La Ley N.° 10700, «Declaración de la radioemisora «La Voz de Talamanca» como bien de interés cultural», declara a esa emisora, ubicada en la región de Amubri-Talamanca, como bien de interés cultural de la nación, en reconocimiento a su contribución a la cultura, la educación y el desarrollo de las comunidades de Talamanca.
El segundo artículo autoriza al Estado y a las instituciones estatales pertinentes a donar recursos a la emisora, en forma de financiamiento, equipos, personal o cualquier otro apoyo necesario, para mantener y fortalecer sus operaciones. Si los bienes donados se usan para fines distintos de los que motivan la donación, serán devueltos a la institución donante y se aplicará lo que establece la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
Declaración de la Radioemisora "la Voz de Talamanca" como Bien de Interés Cultural (Ley N.° 10700)
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La ley rige a partir de su publicación y salió en el Alcance N.° 69 a La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025. El texto lo transcribió y cotejó palabra por palabra la Biblioteca contra la página oficial, y el facsímil oficial de La Gaceta va al final del PDF de la ley.
N° 10700
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DECLARACIÓN DE LA RADIOEMISORA "LA VOZ DE TALAMANCA" COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Este texto lo transcribió la Biblioteca Jurídica y lo cotejó, palabra por palabra, con la página oficial; el facsímil oficial se reproduce íntegro al final del PDF de esta ley (Alcance N.° 69 a La Gaceta N.° 98 del 30 de mayo de 2025, páginas 32 a 35 del PDF del Alcance; 4 páginas).
Declaración de bien de interés cultural
Se declara a "La Voz de Talamanca", emisora de radio ubicada en la región de Amubri-Talamanca, como un bien de interés cultural de la nación, en reconocimiento a la significativa contribución de la emisora a la cultura, la educación y el desarrollo de las comunidades de Talamanca, así como su importancia histórica y continua como un medio de comunicación vital en la región.
Autorización para donaciones de recursos
Se autoriza al Estado y a las instituciones estatales pertinentes para que realicen donaciones de recursos, en forma de financiamiento, equipos, personal o cualquier otro apoyo necesario, a la emisora "La Voz de Talamanca", con el propósito de mantener y fortalecer sus operaciones como un bien de interés cultural.
En caso de que los bienes donados a la radioemisora sean utilizados con fines distintos de los que motivan la donación autorizada en este numeral, serán devueltos a la institución que realizó la donación y se aplicará lo que al respecto establece la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, de 7 de setiembre de 1994.
Rige a partir de su publicación.
El artículo 1 declara a «La Voz de Talamanca», emisora de radio ubicada en la región de Amubri-Talamanca, como bien de interés cultural de la nación. Lo hace en reconocimiento a su contribución a la cultura, la educación y el desarrollo de las comunidades de Talamanca, y a su importancia histórica como medio de comunicación vital en la región.
Sí. El artículo 2 autoriza al Estado y a las instituciones estatales pertinentes a realizar donaciones de recursos a la emisora, en forma de financiamiento, equipos, personal o cualquier otro apoyo necesario, con el propósito de mantener y fortalecer sus operaciones como bien de interés cultural.
Según el artículo 2, si los bienes donados se utilizan con fines distintos de los que motivan la donación autorizada, serán devueltos a la institución que realizó la donación y se aplicará lo que establece la Ley 7428, Ley Orgánica de la Contraloría General de la República.
El artículo 1 la ubica en la región de Amubri-Talamanca y reconoce su aporte a las comunidades de Talamanca en cultura, educación y desarrollo, así como su importancia histórica. La ley no precisa más datos de ubicación de la emisora, como dirección o frecuencia.
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