La Ley N.° 10651 reforma el inciso 12 del artículo 2 de la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, del 4 de octubre de 2012, y el inciso a) del artículo 5 de la Ley 9660, Movilidad y Seguridad Ciclística, del 24 de febrero de 2019, para la ampliación del concepto de bicicleta, según lo indica su título oficial.
La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable, por lo que esta página no resume su contenido más allá de su título. El texto completo, tal como fue publicado, se ofrece en facsímil oficial de La Gaceta, junto a esta ficha.
Reforma del Inciso 12 del Artículo 2 de la Ley 9078, Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, del 4 de octubre de 2012, y Reforma del Inciso a) del Artículo 5 de la Ley 9660, Movilidad y Seguridad Ciclística, del 24 de febrero de 2019, para la Ampliación del Concepto de Bicicleta (Ley N.° 10651)
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La ley fue publicada en el Alcance N.° 47 a La Gaceta N.° 67 del 8 de abril de 2025. Para conocer la nueva redacción de los incisos reformados, consulte el facsímil oficial, que reproduce la publicación de La Gaceta tal como salió.
N° 10651
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
REFORMA DEL INCISO 12 DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY 9078, LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS PÚBLICAS TERRESTRES Y SEGURIDAD VIAL, DEL 4 DE OCTUBRE DE 2012, Y REFORMA DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 5 DE LA LEY 9660, MOVILIDAD Y SEGURIDAD CICLÍSTICA, DEL 24 DE FEBRERO DE 2019, PARA LA AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO DE BICICLETA
Nota de la Biblioteca Jurídica: La Gaceta no ofrece de esta ley un texto digital fiable. Para no alterar ni una cifra ni una palabra, se ofrece íntegra en facsímil oficial (Alcance N.° 47 a La Gaceta N.° 67 del 8 de abril de 2025, páginas 51 a 55 del PDF del Alcance; 5 páginas). Ver el facsímil oficial (PDF)
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