecho InternacionalDerecho InformáticoDerecho de Tránsito
Emergentes
Derecho ContractualDerecho Canónico
Biblioteca
Contenido
LeyesInvestigacionesBiografíasDictámenesVideoteca
Carrera de Derecho
Ayuda para TesisTesisDeontologíaGraduarseTemario