La Ley N.° 10759 deroga los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922. Lo hace mediante un único artículo, que precisa que la derogatoria es «para juegos de azar».
La ley no trae texto nuevo ni regula otra materia: su contenido se agota en señalar qué numerales de la Ley de Juegos quedan derogados. El texto de la ley lo transcribió y cotejó la Biblioteca palabra por palabra contra la página oficial, y el facsímil oficial de La Gaceta va al final del PDF de la ley.
Derogación de los Artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922 (Ley N.° 10759)
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La ley rige a partir de su publicación, que se hizo en el Alcance N.° 136 a La Gaceta N.° 198 del 22 de octubre de 2025. Para cualquier decisión, cuente con el texto íntegro de la ley y no sólo con este resumen.
N° 10759
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DEROGACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 12, 13, 14, 19, 20 Y 21 DE LA LEY 3, LEY DE JUEGOS, DE 31 DE AGOSTO DE 1922
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Este texto lo transcribió la Biblioteca Jurídica y lo cotejó, palabra por palabra, con la página oficial; el facsímil oficial se reproduce íntegro al final del PDF de esta ley (Alcance N.° 136 a La Gaceta N.° 198 del 22 de octubre de 2025, páginas 2 a 5 del PDF del Alcance; 4 páginas).
Se derogan los artículos 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922, para juegos de azar.
Rige a partir de su publicación.
El artículo único deroga los numerales 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922. Son seis numerales de esa ley, y no más; los demás no se mencionan en el texto de esta y, por tanto, esta ley no los toca.
El artículo único dice que los numerales 12, 13, 14, 19, 20 y 21 de la Ley de Juegos se derogan «para juegos de azar». Esa es la delimitación que fija el texto; la ley no agrega más precisiones sobre el alcance de la derogatoria.
No según su texto: el artículo único se limita a seis numerales de la Ley 3, Ley de Juegos, de 31 de agosto de 1922, y lo hace para juegos de azar. La ley no declara derogada la Ley de Juegos completa ni dicta reglas nuevas, y rige a partir de su publicación.
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