La Ley N.° 10389 es la adición de un transitorio VI a la Ley 7088, Reajuste Tributario y Resolución 18A del Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987. Su título oficial la identifica con la condonación de las deudas acumuladas en el pago del marchamo.
La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable, por lo que aquí no se resumen sus condiciones. Para no alterar ni una palabra del texto aprobado, el texto completo se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, que usted puede consultar y descargar junto a esta ficha.
Adición de un Transitorio Vi a la Ley 7088, Reajuste Tributario y Resolución 18A Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de 1987, Condonación de las Deudas Acumuladas en el Pago del Marchamo (Ley N.° 10389)
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La ley fue publicada en el Alcance N.° 192 a La Gaceta N.° 182 del 4 de octubre de 2023. Quién puede beneficiarse de la condonación y en qué términos consta únicamente en el facsímil oficial.
N° 10389
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
ADICIÓN DE UN TRANSITORIO VI A LA LEY 7088, REAJUSTE TRIBUTARIO Y RESOLUCIÓN 18A CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO, DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1987, CONDONACIÓN DE LAS DEUDAS ACUMULADAS EN EL PAGO DEL MARCHAMO
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 192 a La Gaceta N.° 182 del 4 de octubre de 2023, páginas 2 a 5 del PDF del Alcance; 4 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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