La Ley N.° 10296 aprueba el Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Turquía, según su título oficial. El título es lo único que esta página resume de la ley, porque no se ha redactado un texto propio sobre su contenido.
La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Por esa razón su texto completo se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, junto a esta página, para que usted lo consulte tal como fue publicado.
Aprobación del Acuerdo de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República de Turquía (Ley N.° 10296)
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La Ley N.° 10296 se publicó en el Alcance N.° 243 a La Gaceta N.° 216 del 11 de noviembre de 2022. Las disposiciones del acuerdo y de la ley están en el facsímil oficial. Allí encontrará el texto completo tal como lo imprimió el diario oficial.
N° 10296
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
APROBACIÓN DEL ACUERDO DE SERVICIOS AÉREOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE TURQUÍA
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 243 a La Gaceta N.° 216 del 11 de noviembre de 2022, páginas 102 a 132 del PDF del Alcance; 31 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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