La Ley N.° 10602, «Ley que declara el 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Persona de Talla Baja», establece esa fecha anual como día nacional. Consta de dos artículos.
El artículo 1 declara el 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Persona de Talla Baja. El artículo 2 autoriza a las instituciones públicas a celebrar actos conmemorativos relacionados con ese día, con el fin de promover la toma de conciencia sobre los requerimientos de estas personas y las modificaciones que deben implementarse en la sociedad costarricense para garantizar la igualdad de oportunidades a esta población.
Ley que Declara el 25 de octubre de Cada Año como el Día Nacional de la Persona de Talla Baja (Ley N.° 10602)
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La ley rige a partir de su publicación, que se hizo en el Alcance N.° 195 a La Gaceta N.° 227 del 3 de diciembre de 2024. El texto lo transcribió y cotejó la Biblioteca palabra por palabra contra la página oficial, y el facsímil oficial de La Gaceta va al final del PDF de la ley.
N° 10602
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
LEY QUE DECLARA EL 25 DE OCTUBRE DE CADA AÑO COMO EL DÍA NACIONAL DE LA PERSONA DE TALLA BAJA
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Este texto lo transcribió la Biblioteca Jurídica y lo cotejó, palabra por palabra, con la página oficial; el facsímil oficial se reproduce íntegro al final del PDF de esta ley (Alcance N.° 195 a La Gaceta N.° 227 del 3 de diciembre de 2024, páginas 26 a 27 del PDF del Alcance; 2 páginas).
Declárese el 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Persona de Talla Baja.
Autorícese a las instituciones públicas a celebrar actos conmemorativos relacionados con el Día Nacional de la Persona de Talla Baja, con el fin de promover la toma de conciencia sobre los requerimientos de estas personas y las modificaciones que deben implementarse en la sociedad costarricense para garantizar la igualdad de oportunidades a esta población.
Rige a partir de su publicación.
El artículo 1 declara el 25 de octubre de cada año como el Día Nacional de la Persona de Talla Baja. La fecha es la misma todos los años, pues la ley la fija como una declaración permanente y no sólo para un año determinado.
El artículo 2 autoriza a las instituciones públicas a celebrar actos conmemorativos relacionados con el Día Nacional de la Persona de Talla Baja. La ley emplea el verbo autorizar y no establece plazos, formatos ni sanciones para esos actos, de modo que cada institución define cómo conmemorar la fecha.
Según el artículo 2, los actos conmemorativos buscan promover la toma de conciencia sobre los requerimientos de las personas de talla baja y sobre las modificaciones que deben implementarse en la sociedad costarricense para garantizar la igualdad de oportunidades a esta población.
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