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Derecho Constitucional

Supremacía Constitucional en Costa Rica

Lic. Larry Hans Arroyo Vargas 

3392

BUFETE DE COSTA RICA

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Índice de contenido
BUFETE DE COSTA RICA
Fundamentos Doctrinales y Filosóficos de la Supremacía Constitucional
La Constitución como Norma Suprema
Principios Filosóficos Subyacentes de la Supremacía Constitucional
Soberanía Popular y Poder Constituyente
Estado de Derecho
Separación y Limitación del Poder
Garantía de los Derechos Fundamentales
El Concepto de «Bloque de Constitucionalidad»
Integración de Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos
Valor Supraconstitucional de los Tratados de Derechos Humanos
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Antecedentes y Evolución del Control de Constitucionalidad en Costa Rica
El Control de Constitucionalidad Previo a 1989
Limitaciones del Sistema Pre-1989
La Reforma Constitucional de 1989: Un Hito en la Justicia Constitucional
Objetivos de la Reforma
Impacto de la Ley de la Jurisdicción Constitucional
Transformación del Sistema de Control Constitucional
Sistema Previo a 1989
Sistema Posterior a 1989
Mecanismos de Defensa de la Supremacía Constitucional
La Sala Constitucional: Guardiana de la Constitución
Composición y Elección
Competencias Fundamentales en la Supremacía Constitucional
Autonomía e Independencia
La Acción de Inconstitucionalidad
Objeto y Procedencia
Legitimación Activa
Efectos de la Sentencia
El Recurso de Amparo y el Recurso de Hábeas Corpus
Hábeas Corpus
Amparo
Las Consultas de Constitucionalidad
Consultas Legislativas
Consultas Judiciales
El Carácter Vinculante Erga Omnes de la Jurisprudencia Constitucional
Análisis Actual de la Supremacía Constitucional en la Práctica Jurisprudencial
Interpretación y Aplicación de Principios Constitucionales
Caso Emblemático: El Principio de Legalidad y Tipicidad Penal
Caso Emblemático: Derecho de Participación Política y Igualdad
La Sala Constitucional como Garante Frente a los Poderes Constituidos
Control del Poder Legislativo
Control del Poder Ejecutivo
Control sobre las Omisiones
La Judicialización de la Política y el Activismo Judicial
Características del Fenómeno
Tensiones Institucionales
Balance y Legitimidad
Perspectivas a Futuro y Retos para la Supremacía Constitucional
Desafíos Operativos de la Sala Constitucional
Alto Volumen de Casos: La «Eclosión del Amparo»
Necesidad de Mecanismos de Filtro o Descentralización
Desafíos Institucionales
Nombramiento de Magistrados
Relación con otros Poderes del Estado
Consolidación del Modelo y Vías de Reforma
Propuestas de Transformación Institucional
Adaptación a Nuevos Desafíos
El Rol Futuro de la Supremacía Constitucional
Protección de Derechos en el Siglo XXI
Educación Ciudadana
Desafíos Sistémicos
Dilema Fundamental
Lo más importante sobre la Supremacía Constitucional en Costa Rica esta por comenzar
Síntesis de los Hallazgos Principales
Logros del Sistema de Supremacía Constitucional
Desafíos Actuales y Futuros
Desafíos Operativos
Desafíos Institucionales
Reflexiones Finales sobre la Vigencia y Proyección
Condiciones para la Vigencia Futura
Perspectivas de Reforma
Proyección hacia el Futuro

La supremacía constitucional se erige como el principio cardinal que posiciona a la Constitución Política en el ápice del ordenamiento jurídico de un Estado. Este postulado no solo la define como la norma fundante de la cual emana la validez de todas las demás disposiciones y actos del poder público, sino que también la consagra como el parámetro último de juridicidad.

La trascendencia de la supremacía constitucional radica en su papel insustituible para la consolidación y el funcionamiento efectivo del Estado de Derecho, operando como un escudo protector de los derechos fundamentales de los ciudadanos y, simultáneamente, como un límite infranqueable al ejercicio del poder estatal, previniendo la arbitrariedad.

En el contexto costarricense, la supremacía constitucional ha trascendido la mera enunciación teórica para convertirse en una realidad jurídica palpable y dinámica, especialmente a partir de la trascendental reforma constitucional de 1989 que culminó con la creación de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Fundamentos Doctrinales y Filosóficos de la Supremacía Constitucional

La Constitución como Norma Suprema

La supremacía constitucional encuentra su fundamento en el carácter normativo directo e inmediato de la Constitución. Sus disposiciones no son meras declaraciones programáticas o principios abstractos, sino mandatos jurídicos vinculantes para todos los poderes públicos y para la ciudadanía en general.

La Constitución es la norma normarum, la fuente primaria de la cual emana la validez de todas las demás normas del ordenamiento jurídico.

Cualquier norma o acto que la contradiga carece de validez y debe ser, en principio, expulsado del sistema.

Este carácter supremo se manifiesta tanto en un sentido formal como material:

  • Formalmente: La Constitución establece los órganos y procedimientos para la creación de las leyes y otras disposiciones normativas
  • Materialmente: Impone límites sustantivos al contenido de dichas normas, asegurando que no vulneren los principios, valores y derechos fundamentales que ella misma consagra

En Costa Rica, el Artículo 10 de la Constitución Política materializa esta supremacía constitucional al conferir a la Sala Constitucional la potestad de declarar la inconstitucionalidad de las normas y actos que contravengan la Carta Magna.

Principios Filosóficos Subyacentes de la Supremacía Constitucional

La idea de la supremacía constitucional se nutre de varios principios filosóficos fundamentales:

Soberanía Popular y Poder Constituyente

La legitimidad de la Constitución y, por ende, su supremacía, radica en que es la expresión de la voluntad soberana del pueblo, ejercida a través del poder constituyente.

Es el pueblo quien, en un acto de autodeterminación, se dota de una ley fundamental que regirá su convivencia y la organización del Estado.

Estado de Derecho

Este principio implica la sumisión de todo poder al Derecho, y la Constitución se sitúa en la cúspide de este entramado normativo. La supremacía constitucional es, por tanto, una garantía contra la arbitrariedad y un pilar de la seguridad jurídica.

Separación y Limitación del Poder

La Constitución no solo organiza el poder estatal, sino que lo divide y establece un sistema de frenos y contrapesos. La supremacía constitucional asegura que ningún poder pueda sobrepasar los límites y competencias que la propia Constitución le asigna.

Garantía de los Derechos Fundamentales

El fin último y más trascendente de la supremacía constitucional es la protección efectiva de los derechos y libertades fundamentales de la persona.

Al situar estos derechos en el nivel más alto del ordenamiento, se les blinda contra posibles vulneraciones por parte de los poderes constituidos.

El Concepto de «Bloque de Constitucionalidad»

En Costa Rica, la doctrina y la jurisprudencia de la Sala Constitucional han desarrollado el concepto de «bloque de constitucionalidad», también referido como el «Derecho de la Constitución».

Este bloque comprende no solo el texto formal de la Constitución Política, sino también un conjunto de normas y principios que, por su naturaleza y su vinculación con los derechos fundamentales y los principios democráticos, adquieren rango constitucional.

Integración de Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos

Un componente esencial de este bloque son los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Costa Rica, destacando entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José). Esta integración enriquece el concepto tradicional de supremacía constitucional, expandiéndolo más allá del texto constitucional nacional.

 

Valor Supraconstitucional de los Tratados de Derechos Humanos

Un desarrollo particularmente significativo en la jurisprudencia costarricense es el reconocimiento de que los tratados de derechos humanos vigentes en la República, cuando otorgan mayores derechos o garantías que la propia Constitución, prevalecen incluso sobre esta última. Esta interpretación implica que el estándar de protección de los derechos humanos se eleva al nivel más garantista disponible.

Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Las interpretaciones y sentencias de la Corte IDH son consideradas vinculantes para Costa Rica y, por ende, forman parte del parámetro de convencionalidad que todas las autoridades nacionales, incluyendo la Sala Constitucional, deben observar.

La apertura de Costa Rica al derecho internacional de los derechos humanos ha implicado una transformación sustancial del concepto tradicional de supremacía constitucional. Esta ya no se concibe como una supremacía puramente endógena, sino como una que dialoga activamente con el ordenamiento internacional.

Antecedentes y Evolución del Control de Constitucionalidad en Costa Rica

El Control de Constitucionalidad Previo a 1989

Los primeros intentos de establecer mecanismos de control sobre la conformidad de las leyes con una norma superior se pueden rastrear hasta etapas tempranas de la historia independiente de Costa Rica. La Ley Fundamental del Estado de 1825 contemplaba un «poder conservador» con la función de «velar por que se cumpla la Ley Fundamental».

Durante la mayor parte del siglo XX, y hasta la reforma de 1989, la principal instancia encargada del control de constitucionalidad de las leyes fue la Corte Plena de la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, este sistema adolecía de significativas limitaciones:

Limitaciones del Sistema Pre-1989

El sistema anterior presentaba múltiples deficiencias que mermaban la efectividad de la supremacía constitucional:

  • Procedimiento engorroso: La interposición de acciones de inconstitucionalidad era un proceso poco accesible para el ciudadano común
  • Mayorías calificadas: La declaración de inconstitucionalidad requería el voto de una mayoría calificada de los magistrados
  • Criterios restrictivos: Predominaba una interpretación restrictiva de la inconstitucionalidad, exigiéndose que esta fuera «flagrante» o «manifiesta»
  • Resistencia política: La Corte Plena adoptaba una postura de deferencia hacia los poderes políticos

El resultado era un control de constitucionalidad que, aunque formalmente existente, se manifestaba de manera débil, esporádica y, en muchos casos, insuficiente para garantizar de manera plena y efectiva la supremacía constitucional.

La Reforma Constitucional de 1989: Un Hito en la Justicia Constitucional

La década de 1980 fue testigo de un creciente consenso sobre la necesidad de una reforma profunda al sistema de justicia constitucional. La insatisfacción con la lentitud y la ineficacia del modelo existente era palpable tanto en la ciudadanía como en la comunidad jurídica.

Objetivos de la Reforma

La reforma constitucional de 1989 modificó los artículos 10, 48, 105 y 128 de la Constitución Política. El cambio más significativo fue la creación de la Sala Constitucional, concebida como una sala especializada dentro de la estructura de la Corte Suprema de Justicia, pero dotada de «plenitud de competencia, supremacía y autonomía jurisdiccionales».

Los objetivos primordiales fueron:

  • Democratizar el acceso a la justicia constitucional
  • Fortalecer la protección de los derechos fundamentales
  • Asegurar un control más riguroso y sistemático de la supremacía constitucional

Impacto de la Ley de la Jurisdicción Constitucional

Complementando la reforma constitucional, la Ley de la Jurisdicción Constitucional (LJC) vino a desarrollar los mandatos de la Carta Magna, estableciendo con detalle los procedimientos para el ejercicio de las diversas competencias de la Sala Constitucional.

Transformación del Sistema de Control Constitucional

La comparación entre el sistema previo a 1989 y el posterior evidencia una transformación radical en la efectividad de la supremacía constitucional:

Sistema Previo a 1989

  • Órgano competente: Corte Plena con múltiples funciones jurisdiccionales
  • Mecanismos limitados: Principalmente acción de inconstitucionalidad
  • Legitimación restringida y procedimientos lentos
  • Control principalmente abstracto y posterior
  • Efectos limitados y percepción de eficacia reducida

Sistema Posterior a 1989

  • Órgano especializado: Sala Constitucional con autonomía funcional
  • Múltiples mecanismos: Acción de inconstitucionalidad, amparo, hábeas corpus, consultas
  • Legitimación ampliada y procedimientos más ágiles
  • Control abstracto y concreto, previo y posterior
  • Efectos erga omnes y mayor eficacia percibida

La reforma de 1989 no fue simplemente un cambio de órgano competente, sino un cambio de paradigma en la protección de la supremacía constitucional: de un control limitado y predominantemente reactivo, se pasó a uno proactivo, con una capacidad significativa para influir en la legislación, las políticas públicas y la protección de los derechos fundamentales.

Mecanismos de Defensa de la Supremacía Constitucional

La salvaguarda de la supremacía constitucional en Costa Rica se articula a través de un robusto sistema de justicia constitucional, cuyo epicentro es la Sala Constitucional. Esta Sala dispone de una serie de mecanismos procesales diseñados para asegurar que la Constitución Política y el bloque de constitucionalidad prevalezcan sobre cualquier norma o acto que los contravenga.

La Sala Constitucional: Guardiana de la Constitución

Composición y Elección

La Sala Constitucional está integrada por siete magistrados propietarios y doce suplentes. Su elección corresponde a la Asamblea Legislativa, la cual debe alcanzar una mayoría calificada de dos tercios del total de sus miembros para cada nombramiento. Los magistrados son designados por períodos de ocho años y se consideran reelegidos para períodos iguales.

Competencias Fundamentales en la Supremacía Constitucional

Las atribuciones esenciales de la Sala Constitucional incluyen:

  • Declarar la inconstitucionalidad de las normas de cualquier naturaleza y de los actos sujetos al Derecho Público
  • Garantizar los derechos y libertades fundamentales mediante los recursos de hábeas corpus y amparo
  • Dirimir los conflictos de competencia entre los Poderes del Estado
  • Conocer de las consultas sobre proyectos de reforma constitucional y tratados internacionales

Autonomía e Independencia

A pesar de estar orgánicamente integrada dentro de la Corte Suprema de Justicia, la Sala Constitucional goza de una marcada independencia funcional y administrativa en el ejercicio de sus labores, fundamental para garantizar la efectividad de la supremacía constitucional.

La Acción de Inconstitucionalidad

Este es el instrumento procesal por excelencia para ejercer el control abstracto de supremacía constitucional sobre normas y actos de carácter general.

Objeto y Procedencia

La acción puede interponerse contra:

  • Leyes y otras disposiciones generales que infrinjan alguna norma o principio constitucional
  • Actos subjetivos de las autoridades públicas no susceptibles de amparo o hábeas corpus
  • Violaciones de requisitos sustanciales durante la formación de leyes
  • Reformas constitucionales que violen normas constitucionales de procedimiento
  • Infracciones constitucionales en convenios o tratados internacionales
  • La inercia, omisiones y abstenciones de las autoridades públicas

Legitimación Activa

La regla general exige la existencia de un asunto pendiente de resolver ante los tribunales. Sin embargo, existen excepciones importantes donde no se requiere este asunto previo, especialmente para la defensa de intereses difusos o colectivos. Además, ciertos altos funcionarios como el Contralor General, el Procurador General, el Fiscal General y el Defensor de los Habitantes gozan de legitimación directa.

Efectos de la Sentencia

Si la Sala declara con lugar la acción, la sentencia produce cosa juzgada material erga omnes. La norma o acto impugnado se considera eliminado del ordenamiento jurídico, reafirmando así la supremacía constitucional. La declaratoria tiene efecto declarativo y retroactivo, aunque la Sala puede graduar este efecto para evitar dislocaciones de la seguridad, justicia o paz sociales.

El Recurso de Amparo y el Recurso de Hábeas Corpus

Estos son los dos mecanismos fundamentales para la protección directa de los derechos fundamentales y, por ende, para hacer efectiva la supremacía constitucional en casos concretos.

Hábeas Corpus

Su finalidad es garantizar la libertad e integridad personales frente a actos u omisiones provenientes de cualquier autoridad. Se caracteriza por su procedimiento sumamente expedito y la informalidad en su interposición. Si el recurso es declarado con lugar, la Sala ordenará el restablecimiento del afectado en el pleno goce de su derecho, demostrando la efectividad práctica de la supremacía constitucional.

Amparo

Este recurso está diseñado para garantizar todos los demás derechos y libertades fundamentales consagrados en la Constitución Política o en los instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en Costa Rica.

El amparo procede contra:

  • Disposiciones, acuerdos y resoluciones de servidores y órganos públicos
  • Acciones u omisiones de sujetos privados que actúen en ejercicio de funciones públicas
  • Actuaciones u omisiones fundadas en normas erróneamente interpretadas

La sentencia que acoja el recurso busca restituir al agraviado en el pleno goce de su derecho y restablecer las cosas al estado anterior a la violación, constituyendo una manifestación directa de la supremacía constitucional en la protección de derechos individuales.

Las Consultas de Constitucionalidad

Este mecanismo permite un control preventivo de supremacía constitucional sobre proyectos normativos y un control incidental por parte de los jueces.

Consultas Legislativas

La Sala Constitucional emite una opinión consultiva previa sobre la constitucionalidad de proyectos legislativos. Estas pueden ser:

Consultas Preceptivas: Obligatorias para proyectos de reforma constitucional, reformas a la LJC, y proyectos de aprobación de convenios o tratados internacionales.

Consultas Facultativas: Pueden solicitarse para cualesquiera otros proyectos de ley por un número no menor de diez diputados, ciertos órganos constitucionales, o el Defensor de los Habitantes.

Consultas Judiciales

Permiten a cualquier juez, ante dudas fundadas sobre la constitucionalidad de una norma que deba aplicar, elevar una consulta a la Sala Constitucional. La resolución de la Sala puede tener efectos erga omnes, contribuyendo así a la uniformidad en la aplicación de la supremacía constitucional.

El Carácter Vinculante Erga Omnes de la Jurisprudencia Constitucional

Un pilar fundamental del sistema de supremacía constitucional costarricense es el carácter vinculante de la jurisprudencia de la Sala Constitucional. Esta disposición otorga a las interpretaciones y decisiones de la Sala una fuerza que trasciende el caso concreto, proyectándose a todo el ordenamiento jurídico.

Las implicaciones de este carácter vinculante son profundas para la supremacía constitucional:

  • Uniformidad: Asegura que las normas constitucionales sean interpretadas coherentemente
  • Seguridad jurídica: Proporciona certeza sobre el contenido y alcance de los preceptos constitucionales
  • Rol cuasi-legislativo: La Sala participa activamente en la configuración del ordenamiento jurídico

La interacción entre estos diversos mecanismos es una característica distintiva del sistema costarricense. No operan como compartimentos aislados, sino que se interrelacionan y complementan con el objetivo de ofrecer una tutela integral y efectiva de la supremacía constitucional.

Análisis Actual de la Supremacía Constitucional en la Práctica Jurisprudencial

La vitalidad del principio de supremacía constitucional se manifiesta primordialmente a través de la labor interpretativa y de control de la Sala Constitucional. Su jurisprudencia no solo resuelve casos concretos, sino que moldea el entendimiento y la aplicación de la Constitución en la vida jurídica y social del país.

Interpretación y Aplicación de Principios Constitucionales

La Sala Constitucional ha sido prolífica en la interpretación y aplicación de los principios fundamentales consagrados en la Carta Magna, asegurando su preeminencia sobre la legislación ordinaria y los actos administrativos.

Caso Emblemático: El Principio de Legalidad y Tipicidad Penal

Un caso ilustrativo de la aplicación de la supremacía constitucional es el relacionado con el Voto 1739-92, referente a los principios de legalidad y tipicidad penal. Este caso se originó por una consulta sobre el Artículo 161 del Código Penal, que omitía especificar el tipo de pena en su segundo párrafo.

La Sala Constitucional determinó que esta omisión violaba el principio de tipicidad penal consagrado en el Artículo 39 de la Constitución Política. El razonamiento fue contundente: la falta de especificación del tipo de pena impide al ciudadano conocer con certeza la naturaleza de la sanción, generando inseguridad jurídica.

Elementos clave de la decisión:

  • Violación del principio de tipicidad por omisión del tipo de pena
  • Imposibilidad de integración normativa por analogía perjudicial al reo
  • Violación del principio de legalidad penal y del debido proceso
  • Reafirmación de que la legislación ordinaria debe subordinarse a los mandatos constitucionales

Este caso demuestra cómo la supremacía constitucional opera para limitar la potestad legislativa cuando esta no respeta las garantías fundamentales establecidas en la Constitución.

Caso Emblemático: Derecho de Participación Política y Igualdad

Otro caso significativo involucra el análisis del Artículo 22 del Código Municipal, que exigía estar inscrito electoralmente por al menos dos años para ser regidor. El Tribunal Supremo de Elecciones interpretaba esta norma de manera que impedía a los ciudadanos entre 18 y 20 años postularse como candidatos.

Los argumentos que la Sala consideraría para defender la supremacía constitucional incluyen:

  • Violación del derecho de participación política: Este derecho fundamental se encuentra consagrado en los Artículos 1, 90 y 98 de la Constitución y en el Artículo 23 de la Convención Americana
  • Inexistencia de requisito constitucional de edad: El Artículo 171 constitucional no establece edad mínima para regidores
  • Violación del principio de razonabilidad: El requisito resulta irrazonable para jóvenes recién habilitados para votar
  • Contravención del principio de igualdad: Genera discriminación injustificada basada en la edad

Este tipo de casos ilustra cómo la supremacía constitucional protege los derechos fundamentales frente a interpretaciones restrictivas de la legislación secundaria.

La Sala Constitucional como Garante Frente a los Poderes Constituidos

La función de la Sala Constitucional se extiende al control de todos los poderes constituidos, asegurando que sus actuaciones se mantengan dentro del marco de la supremacía constitucional:

Control del Poder Legislativo

La Sala ejerce control tanto formal como material sobre las leyes. Esto incluye:

  • Vicios de procedimiento en la formación de las leyes
  • Conformidad del contenido con la Constitución
  • Control sobre reformas constitucionales
  • Supervisión del cumplimiento del Reglamento de la Asamblea Legislativa

Control del Poder Ejecutivo

Los actos administrativos, decretos, reglamentos y cualquier manifestación de la función administrativa están sujetos al escrutinio de la Sala, principalmente a través del recurso de amparo y la acción de inconstitucionalidad.

Un ejemplo reciente es el Voto 2025-016964, donde la Sala declaró con lugar un amparo contra actuaciones del Presidente de la República y su equipo de seguridad contra periodistas. Este caso reafirma que incluso los más altos funcionarios del Poder Ejecutivo están subordinados al respeto de los derechos fundamentales garantizados por la supremacía constitucional.

Control sobre las Omisiones

La Sala también puede controlar la inactividad de los poderes públicos cuando esta constituye una violación a la supremacía constitucional, por ejemplo, la omisión de legislar cuando existe un mandato constitucional.

La Judicialización de la Política y el Activismo Judicial

El rol central y proactivo de la Sala Constitucional en la defensa de la supremacía constitucional ha tenido como consecuencia un fenómeno conocido como la «judicialización de la política». Esto implica que numerosos conflictos de naturaleza política, social o económica son trasladados al ámbito judicial para su resolución.

Características del Fenómeno

La judicialización se manifiesta cuando:

  • Conflictos tradicionalmente políticos se resuelven judicialmente
  • La Sala influye en la definición de políticas públicas
  • Los actores políticos recurren estratégicamente a la justicia constitucional
  • La Sala ejerce un rol de «legislador negativo» y, en ocasiones, propositivo

Tensiones Institucionales

Esta dinámica ha generado tensiones recurrentes entre la Sala Constitucional y otros poderes del Estado, especialmente la Asamblea Legislativa. Las fuentes de fricción incluyen:

  • Consultas de constitucionalidad sobre proyectos de ley
  • Anulación de leyes ya aprobadas
  • Control sobre omisiones legislativas
  • Interpretaciones extensivas de derechos fundamentales

Casos ilustrativos de estas tensiones:

  • Proyecto de Ley de Penalización de la Violencia contra la Mujer: múltiples observaciones por vicios formales
  • Anulación de la reforma constitucional sobre reelección presidencial: generó intensas reacciones políticas
  • Control sobre procedimientos legislativos: supervisión del cumplimiento del Reglamento de la Asamblea

Balance y Legitimidad

El rol proactivo de la Sala, si bien es esencial para la salvaguarda de la supremacía constitucional, plantea interrogantes sobre:

  • Los límites adecuados de la intervención judicial
  • El equilibrio entre poderes en la democracia
  • La posibilidad de «gobierno de los jueces»
  • La sobrecarga institucional con asuntos políticos

Esta tensión es característica de los sistemas democráticos con control judicial robusto y representa un desafío constante para mantener el equilibrio entre la protección de la supremacía constitucional y el respeto a las competencias de los poderes electos.

Perspectivas a Futuro y Retos para la Supremacía Constitucional

La consolidación de la supremacía constitucional en Costa Rica enfrenta en la actualidad una serie de desafíos operativos e institucionales que determinarán su vitalidad y proyección futura. Estos retos no solo conciernen a la eficiencia de la justicia constitucional, sino también al equilibrio del sistema democrático.

Desafíos Operativos de la Sala Constitucional

Alto Volumen de Casos: La «Eclosión del Amparo»

Uno de los desafíos más apremiantes para la efectividad de la supremacía constitucional es la ingente cantidad de asuntos que ingresan anualmente a la Sala Constitucional. Este fenómeno, conocido como «eclosión del amparo», tiene múltiples causas:

Factores Contributing:

  • Concentración de toda la jurisdicción constitucional en un único órgano
  • Falta de cultura de servicio público en algunos sectores administrativos
  • Ausencia de procedimientos ágiles en otras vías jurisdiccionales
  • Amplitud del catálogo de derechos tutelados por el amparo
  • Éxito percibido del recurso como vía rápida y efectiva

Datos Ilustrativos: En 2024, la Sala Constitucional registró 35,624 casos ingresados y resolvió 38,484. Aunque el promedio de resolución de amparos es de 31 días, este volumen masivo ejerce una presión considerable sobre la institución.

Impactos en la Supremacía Constitucional:

  • Riesgo de priorizar cantidad sobre calidad en el análisis
  • Mayor uso de rechazos ad limine bajo la fórmula de «asuntos de mera legalidad»
  • Demoras en acciones de inconstitucionalidad (promedio histórico de 872-919 días)
  • Posible pérdida de oportunidad en la justicia constitucional

Necesidad de Mecanismos de Filtro o Descentralización

Ante este panorama, se ha intensificado el debate sobre mecanismos para gestionar eficientemente el flujo de casos sin comprometer la efectividad de la supremacía constitucional:

Propuestas de Reforma:

  • Creación de tribunales especializados en amparo a nivel inferior
  • Establecimiento de un «amparo de legalidad» en la jurisdicción contencioso-administrativa
  • Adopción de criterios de admisibilidad más estrictos
  • Enfoque en el contenido esencial constitucionalmente protegido

Desafíos Institucionales

Nombramiento de Magistrados

El proceso de designación de los magistrados de la Sala Constitucional ha sido objeto de críticas recurrentes que pueden afectar la percepción de legitimidad de la supremacía constitucional:

Problemas Identificados:

  • Falta de transparencia en algunos momentos del proceso
  • Ausencia de mecanismos óptimos para garantizar idoneidad e independencia
  • Riesgo de influencias políticas en los nombramientos
  • Necesidad de reformas estructurales al sistema de selección

Perspectivas Comparadas: El sistema colombiano, donde las ternas provienen del Presidente, la Corte Suprema y el Consejo de Estado, y la elección final recae en el Senado, ofrece alternativas para equilibrar legitimidad democrática con competencia técnica e independencia.

Relación con otros Poderes del Estado

Las tensiones derivadas de la judicialización de la política continúan siendo un desafío para la supremacía constitucional:

Retos Específicos:

  • Mantener equilibrio entre control constitucional y respeto a competencias de otros poderes
  • Asegurar ejecución efectiva de sentencias de la Sala
  • Desarrollar cultura de autocontención judicial (judicial self-restraint)
  • Fortalecer diálogo interinstitucional constructivo

Consolidación del Modelo y Vías de Reforma

Propuestas de Transformación Institucional

Tras más de tres décadas de funcionamiento, se debate sobre posibles reformas al modelo de supremacía constitucional:

Tribunal Constitucional Autónomo: Una propuesta recurrente es la transformación de la Sala Constitucional en un Tribunal Constitucional plenamente independiente del Poder Judicial, similar al Tribunal Supremo de Elecciones.

Ventajas potenciales:

  • Mayor autonomía e independencia
  • Especialización completa en materia constitucional
  • Posible mejora en la eficiencia operativa

Análisis Comparado: Tanto Costa Rica como Colombia comparten un modelo de control dual que combina elementos difusos y concentrados. Las diferencias en mecanismos específicos, como la acción pública de inconstitucionalidad en Colombia, pueden informar futuras reformas.

Adaptación a Nuevos Desafíos

El rol futuro de la supremacía constitucional será crucial para enfrentar desafíos emergentes:

Nuevas Realidades:

  • Impacto de tecnologías de información en derechos fundamentales
  • Protección ambiental frente a crisis climática
  • Lucha contra nuevas formas de discriminación
  • Globalización y soberanía normativa

El Rol Futuro de la Supremacía Constitucional

Protección de Derechos en el Siglo XXI

La supremacía constitucional deberá adaptarse para garantizar:

  • Privacidad digital y protección de datos
  • Acceso equitativo a tecnologías
  • Derechos ambientales y sostenibilidad
  • Igualdad en sociedades diversas

Educación Ciudadana

La educación sobre el valor de la supremacía constitucional se vuelve indispensable para:

  • Participación ciudadana informada
  • Fortalecimiento de la cultura constitucional
  • Legitimidad social del sistema
  • Prevención de crisis institucionales

Desafíos Sistémicos

Los desafíos que enfrenta la supremacía constitucional están profundamente interconectados:

Ciclo de Retroalimentación:

  • Alto volumen de casos → presión para resolver con celeridad
  • Decisiones apresuradas → tensiones políticas
  • Tensiones políticas → dificultad para reformas necesarias
  • Procesos de nombramiento politizados → cuestionamientos de independencia
  • Cuestionamientos de independencia → perpetuación de desafíos

Dilema Fundamental

Costa Rica enfrenta un dilema característico de las democracias con control constitucional robusto:

Por un lado: Necesidad de justicia constitucional accesible y efectiva para todos los derechos del bloque de constitucionalidad.

Por otro lado: Riesgo de excesiva judicialización y desborde institucional que comprometa la calidad y legitimidad del sistema.

El reto primordial para el futuro de la supremacía constitucional radica en encontrar un equilibrio delicado: mantener la justicia constitucional como pilar fundamental sin que su propio éxito la desborde institucionalmente o la lleve a exceder su rol óptimo en el sistema democrático.

Lo más importante sobre la Supremacía Constitucional en Costa Rica esta por comenzar

Síntesis de los Hallazgos Principales

El principio de supremacía constitucional constituye el pilar fundamental sobre el que se asienta el Estado de Derecho en Costa Rica. La Constitución Política, junto con los instrumentos internacionales de derechos humanos que conforman el bloque de constitucionalidad –que incluso pueden ostentar un rango supraconstitucional si ofrecen mayor protección–, se erige como la norma fundamental que vincula a todos los poderes públicos y ciudadanos.

La creación de la Sala Constitucional en 1989 marcó una transformación radical en el sistema de justicia constitucional costarricense. Se transitó de un control limitado y de difícil acceso a un mecanismo robusto, especializado y con un impacto profundo en el ordenamiento jurídico y la vida nacional.

Instrumentos Clave de la Supremacía Constitucional:

  • Acción de inconstitucionalidad para control abstracto
  • Recurso de amparo para protección directa de derechos
  • Hábeas corpus para garantía de libertad personal
  • Consultas de constitucionalidad para control preventivo
  • Jurisprudencia vinculante erga omnes para uniformidad interpretativa

La Sala ha ejercido una labor crucial en la defensa de la supremacía constitucional, la protección de los derechos fundamentales y la delimitación de las competencias estatales. Su jurisprudencia ha sido fundamental para dar contenido y efectividad a los principios constitucionales, aunque ha generado debates sobre la judicialización de la política y el activismo judicial.

Logros del Sistema de Supremacía Constitucional

El modelo costarricense ha alcanzado logros significativos:

Democratización del Acceso: La amplia legitimación activa y los procedimientos ágiles han democratizado el acceso a la justicia constitucional.

Protección Efectiva de Derechos: Los recursos de amparo y hábeas corpus han proporcionado tutela efectiva a los derechos fundamentales.

Control Integral: El sistema permite control previo, concomitante y posterior de la constitucionalidad, asegurando una protección comprehensiva de la supremacía constitucional.

Apertura Internacional: La integración del derecho internacional de los derechos humanos ha enriquecido el estándar de protección nacional.

Desafíos Actuales y Futuros

Sin embargo, el sistema enfrenta desafíos significativos que requieren atención para mantener la efectividad de la supremacía constitucional:

Desafíos Operativos

Sobrecarga Procesal: El alto volumen de casos, especialmente en amparo, amenaza la calidad del análisis constitucional y genera demoras en asuntos complejos.

Necesidad de Filtros: Se requieren mecanismos para distinguir entre cuestiones de constitucionalidad genuina y asuntos de mera legalidad.

Eficiencia Institucional: La sostenibilidad del sistema demanda reformas que optimicen recursos sin comprometer derechos.

Desafíos Institucionales

Independencia Judicial: El proceso de nombramiento de magistrados requiere perfeccionamiento para garantizar independencia y competencia técnica.

Equilibrio de Poderes: Es necesario mantener el balance entre control constitucional y respeto a las competencias de otros poderes.

Legitimidad Social: La percepción pública sobre el rol de la Sala Constitucional afecta la legitimidad del sistema de supremacía constitucional.

Reflexiones Finales sobre la Vigencia y Proyección

La supremacía constitucional en Costa Rica no es un dogma estático, sino un principio dinámico que se reafirma y redefine continuamente a través de la práctica jurisprudencial y frente a los cambiantes desafíos sociales y políticos.

Condiciones para la Vigencia Futura

La vigencia futura de la supremacía constitucional depende de varios factores críticos:

Compromiso Institucional: Todos los actores –institucionales, políticos, sociales y académicos– deben mantener un compromiso constante con los valores y mandatos del orden constitucional.

Adaptación Inteligente: El sistema debe adaptarse a las nuevas realidades sin perder su esencia protectora de derechos y limitadora del poder.

Equilibrio Dinámico: Es crucial mantener el equilibrio entre accesibilidad y sostenibilidad, entre protección de derechos y respeto al equilibrio de poderes.

Educación Cívica: La formación ciudadana sobre el valor de la supremacía constitucional es indispensable para el fortalecimiento de la cultura constitucional.

Perspectivas de Reforma

Las posibles reformas deben considerar:

Optimización Procesal: Mecanismos de filtro y tribunales especializados para gestionar eficientemente la carga procesal.

Fortalecimiento Institucional: Mejora del sistema de nombramiento de magistrados y consolidación de la autonomía judicial.

Diálogo Interinstitucional: Promoción de una cultura de deferencia mutua y diálogo constructivo entre poderes.

Modernización Normativa: Adaptación del marco legal a los desafíos del siglo XXI.

Proyección hacia el Futuro

En última instancia, la proyección de la supremacía constitucional en Costa Rica dependerá de la capacidad del sistema para:

  • Adaptarse a las nuevas realidades manteniendo su función esencial
  • Seguir siendo un instrumento efectivo de limitación del poder
  • Mantener la confianza ciudadana en la Constitución como pacto fundamental
  • Proteger el contenido esencial de los derechos humanos frente a cualquier intento de regresión

La supremacía constitucional debe continuar siendo el faro que guía el desarrollo de una sociedad justa y democrática, capaz de enfrentar los desafíos del presente sin sacrificar los logros del pasado ni comprometer las aspiraciones del futuro.

El éxito del modelo costarricense de supremacía constitucional radica no solo en su diseño institucional, sino en la capacidad de la sociedad para mantener vivo el compromiso con los valores constitucionales y para perfeccionar continuamente los mecanismos de su protección. La Constitución, como instrumento vivo, seguirá evolucionando a través de la interpretación jurisprudencial y la práctica social, asegurando que la supremacía constitucional siga siendo una realidad efectiva en la vida democrática de Costa Rica.

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