La Ley N.° 10329 tiene por título oficial «Deber de denunciar en casos de maltratos y abusos contra personas menores de edad, adición de un párrafo al artículo 49 de la Ley 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia, de 6 de enero de 1998». Es, por su título, una ley que adiciona otra ley.
Según su título, la ley trata del deber de denunciar en casos de maltratos y abusos contra personas menores de edad, y para ello adiciona un párrafo al artículo 49 de la Ley 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia, de 6 de enero de 1998.
Deber de Denunciar en Casos de Maltratos y Abusos contra Personas Menores de Edad, Adición de un Párrafo al Artículo 49 de la Ley 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia, de 6 de enero de 1998 (Ley N.° 10329)
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La ley se publicó en el Alcance N.° 80 a La Gaceta N.° 79 del 8 de mayo de 2023. La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable, por lo que este resumen se limita a lo que dice su título oficial; el texto completo se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, junto a esta página.
N° 10329
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
DEBER DE DENUNCIAR EN CASOS DE MALTRATOS Y ABUSOS CONTRA PERSONAS MENORES DE EDAD, ADICIÓN DE UN PÁRRAFO AL ARTÍCULO 49 DE LA LEY 7739, CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA, DE 6 DE ENERO DE 1998
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 80 a La Gaceta N.° 79 del 8 de mayo de 2023, páginas 2 a 5 del PDF del Alcance; 4 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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