La Ley N.° 10618, Aprobación del Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión entre la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos, es la ley que aprueba ese instrumento internacional, suscrito en San José, Costa Rica. Consta de un artículo único.
El artículo único aprueba, en cada una de sus partes, el Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión entre la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos, suscrito en San José, Costa Rica, el día diecisiete del mes de abril del año dos mil veinticuatro. El texto de la ley no añade otras reglas a esa aprobación.
Aprobación del “Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión” entre la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos, Suscrito en San José, Costa Rica, el Día Diecisiete del Mes de abril del Año Dos Mil Veinticuatro (Ley N.° 10618)
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El instrumento completo se publica en facsímil oficial de La Gaceta junto al texto de la ley, y sus disposiciones deben consultarse allí. La ley rige a partir de su publicación. Fue sancionada el 2 de diciembre de 2024 y se publicó en el Alcance N.° 202 a La Gaceta N.° 234 del 12 de diciembre de 2024.
N° 10618
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL “ACUERDO INTEGRAL DE ASOCIACIÓN ECONÓMICA EN COMERCIO E INVERSIÓN” ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LOS EMIRATOS ÁRABES UNIDOS, SUSCRITO EN SAN JOSÉ, COSTA RICA, EL DÍA DIECISIETE DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO
Apruébese en cada una de sus partes el Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión entre la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos, suscrito en San José, Costa Rica, el día diecisiete del mes de abril del año dos mil veinticuatro. El texto es el siguiente:
Nota de la Biblioteca Jurídica: el instrumento que este artículo aprueba, con sus anexos, se publica en facsímil oficial de La Gaceta (Alcance N.° 202 a La Gaceta N.° 234 del 12 de diciembre de 2024, páginas 65 a 754 del PDF del Alcance; 690 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
Rige a partir de su publicación.
El artículo único aprueba, en cada una de sus partes, el Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión entre la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos. La ley no tiene más artículos: su único contenido es la aprobación legislativa de ese instrumento, sin que el texto de la ley le añada reservas ni otras reglas.
Según el artículo único, el Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión fue suscrito en San José, Costa Rica, el día diecisiete del mes de abril del año dos mil veinticuatro. Las partes que lo suscribieron son la República de Costa Rica y los Emiratos Árabes Unidos.
El artículo único aprueba el Acuerdo y anuncia su texto con la fórmula «El texto es el siguiente». El instrumento completo se publica en facsímil oficial de La Gaceta junto al texto de la ley, y es allí donde deben consultarse sus disposiciones. Esta página no resume ni describe las cláusulas del Acuerdo.
La ley rige a partir de su publicación, pero eso se refiere a la ley aprobatoria. El artículo único se limita a aprobar el Acuerdo Integral de Asociación Económica en Comercio e Inversión y no indica desde cuándo entra en vigor el Acuerdo mismo; esa fecha depende de las condiciones que establezca el propio instrumento, que debe consultarse en el facsímil oficial de La Gaceta.
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