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Biografías

Ricardo Jiménez Oreamuno

Lic. Larry Hans Arroyo Vargas 

14

Índice de contenido
El mundo que recibió a Ricardo Jiménez Oreamuno
La república de los cuartelazos
Un derecho prestado y disperso
La Generación del Olimpo y el pecado del sufragio indirecto
Orígenes y linaje de Ricardo Jiménez Oreamuno
El padre, Jesús Jiménez Zamora
La línea Oreamuno y el linaje del Coplero
Manuel de Jesús y los noviazgos truncados
La formación intelectual de un jurista liberal
San Luis Gonzaga y la Universidad de Santo Tomás
El bufete de Cruz Polanco, escuela de codificadores
El liberalismo positivista y el publicista incansable
El ascenso del joven diplomático y secretario de Estado
La misión de México de 1885
Secretario de Estado y el patrón de la renuncia
El canciller del istmo
La Presidencia de la Corte Suprema y la renuncia de 1892
La magistratura más joven
El golpe por decreto de 1892
La lógica de la renuncia
1917, la coherencia repetida
El parlamentario que enfrentó a la United Fruit Company
Diputado, vicepresidente y presidente del Congreso
El enclave bananero y el Estado dentro del Estado
El Código Civil de 1888 y el bufete de Cruz Polanco
La Comisión Codificadora
El papel real de Jiménez y un código de más de un siglo
El Curso de Instrucción Cívica y el credo laico de Ricardo Jiménez Oreamuno
Un manual de derecho público para niños
Colegio de Cartago y el credo laico
Los ensayos, los discursos y la pluma
La gran reforma electoral de Ricardo Jiménez Oreamuno
El voto directo de 1913
El voto secreto y el Registro Cívico de 1925
La regla del cuarenta por ciento de 1936
El plan de veintitrés años
Las tres presidencias de Ricardo Jiménez Oreamuno
La presidencia sobre las ruinas, 1910-1914
La presidencia constructora, 1924-1928
La presidencia de la Depresión, 1932-1936
La Huelga Bananera de 1934, Costa Rica frente a sus vecinos
El pensamiento jurídico-político de Ricardo Jiménez Oreamuno
La ley como acto de confianza
Los tres ejes del liberalismo constitucional
Al comunismo, con razones
Tensiones, conflictos y sombras de Ricardo Jiménez Oreamuno
La claudicación de 1914
El dictador intelectual
Beatriz Zamora y María Eugenia Calvo
Las frases apócrifas
El recelo ante el Estado social
Los últimos años y la muerte del patricio
El ganadero de la finca Bonilla
La candidatura frustrada de 1940
Benemérito y muerte sin pompa
El reconocimiento histórico y la construcción de la figura
La fabricación del patricio
Los biógrafos
Ricardo Jiménez Oreamuno en el siglo XXI
Un código civil de más de un siglo
El artículo 138 y el Tribunal Supremo de Elecciones
La renuncia de 1892 como precedente vivo
Preguntas frecuentes sobre Ricardo Jiménez Oreamuno
¿Cuándo y dónde nació y murió Ricardo Jiménez Oreamuno?
¿Por qué se dice que es el único costarricense que presidió los tres Poderes?
¿Qué dijo Ricardo Jiménez Oreamuno al renunciar a la Corte Suprema en 1892?
¿Ricardo Jiménez Oreamuno escribió el Código Civil de Costa Rica?
¿Cuál fue el aporte más importante de Ricardo Jiménez Oreamuno al derecho costarricense?
¿Qué es la regla del cuarenta por ciento y por qué sigue vigente?
¿Por qué defendió la legalidad del Partido Comunista si era liberal?
¿Cómo manejó la Huelga Bananera de 1934?
¿Ricardo Jiménez Oreamuno se casó y tuvo hijos?
¿Es cierto que Ricardo Jiménez dijo «¡Cartago vive!» tras el terremoto de 1910?
¿Por qué lo llamaban «El Brujo del Irazú»?
¿Qué diferencia a Ricardo Jiménez Oreamuno de Cleto González Víquez?
¿Qué fue la Generación del Olimpo y qué lugar ocupó en ella Ricardo Jiménez Oreamuno?
¿Por qué retiró su candidatura presidencial en 1940?
¿Qué instituciones públicas creó Ricardo Jiménez Oreamuno?
¿Qué es el Curso de Instrucción Cívica de 1888?
¿Cómo respondió al terremoto de Cartago de 1910?
¿Cuál fue el conflicto de Ricardo Jiménez Oreamuno con la United Fruit Company?
¿Por qué se dice que murió pobre pese a gobernar tres veces?
¿Qué relevancia tiene hoy Ricardo Jiménez Oreamuno para el derecho costarricense?
Reflexiones finales sobre Ricardo Jiménez Oreamuno
Epílogo, el inquilino que presidió los tres Poderes
Referencias Bibliográficas

Hay un dato que, bien mirado, lo dice casi todo: el hombre que más veces gobernó Costa Rica en el siglo XX murió en una casa alquilada. Ricardo Jiménez Oreamuno presidió la República tres veces, presidió la Corte Suprema de Justicia y presidió el Congreso, y cuando un grupo de ciudadanos quiso hacer una colecta para comprarle una casa propia, se negó con dureza. Un servidor público, sostenía, no debía salir de la función pública con más de lo que entró. Vendió fincas para pagar deudas y se fue a morir, el 4 de enero de 1945, en una vivienda rentada de San José. Era el único costarricense que había encabezado los tres Poderes del Estado, y se fue sin techo propio.

Esta investigación no pretende ser un inventario de fechas ni una galería de retratos oficiales. Pretende entender cómo pensaba un jurista que entendía la Constitución como una fuente de la que él mismo derivaba —y que, cuando esa fuente se secó por decreto, renunció en cuarenta y ocho horas sin pedir permiso a nadie—. Interesa menos lo que hizo Jiménez que la lógica con la que lo hizo: por qué prefería un presidente mediocre a un dictador brillante, por qué quiso enseñar a votar a los niños de escuela antes que ganar una elección, por qué dejó que el Partido Comunista existiera en lugar de prohibirlo.

Importa hoy porque el entramado legal que dejó sigue de pie y nadie lo nombra. El Código Civil que ayudó a redactar como joven abogado rige todavía. La regla del cuarenta por ciento que impuso en 1936 es el artículo 138 de la Constitución vigente. El voto secreto, el Registro Cívico y el Consejo Nacional de Electores que creó son el embrión directo del Tribunal Supremo de Elecciones que organiza las elecciones costarricenses. Quien quiera entender por qué Costa Rica resolvió en los tribunales lo que sus vecinos resolvieron a tiros tiene que pasar, tarde o temprano, por la biografía de Ricardo Jiménez Oreamuno.

El mundo que recibió a Ricardo Jiménez Oreamuno

La república de los cuartelazos

Costa Rica en 1859 era una república pequeña, agraria y joven, que apenas llevaba treinta y ocho años de vida independiente y poco más de una década de existencia como Estado plenamente soberano tras la disolución de la Federación Centroamericana. El café había empezado a transformar la meseta central en una economía de exportación, y con el café había llegado una incipiente burguesía cafetalera que financiaba gobiernos y derrocaba a los que no le servían.

El país seguía gobernado por un puñado de familias patricias que se turnaban el poder entre cuartelazos, constituciones efímeras y caudillos militares. Entre la independencia de 1821 y la dictadura de Tomás Guardia en 1870, Costa Rica vivió un desfile de jefes de Estado y presidentes, varios depuestos por la fuerza, varias cartas constitucionales redactadas y derogadas según la conveniencia del gobernante de turno. La ley se promulgaba con facilidad y se respetaba con dificultad. Esa era la materia prima con la que Ricardo Jiménez Oreamuno tendría que trabajar toda su vida.

Un derecho prestado y disperso

El derecho de aquella Costa Rica era todavía un derecho prestado. Regían, de manera fragmentaria, normas heredadas del período colonial español, leyes sueltas de los primeros gobiernos republicanos y una codificación incipiente: el Código General del Estado de 1841, promulgado bajo Braulio Carrillo, que reunía materia civil, penal y de procedimientos y bebía del Código de la Luisiana y del napoleónico.

No existía una cultura jurídica nacional consolidada. Había abogados formados a la antigua, jueces nombrados por afinidad política y un Poder Judicial que dependía, en los hechos, de la voluntad del Ejecutivo. La independencia judicial era una aspiración escrita, no una práctica. La justicia era, en buena medida, una extensión administrativa del presidente. Cambiar eso sería, andando los años, una de las obsesiones de Jiménez.

La Generación del Olimpo y el pecado del sufragio indirecto

Sobre ese fondo empezó a perfilarse, hacia las décadas de 1870 y 1880, lo que la historiografía costarricense llamaría después la Generación del Olimpo —también nombrada «del 89» o «del 900»—: una élite de hombres formados en el liberalismo, el positivismo comtiano y el laicismo, decididos a construir un Estado moderno. La integraron, entre otros, Mauro Fernández Acuña, autor de la gran reforma educativa; Bernardo Soto Alfaro, Próspero Fernández Oreamuno, Ascensión Esquivel Ibarra y Rafael Yglesias Castro, que ocuparían la presidencia; los hombres de letras Ricardo Fernández Guardia, Aquileo J. Echeverría y Manuel González Zeledón «Magón»; y, en su vértice jurídico-político, dos abogados cartagineses condiscípulos y rivales que marcarían el medio siglo siguiente: Cleto González Víquez y Ricardo Jiménez Oreamuno. A diferencia de los caudillos que los precedieron, estos hombres creían que el progreso se hacía con leyes, escuelas y tribunales. No despreciaban el poder; pretendían institucionalizarlo.

El gran punto ciego de esa generación era el sufragio. Costa Rica votaba, pero votaba mal. La Constitución de 1871 mantenía un sistema indirecto en dos grados: el ciudadano común no elegía al presidente ni a los diputados, sino a un colegio de electores provinciales, y eran esos electores quienes hacían la elección verdadera. El método era una invitación abierta al fraude: bastaba con controlar a un puñado de electores, presionables por el jefe político local, para controlar el resultado. Las jornadas cívicas del 7 de noviembre de 1889 se recuerdan como el bautismo de la conciencia electoral costarricense, pero el andamiaje legal seguía siendo el de la elección de segundo grado.

A mi juicio, conviene resistir la tentación de leer esta época con categorías actuales. El liberalismo de la Generación del Olimpo no era democrático en el sentido contemporáneo: era un liberalismo oligárquico, de élites ilustradas que se consideraban tutoras del pueblo más que sus mandatarias. Entender a Jiménez exige sostener esa tensión sin resolverla a la fuerza. Fue, a la vez, el hombre que amplió el sufragio y un patricio que nunca dejó de pertenecer a la clase que lo había monopolizado. Esa contradicción no lo invalida; lo explica.

Orígenes y linaje de Ricardo Jiménez Oreamuno

Romualdo Ricardo Jiménez Oreamuno nació en la ciudad de Cartago el 6 de febrero de 1859, en el centro mismo del poder costarricense. No es una metáfora: su padre fue presidente de la República y su abuelo materno fue jefe de Estado. Pocos costarricenses han nacido tan cerca de la cúspide institucional del país, y esa cercanía moldeó tanto su socialización temprana en los asuntos públicos como su concepción del decoro institucional.

El padre, Jesús Jiménez Zamora

El padre, Jesús Jiménez Zamora (Cartago, 18 de junio de 1823 – 12 de febrero de 1897), era médico graduado en la Universidad de San Carlos de Guatemala en 1849, una rareza en la Costa Rica de su tiempo, donde los profesionales con título extranjero se contaban con los dedos. Su trayectoria pública fue larga: diputado en varias legislaturas, gobernador de Cartago, secretario de Estado, Primer Designado a la Presidencia y dos veces presidente de la República (1863-1866 y 1869-1872).

Bajo su segundo gobierno y su Constitución de 1869 se consagró por primera vez en Costa Rica la enseñanza primaria gratuita y obligatoria para ambos sexos, una decisión que explica, una generación después, por qué su hijo dedicaría tanta energía a la educación cívica. Jesús Jiménez también impulsó la apertura del Colegio de San Luis Gonzaga y concibió —sin llegar a realizarlo por dificultades financieras— el proyecto de un ferrocarril interoceánico. Fue derrocado por Tomás Guardia el 27 de abril de 1870. El futuro defensor de la legalidad constitucional vio, con once años, cómo un cuartelazo desalojaba a su propio padre del poder. Esa imagen —el orden roto por la fuerza— lo acompañaría toda la vida. Jesús Jiménez Zamora fue declarado Benemérito de la Patria en 1886, en vida; el hijo recibiría el mismo honor en 1942.

La línea Oreamuno y el linaje del Coplero

La madre, María Esmeralda Oreamuno Gutiérrez, falleció el 15 de enero de 1873, cuando Ricardo no había cumplido catorce años. Era hija de Francisco María Oreamuno Bonilla, jefe del Estado de Costa Rica en 1844-1846 y precursor del constitucionalismo de la temprana república. Por esta línea, Jiménez quedaba doblemente vinculado a la jefatura del Estado: presidente el padre, jefe de Estado el abuelo materno.

La familia Oreamuno descendía de linaje vasco —su fundador americano fue Juan de Oriamuno, con presencia documentada en Costa Rica desde comienzos del siglo XVIII—; la familia Jiménez se remontaba, según la tradición genealógica, a Domingo Jiménez «El Coplero», llegado de Castilla en el siglo XVI y autor de unos versos satíricos de 1574 contra el gobernador Anguciana de Gamboa que suelen citarse como el primer texto literario del territorio. Sea exacta o no la atribución del Coplero, lo relevante es la conciencia heredada: Ricardo creció sabiéndose miembro de una estirpe que había gobernado el país y que entendía el servicio público como un destino familiar.

Manuel de Jesús y los noviazgos truncados

Tuvo varios hermanos. El más relevante para su vida pública fue Manuel de Jesús Jiménez Oreamuno (1854-1916), estudiante también del San Luis Gonzaga, profesor, contabilista, escritor e historiador. Manuel fue presidente municipal de Cartago, diputado por esa provincia en varias legislaturas, secretario de Relaciones Exteriores en 1888-1889, candidato presidencial en 1894 y secretario de Hacienda; sería el Primer Designado y consejero político más cercano de Ricardo durante la primera presidencia, y dejó escrito Noticias de antaño, un clásico de la memoria cartaginesa. La biografía de Ricardo Jiménez no se entiende sin esa red: no llegó al poder, en cierto sentido, sino que volvió a él.

Hace falta una corrección de rigor, porque circula confundida. Ricardo Jiménez permaneció soltero hasta edad muy avanzada. En su juventud mantuvo una relación con Adela Herrán Bonilla (1881-1882), que más tarde se casaría con su amigo y rival Cleto González Víquez —un detalle que dice mucho de la endogamia de aquella élite, donde los grandes adversarios públicos competían también por las mismas mujeres—. Después formalizó un compromiso el 6 de diciembre de 1884 con Pacífica Fernández Guardia, hija del presidente Próspero Fernández Oreamuno; el compromiso se truncó por la muerte de Próspero el 30 de marzo de 1885, y Pacífica terminó casándose, semanas después, con Bernardo Soto Alfaro. Jiménez no se casaría hasta los sesenta y nueve años. Su vida íntima tiene aristas que la hagiografía oficial prefirió silenciar y que, contadas, lo humanizan más que cualquier elogio.

La formación intelectual de un jurista liberal

San Luis Gonzaga y la Universidad de Santo Tomás

Ricardo Jiménez Oreamuno hizo la primaria entre escuelas privadas de San José y Cartago y cursó la secundaria en el Colegio de San Luis Gonzaga de Cartago, la institución que su propio padre había contribuido a abrir y de la que recibiría, andando el tiempo, el grado de bachiller honoris causa. Aquel colegio era el corazón de la educación secundaria costarricense de la época y en sus aulas circulaba el aire intelectual del momento: liberalismo político, humanismo europeo, un desdén ilustrado por el clericalismo.

Después ingresó a la Universidad de Santo Tomás, en San José, donde se graduó de Licenciado en Leyes el 8 de octubre de 1884. Su tesis llevaba un título que ya delataba una mente práctica más que dogmática: ¿A cuántas penas se reducen en la práctica las establecidas en nuestro Código?, un examen de derecho penal sobre la distancia entre la ley escrita y su aplicación real. No le interesaba la norma en abstracto, sino la norma en funcionamiento; esa será una constante de su pensamiento.

Había algo precoz en él. El 11 de octubre de 1875, con dieciséis años, pronunció un discurso público comparando el derecho romano, el español, el francés y el patrio en materia de personas —estados de libertad, ciudadanía, familia, la ausencia de esclavitud en el Código patrio por contradecir la igualdad republicana—. Un adolescente disertando de derecho comparado no era cosa común ni en aquella élite. Antes de graduarse había sido escribiente en la Alcaldía de Cartago desde los catorce años, había trabajado en un juzgado de San José, había sido secretario de la junta directiva del Colegio de Abogados en 1884 y regidor —y luego presidente— de la Municipalidad de San José. Abrió bufete propio en 1886.

El bufete de Cruz Polanco, escuela de codificadores

Su verdadero taller fue el despacho del doctor Antonio Cruz Polanco, un jurista guatemalteco de prestigio radicado en Costa Rica. En esa oficina coincidieron cuatro jóvenes abogados que terminarían escribiendo buena parte de la historia jurídica del país: Ricardo Jiménez, Cleto González Víquez, José Astúa Aguilar y Ricardo Pacheco Marchena. No era un detalle menor. El bufete de Cruz Polanco fue, en los hechos, una escuela informal de derecho civil y de técnica legislativa en un país que todavía no tenía una tradición codificadora propia. De ahí saldría la generación que redactó el Código Civil de 1888.

Jiménez fue además profesor de Derecho Civil en la Universidad de Santo Tomás en 1887-1888, con un sueldo de cien pesos al mes, y rector interino de esa universidad en 1888, cargo que ejerció brevemente y que renunció ante la propuesta de clausura de la institución en el marco de la reforma educativa liberal. Participó en polémicas jurídicas públicas —entre ellas, en 1888, una disputa doctrinal con Julián Volio sobre la expropiación por utilidad pública, en la que sostuvo y publicó la tesis contraria a Volio—; en 1918 tradujo, prologó y publicó el estudio del ingeniero Francisco Kurtze sobre la ruta del ferrocarril interoceánico.

El liberalismo positivista y el publicista incansable

La matriz ideológica de Jiménez fue el liberalismo positivista de raíz comtiana, con un componente fuerte de anticlericalismo y una convicción nuclear: la separación entre la Iglesia y el Estado y el carácter laico de la educación pública. En su formación influyó el sabio español Valeriano Fernández Ferraz, una de las figuras que el liberalismo costarricense importó para modernizar la enseñanza, y de quien Jiménez tomó buena parte de su indiferencia ante la religión formal.

No fue un hombre de tribuna grandilocuente, sino de argumento técnico. A lo largo de su vida publicaría alrededor de trescientos sesenta y tres trabajos entre 1875 y 1944, de los cuales más del noventa y cinco por ciento aparecieron en periódicos y revistas. No fue un escritor de tratados sino un publicista incansable: creía que la ley había que explicarla al ciudadano, no solo promulgarla sobre él. El historiador Iván Molina ha demostrado que esa producción en prensa no fue un pasatiempo literario, sino una estrategia deliberada de inserción en la esfera pública, una manera de gobernar la opinión antes de gobernar el Estado. Jiménez nunca separó el derecho de la opinión pública. Esa fue su política, hecha de tinta antes que de discursos.

El ascenso del joven diplomático y secretario de Estado

La misión de México de 1885

La vida pública de Ricardo Jiménez Oreamuno no empezó en los tribunales sino en la diplomacia, y empezó con una crisis. En 1885, el presidente de Guatemala, Justo Rufino Barrios, intentó reunificar Centroamérica por la fuerza de las armas. Costa Rica, amenazada por un proyecto unionista impuesto a cañonazos, necesitaba un negociador hábil en México, donde se jugaba parte del equilibrio regional. El gobierno de Próspero Fernández envió a Jiménez —con apenas veintiséis años— como Ministro Plenipotenciario ante el gobierno de Porfirio Díaz; al año siguiente, el 1 de abril de 1886, su misión se amplió formalmente para representar también a El Salvador y Nicaragua.

El objetivo era impedir que México respaldara la aventura de Barrios y asegurar el reconocimiento internacional de la soberanía e integridad territorial costarricense. Lo logró. Un almuerzo oficial con el canciller mexicano Ignacio Mariscal, el 24 de abril de 1885, selló con un brindis de fraternidad el respaldo de México a la integridad de las repúblicas centroamericanas. La empresa unionista de Barrios se desplomó —el propio Barrios murió en combate ese año, en Chalchuapa— y Jiménez regresó a Costa Rica el 3 de marzo de 1886 con un prestigio diplomático construido a los veintisiete.

Secretario de Estado y el patrón de la renuncia

De vuelta en el país, fue Presidente de la Municipalidad de San José y entró en la administración del Poder Ejecutivo. Entre el 4 de octubre y el 5 de noviembre de 1886 fue Secretario de Estado en los despachos de Gobernación, Policía y Fomento, bajo la presidencia de Bernardo Soto Alfaro. Renunció en apenas un mes, en desacuerdo con la conducción personalista de ciertos asuntos.

Es un patrón que conviene mirar desde ahora, porque se repetirá: cuando Jiménez consideraba que un cargo lo obligaba a avalar algo que repugnaba a su criterio, renunciaba. No negociaba la permanencia. La renuncia fue, en su carrera, un instrumento de principios tanto como el discurso o el voto. Pocos hombres públicos costarricenses han dimitido tantas veces por convicción y tan pocas por cálculo.

El canciller del istmo

La diplomacia volvió a buscarlo. En 1888 presidió el Segundo Congreso Centroamericano celebrado en San José, un foro orientado a integrar jurídica y aduaneramente el istmo por la vía pacífica; bajo su conducción se firmaron tratados de paz, amistad y comercio (24 de noviembre de 1888), una convención postal y telegráfica (7 de enero de 1889) y una convención de arbitraje con Nicaragua. En septiembre de 1889 asumió la cartera de Relaciones Exteriores, de la que dimitió a los pocos días, en medio de la agitación que culminaría en los sucesos democráticos del 7 de noviembre de 1889.

Durante el gobierno de transición del doctor Carlos Durán Cartín condujo simultáneamente la Secretaría de Relaciones Exteriores y las carteras anexas de Justicia, Gracia, Culto, Beneficencia y Fomento, garantizando un traspaso de poder ordenado en una coyuntura delicada. En el plano internacional gestionó el Pacto de San Salvador (1889-1890), obtuvo el reconocimiento de Brasil el 4 de marzo de 1890, manejó las relaciones con Nicaragua tras el Laudo Cleveland y participó en la Primera Conferencia Internacional Americana de Washington (1889-1890), génesis del sistema panamericano. A los treinta años, Jiménez ya había sido el diplomático estrella de su país, alcalde de la capital y cuatro veces secretario de Estado. Lo que vino después no fue la presidencia: fue el episodio que lo convirtió en una figura moral antes que en un gobernante.

La Presidencia de la Corte Suprema y la renuncia de 1892

La magistratura más joven

En mayo de 1890, el Congreso Constitucional eligió a Ricardo Jiménez Oreamuno Presidente de la Corte Suprema de Justicia para el período 1890-1894, en sucesión de Vicente Sáenz Llorente. Tenía treinta y un años. Que un hombre tan joven encabezara el Poder Judicial de un país era, ya entonces, un hecho insólito en la historia judicial costarricense; solo se explica por el reconocimiento unánime de su saber técnico y de su probidad.

Desde esa magistratura se propuso dos cosas modestas en apariencia y enormes en el contexto: modernizar el funcionamiento de los tribunales y blindar la independencia de los jueces frente a las intromisiones del poder político. En una Costa Rica donde el Ejecutivo trataba al Judicial como una dependencia más, esa segunda meta era casi una provocación. La provocación se cobró su precio dos años después.

El golpe por decreto de 1892

El presidente de la República, José Joaquín Rodríguez Zeledón, enfrentado a una oposición legislativa que le resultaba incómoda, decretó la disolución del Congreso Constitucional. Fue un golpe de Estado en toda regla, ejecutado no con tropas sino con un decreto publicado en el Diario Oficial. La mayoría de los funcionarios del régimen optó por el silencio o la acomodación; era lo prudente, y casi todos fueron prudentes. Jiménez hizo lo contrario.

El 1 de septiembre de 1892 envió a la Corte Suprema una nota de renuncia irrevocable cuyo razonamiento, más que una dimisión, era una pieza de doctrina constitucional. El núcleo de aquel texto, conservado en las recopilaciones de su pensamiento, decía:

El decreto que publica el Diario Oficial de hoy sobre disolución del Congreso es un ataque mortal a la Constitución. Mi autoridad derivaba de ella y se ha extinguido al extinguirse su fuente.

Nota de renuncia a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, 1 de septiembre de 1892, reproducida en Eugenio Rodríguez Vega (ed.), Ricardo Jiménez Oreamuno – su pensamiento, Editorial Costa Rica, 1980.

La lógica de la renuncia

En el razonamiento de aquella nota está el jurista entero. Jiménez no argumentó que la disolución fuera injusta, ni inconveniente, ni impopular. Argumentó algo más radical y más frío: que su propio cargo había dejado de existir. Si la Constitución era la fuente de la que manaba su autoridad como Presidente del Poder Judicial, y esa Constitución había sido herida de muerte por el decreto, entonces no había nada de qué dimitir, porque ya no había autoridad que ejercer.

La renuncia no era un gesto político ni una protesta moral. Era la constatación de un hecho jurídico: una cadena de validez rota en su eslabón superior invalida todo lo que cuelga de ella. Medio siglo antes de que Hans Kelsen popularizara la idea de la norma fundante como vértice del orden jurídico, un magistrado de treinta y tres años en Costa Rica razonaba con esa lógica y, lo que es más difícil, la aplicaba contra su propia silla. La doctrina constitucional costarricense citaría ese gesto, durante más de un siglo, como un caso de manual de independencia judicial.

1917, la coherencia repetida

Esa misma coherencia se repetiría veinticinco años después. Cuando el general Federico Tinoco derrocó a Alfredo González Flores en enero de 1917 e instauró una dictadura, el régimen de facto convocó a una comisión de expresidentes para redactar la Constitución de 1917 que pretendía legitimarlo. Jiménez fue el único expresidente que rechazó de plano participar: una norma emanada de la usurpación, sostuvo, carecía de validez jurídica desde su origen, y prestarle la firma habría sido convalidar lo que él consideraba nulo ab initio. Se refugió en sus fincas y esperó.

Solo aceptó volver a la magistratura entre 1919 y 1920, como conjuez o magistrado suplente de la Corte Suprema, ya derrocada la dictadura —precipitada su caída por el asesinato del maestro Marcelino García Flamenco, la Revolución de Sapoá de Julio Acosta y el desconocimiento internacional del régimen—, para colaborar en la reconstrucción del orden legal que el tinoquismo había destruido. A mi juicio, este es el rasgo más exportable de toda su biografía: Jiménez entendía que la legalidad no se defiende cuando es cómoda, sino precisamente cuando defenderla cuesta el cargo. En 1892 le costó la presidencia de la Corte; en 1917 le costó el regreso a la vida pública. Que en 1914 no lo hiciera —su hora más baja— no borra esas dos veces; las vuelve más humanas.

El parlamentario que enfrentó a la United Fruit Company

Diputado, vicepresidente y presidente del Congreso

Entre la renuncia a la Corte y la primera presidencia hay una década parlamentaria que la divulgación suele saltarse y que, sin embargo, explica cómo Ricardo Jiménez Oreamuno construyó su liderazgo de masas. En 1902 fue electo diputado por la provincia de Cartago para el período 1902-1906, en las filas del Partido Unión Nacional. Ese primer año ejerció como Vicepresidente del Congreso Constitucional y, el 1 de mayo de 1903, fue elevado a la Presidencia de la cámara, cargo que ocupó con celo reglamentario hasta el 30 de abril de 1904. Ostentó además la condición de Primer Designado a la Presidencia de la República, llamado a asumir temporalmente la primera magistratura tras la dimisión de Rafael Yglesias Castro.

En 1906 regresó al foro parlamentario, esta vez como diputado por San José para el cuatrienio 1906-1910, y volvió a la Presidencia del Congreso para el período legislativo del 1 de mayo de 1909 al 30 de abril de 1910, que sirvió de puente institucional para el traspaso pacífico del poder que lo llevaría a su primera presidencia. Años después, en 1930, fue electo diputado de nuevo y declinó ejercer el cargo para no entorpecer el gobierno de su viejo rival Cleto González Víquez —un gesto que retrata mejor que cualquier discurso la «alternancia patricia» de aquellos dos abogados cartagineses que se turnaron el poder durante más de veinte años—.

El enclave bananero y el Estado dentro del Estado

Lo que distingue esa etapa no es la lista de cargos sino una batalla concreta. En la cámara legislativa, Jiménez encabezó la oposición a una serie de contratos de concesión y prórroga tributaria entre el Estado costarricense y la United Fruit Company. Denunció, con rigor técnico antes que con retórica, que las cláusulas propuestas por la corporación bananera equivalían a la creación de un verdadero «Estado dentro del Estado» en la región atlántica del país: eximían a la empresa de impuestos de importación y exportación y le cedían el control de los muelles, las aduanas y las líneas del Ferrocarril al Atlántico, en perjuicio del erario y de la soberanía nacional.

El episodio importa para la biografía jurídica de Jiménez por dos razones. La primera es de coherencia: el mismo hombre que defendería la legalidad constitucional frente a los gobernantes la defendió también frente al poder económico transnacional, que en la Centroamérica de la época solía ser más fuerte que los propios Estados. La segunda es premonitoria: la desconfianza parlamentaria de 1906 ante el enclave bananero es el antecedente directo de la manera en que, ya como presidente, manejaría la Huelga Bananera de 1934 sin entregarle a la United Fruit el ejército que esta le pedía. La línea entre el diputado de 1906 y el presidente de 1934 es recta, y conviene verla entera.

El Código Civil de 1888 y el bufete de Cruz Polanco

La Comisión Codificadora

Aquí hace falta precisión, porque la fórmula popular suele exagerar. Ricardo Jiménez Oreamuno no fue «el redactor del Código Civil de Costa Rica», del mismo modo que Alberto Brenes Córdoba —cuya biografía la Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica ya ha documentado— no fue su «redactor principal» sino su secretario. El Código Civil costarricense de 1888 fue obra de una comisión y de un equipo, y nombrar a cada quien por su función real, no por la leyenda, es lo que separa a una biblioteca jurídica seria de la divulgación que repite consignas.

Por decreto del 7 de abril de 1882, durante el gobierno del general Próspero Fernández Oreamuno, se conformó la Comisión Codificadora. La integraron formalmente el doctor Antonio Cruz Polanco como presidente, junto con Ascensión Esquivel Ibarra, José Aniceto Rodríguez Zeledón y Bernardo Soto Alfaro; Alberto Brenes Córdoba actuó como secretario. Alrededor de esa comisión, en el bufete del propio Cruz Polanco, trabajó un grupo de jóvenes abogados que colaboraron en la redacción técnica del articulado: Ricardo Jiménez Oreamuno, Cleto González Víquez, José Astúa Aguilar y Ricardo Pacheco Marchena. El proyecto fue autorizado por ley del 19 de abril de 1885, promulgado por decreto en 1886 y entró en vigor el 1 de enero de 1888, previa consulta al Colegio de Abogados.

Hay además una confusión recurrente que corregir: Mauro Fernández Acuña no integró esa Comisión; su obra fue la reforma educativa de 1885-1886, no la codificación civil. Atribuirle un papel codificador es restarle a la verdad histórica y, de paso, a Jiménez.

El papel real de Jiménez y un código de más de un siglo

¿Qué fue exactamente Jiménez en ese proceso? Un colaborador técnico de primera línea, un redactor de articulado que aportó su formación civilista al cuerpo legal, no un comisionado con firma propia ni el autor intelectual del conjunto. La distinción no es una mezquindad académica. Lo verdaderamente notable no es atribuirle un código entero, sino constatar que el mismo hombre que a los veintitantos años ayudaba a redactar el derecho civil costarricense sería, décadas más tarde, quien lo defendería desde la presidencia de la Corte y desde la presidencia de la República. Hay una unidad biográfica ahí: el que escribe la norma de joven y la custodia de viejo.

El Código Civil de 1888 fue un código liberal de corte clásico, deudor de la tradición napoleónica y, de manera directa, del Código Civil chileno de Andrés Bello de 1855, organizado en torno a la propiedad, el contrato, la familia y la sucesión. Su vigencia es uno de los hechos más asombrosos del derecho costarricense. Con reformas sustantivas —en particular la transformación de su Título Preliminar en 1986, por iniciativa del jurista Gerardo Trejos Salas, para regular las fuentes del derecho, la interpretación y la eficacia general de las normas—, ese código sigue siendo el cuerpo civil vigente más longevo del país. Cuando un abogado costarricense de hoy invoca una norma sobre obligaciones o contratos, se mueve, casi siempre sin saberlo, dentro de un cuerpo normativo que un grupo de jóvenes del bufete de Cruz Polanco ayudó a articular hace más de un siglo. Esa continuidad —no la autoría individual— es el verdadero legado civilista de Jiménez.

El Curso de Instrucción Cívica y el credo laico de Ricardo Jiménez Oreamuno

Un manual de derecho público para niños

En 1888, la Tipografía Nacional publicó un libro pequeño y de apariencia humilde que tendría más influencia sobre la mentalidad costarricense que muchos tratados: el Curso de Instrucción Cívica para uso de las escuelas de Costa Rica, escrito por Ricardo Jiménez Oreamuno a solicitud expresa del Secretario de Instrucción Pública, Mauro Fernández Acuña. Es la única obra formal de carácter unitario que Jiménez publicó —el resto de su producción son ensayos, discursos y artículos de prensa—, y no es casual que esa única obra orgánica fuera un manual escolar y no un tratado para colegas.

La motivación del libro era una indignación pedagógica que él mismo formuló sin rodeos: le parecía «inconcebible que ciudadanos de una República salgan de las escuelas y colegios ignorantes de cuál es el Gobierno de su patria». El Curso exponía, en lenguaje accesible para niños pero sin condescendencia técnica, los fundamentos del orden constitucional costarricense: la soberanía nacional, la división de poderes, los derechos individuales y el funcionamiento del sufragio. Dedicó varios apartados específicamente al examen del voto y los comicios. No era un catecismo patriótico de frases huecas; era, en rigor, un manual de derecho público convertido en cartilla escolar. Tuvo varias reediciones —se documentan ejemplares de 1898 y 1926— y formó, durante décadas, la idea que los costarricenses comunes tenían de su propio Estado.

La apuesta de fondo era que una república se sostiene menos por sus leyes que por la conciencia de sus ciudadanos respecto de esas leyes; que un pueblo que no sabe cómo se gobierna está condenado a que lo gobiernen mal y a que le falsifiquen el voto sin que lo note. Es la misma intuición que años después lo llevaría a reformar el sistema electoral: de poco sirve un voto libre si el votante no sabe qué está haciendo cuando vota. La pedagogía cívica y la reforma electoral son, en Jiménez, dos capítulos de un solo proyecto.

Colegio de Cartago y el credo laico

El otro texto fundacional de su pensamiento es anterior y más combativo: el ensayo Colegio de Cartago, publicado en Washington en enero de 1886, mientras cumplía funciones diplomáticas. Allí Jiménez condenó el control de la educación por la Compañía de Jesús y defendió la separación tajante entre la Iglesia y el Estado. El texto se considera una pieza nuclear del credo intelectual de la generación liberal costarricense, casi su manifiesto.

Importa para entender al hombre completo: su laicismo no era un accesorio ideológico, sino una posición de principio sobre quién debía formar a los ciudadanos de una república. Jiménez fue, en lo religioso, un hombre indiferente a la fe formal, y nunca disimuló que creía más en la escuela laica que en el púlpito como instrumento de civilización. En un país de mayoría católica, esa franqueza tuvo costos políticos que él asumió sin disimulo, fiel a una regla personal que aplicó toda su vida: no negociar la convicción para comprar tranquilidad.

Los ensayos, los discursos y la pluma

Jiménez no escribió tratados, pero escribió sin parar. Su tesis de grado de 1884 inauguró una producción que se extendería sesenta años. En 1881 había publicado «Lo que hay que hacer» en El Ciudadano; en 1887 pronunció un discurso sobre la Convención de Arbitraje; el 15 de septiembre de 1891 dio en Alajuela, durante la inauguración del monumento al héroe nacional Juan Santamaría, una pieza de oratoria que articuló la memoria de la Campaña Nacional de 1856-1857. Vendrían después «En defensa del tesoro público» (1903), «El doctor Cruz y el gobierno de Costa Rica» (1905), su intervención doctrinal sobre la Ley de Elecciones publicada en La Gaceta en 1905, y los artículos sobre ganadería en Excelsior entre 1929 y 1931. En 1918 tradujo y prologó el estudio del ingeniero Francisco Kurtze sobre la ruta del ferrocarril interoceánico. Hasta sus últimos años escribió en La Tribuna, en el Diario de Costa Rica y en el Repertorio Americano.

El catálogo importa por lo que revela del método. Jiménez no separó nunca el ejercicio del poder de la pedagogía pública: gobernaba y, al mismo tiempo, explicaba por qué gobernaba así. Sus mensajes presidenciales fueron recopilados póstumamente por Carlos Meléndez Chaverri en los tomos cuarto y quinto de los Mensajes presidenciales, y su pensamiento disperso quedó reunido por Eugenio Rodríguez Vega en Ricardo Jiménez Oreamuno – su pensamiento (1980) y por Eduardo Oconitrillo en Don Ricardo Jiménez en la prensa (2009). No dejó una doctrina sistematizada en un volumen; dejó una conducta argumentada en cientos de textos. Para un jurista, esa también es una forma —quizás la más honesta— de hacer doctrina.

La gran reforma electoral de Ricardo Jiménez Oreamuno

Si hay una obra que justifica, por sí sola, una biografía de Ricardo Jiménez Oreamuno en una biblioteca jurídica, es esta. No el Código Civil, en el que fue uno entre varios; no las presidencias, que comparte con otros gobernantes; sino la lenta, terca y deliberada reingeniería del sistema electoral costarricense que ejecutó a lo largo de tres décadas y tres gobiernos. Lo que hoy se llama «la democracia costarricense» tiene, en buena medida, la firma de este hombre, aunque casi ningún costarricense lo sepa.

El voto directo de 1913

El punto de partida era malo. La Constitución de 1871 establecía un sufragio indirecto en dos grados: el ciudadano elegía electores provinciales, y los electores elegían al presidente y a los diputados. El sistema concentraba el poder real en un puñado de electores manipulables y dejaba al votante común a merced de los jefes políticos.

Durante su primera presidencia, Jiménez impulsó y sancionó en 1913 —a través de la Ley de Elecciones de ese año— la reforma que consagró el voto directo: a partir de entonces, el ciudadano elegiría directamente al presidente y a los diputados, sin intermediarios de segundo grado. La medida redujo de un golpe el margen para el fraude de los electores y devolvió al ciudadano común la potestad de decidir, él mismo, el rumbo político de la nación. El historiador Iván Molina, autoridad académica sobre esta materia, ha mostrado que Jiménez también propuso entonces el voto secreto y que el Congreso se lo rechazó. No se rindió: lo volvería a intentar, y la terquedad es aquí la virtud principal.

El voto secreto y el Registro Cívico de 1925

Lo intentó en su segunda presidencia. La Ley de Elecciones de 1925 completó la reforma de 1913 estableciendo que el sufragio sería directo y secreto. El blindaje legal de la privacidad del voto quedó consagrado en una norma cuyo tono revela la intención: nadie estaba obligado a revelar el secreto de su voto, ni siquiera requerido por autoridades judiciales, ni en informaciones tramitadas por el Congreso o de simple carácter administrativo.

En una sociedad de patrones, jefes políticos y peones dependientes, el voto secreto no era un tecnicismo: era la única manera de que el voto del débil valiera lo mismo que el del fuerte y de que el peón pudiera votar distinto a su patrón sin represalia. La misma ley creó dos instituciones de consecuencias enormes: el Consejo Nacional de Electores —primer antecedente orgánico directo del Tribunal Supremo de Elecciones, dotado de independencia para supervisar y calificar los comicios, con causales estrictas de incompatibilidad por parentesco con los candidatos— y el Registro Cívico, que diseñó e imprimió por primera vez la cédula como documento exclusivo para sufragar. La cédula de ciudadanía que hoy todo costarricense lleva en la billetera tiene ahí su partida de nacimiento.

La regla del cuarenta por ciento de 1936

Faltaba una pieza, y la puso en su tercera presidencia. En 1936, Jiménez promovió la regla que fijó un umbral mínimo —el cuarenta por ciento de los votos válidos— para que un candidato presidencial fuera declarado ganador en primera ronda. El problema que resolvía era estructural y él lo había sufrido en carne propia: cuando ningún candidato alcanzaba mayoría, la decisión presidencial se trasladaba a un Congreso atomizado, lo que abría la puerta al chantaje político, a la ingobernabilidad y a las crisis de legitimidad de origen —exactamente como en 1923, cuando él mismo había llegado a la presidencia por decisión parlamentaria y no por mandato popular claro—.

Al fijar el umbral en el cuarenta por ciento, aseguró que quien accediera a la primera magistratura contara con un respaldo popular sólido y verificable, minimizando la inestabilidad. Esa regla no es historia muerta: es, hoy mismo, el artículo 138 de la Constitución Política de Costa Rica. Cada vez que un candidato costarricense celebra haber superado el cuarenta por ciento, o que el país va a una segunda ronda porque nadie lo alcanzó, está cumpliendo una norma que diseñó Ricardo Jiménez Oreamuno.

El plan de veintitrés años

Reunidas las tres reformas —voto directo (1913), voto secreto con Registro Cívico y Consejo Nacional de Electores (1925), regla del cuarenta por ciento (1936)—, se ve el plan completo. No fueron ocurrencias sueltas de tres gobiernos distintos. Fueron capítulos de un mismo proyecto sostenido durante veintitrés años por la misma cabeza, contra resistencias y derrotas parciales.

El Tribunal Supremo de Elecciones que la Constitución de 1949 elevó a la categoría de cuarto poder no nació de la nada: nació del Consejo Nacional de Electores de Jiménez, y el propio Tribunal, a través de su Instituto de Formación y Estudios en Democracia, reconoce esa genealogía. La famosa estabilidad democrática costarricense, esa que sus vecinos no tuvieron en el mismo período, no fue un milagro del clima ni una virtud espontánea del café. Fue, en parte sustancial, ingeniería jurídica deliberada, y este hombre fue su ingeniero más persistente. A mi juicio, ningún costarricense del siglo XX hizo más, con menos ruido, por la democracia electoral del país.

Las tres presidencias de Ricardo Jiménez Oreamuno

Ricardo Jiménez Oreamuno fue presidente de Costa Rica tres veces, en períodos no consecutivos: 1910-1914, 1924-1928 y 1932-1936. Cada presidencia respondió a una emergencia distinta —un terremoto, la construcción del Estado, una depresión mundial— y cada una dejó instituciones que todavía existen.

La presidencia sobre las ruinas, 1910-1914

La primera presidencia empezó sobre escombros. Jiménez había ganado con holgura las elecciones de 1909-1910 frente al expresidente Rafael Yglesias Castro, como candidato del Partido Republicano. Pero cuatro días antes de tomar posesión, el 4 de mayo de 1910 —tras un sismo precursor el 13 de abril—, el terremoto de Santa Mónica, de magnitud Mw 6,4, originado en la falla de Aguacaliente, destruyó Cartago en unos dieciséis segundos y dejó al menos setecientos muertos, la mayoría aplastados mientras dormían bajo techos de teja sostenidos por paredes de adobe. El presidente saliente, Cleto González Víquez, recorrió las ruinas de la ciudad días antes de entregar el poder.

La devastación no se debió a una magnitud descomunal, sino a lo somero del foco y a la fragilidad del adobe: ese matiz importa, porque la respuesta de Jiménez fue, además de humanitaria, técnica. Prohibió la construcción de viviendas e inmuebles de adobe y bahareque sin refuerzo —los materiales responsables de la mayoría de las muertes al colapsar bajo los techos pesados— y ordenó pautas constructivas más seguras, sentando el primer antecedente de normativa sismorresistente del país.

En esa misma presidencia llegó el voto directo de 1913; se consolidó la deuda externa mediante el arreglo de los bonos ingleses y un empréstito francés de treinta y cinco millones de francos en 1911; se creó la Dirección General de Correos y la Escuela de Agricultura. Hubo también un episodio que revela su concepción del equilibrio de poderes: el veto presidencial del 25 de junio de 1912, con el que rechazó una ley que pretendía recortar las facultades fiscalizadoras del Ejecutivo. Jiménez usó el veto no como un capricho de gobernante sino como un instrumento de contrapeso institucional, el mismo razonamiento que lo había hecho renunciar en 1892, ahora aplicado en sentido inverso: defender la competencia legítima de un poder es tan importante como no invadir la del otro. La presidencia, sin embargo, terminó mal, en la crisis sucesoria de 1914 que no admite maquillaje. Su sucesor fue Alfredo González Flores.

La presidencia constructora, 1924-1928

La segunda fue la de la construcción institucional del Estado moderno. Jiménez llegó por decisión del Congreso: en las elecciones de diciembre de 1923 obtuvo una mayoría relativa insuficiente —cerca del 46 %—, frente a Alberto Echandi Montero del Partido Agrícola y al general Jorge Volio Jiménez del recién fundado Partido Reformista. Una alianza parlamentaria con el Reformista, basada en una agenda de reformas sociales y tributarias compartidas, inclinó la votación del Congreso a su favor, y Volio quedó como uno de sus Designados.

De ese gobierno salió el Banco Nacional de Seguros, creado por la Ley N.º 12 del 30 de octubre de 1924, redactada con notable factura técnica por su Secretario de Hacienda, el economista Tomás Soley Güell: un monopolio estatal de seguros de vida, incendios, accidentes y riesgos profesionales que inició operaciones en noviembre de 1925 y que, rebautizado en 1948, es el actual Instituto Nacional de Seguros. Salieron también el Banco de Crédito Hipotecario (1926), para democratizar el acceso al financiamiento agrario y a la vivienda; el Ministerio de Salubridad Pública (1927), cuyo primer titular fue el higienista Solón Núñez Frutos, que lanzó las primeras campañas contra el parasitismo, la malaria y la tuberculosis; la Dirección General de Correos con tarifa unificada; el antiguo Estadio Nacional; la electrificación del Ferrocarril al Pacífico —estratégica para independizar el transporte de carga de la importación de carbón— y el muelle de Puntarenas con su acueducto. Y, sobre todo, la Ley de Elecciones de 1925 con el voto secreto y el Registro Cívico. Si la primera presidencia reconstruyó una ciudad, la segunda construyó un Estado. Su sucesor fue Cleto González Víquez, en la «alternancia patricia» que los dos viejos rivales practicaron durante más de veinte años.

La presidencia de la Depresión, 1932-1936

La tercera fue la de la administración de la catástrofe económica. Llegó precedida por un intento de golpe: la madrugada del 15 de febrero de 1932, derrotado en las urnas, Manuel Castro Quesada y un grupo de seguidores tomaron el cuartel Bellavista en lo que se conoce como el «Bellavistazo», una asonada que duró tres días y dejó alrededor de quince muertos. Sofocada la intentona y retirada la candidatura de Castro Quesada, el Congreso nombró a Jiménez Primer Designado y lo llamó a ejercer la Presidencia.

Gobernó en plena Gran Depresión, con el café y el banano hundidos y las aduanas exhaustas. Su respuesta fue una mezcla de austeridad casi monástica —renunció a cobrar su salario presidencial durante todo el mandato, convencido de que el gobernante debía ser el primero en sacrificarse en la tribulación pública—, una moratoria de la deuda externa para proteger las reservas, el primer Código de Comercio del país para dotar a la economía de un marco legal moderno, una Oficina de Control del gasto público (1936) que prefiguró la Contraloría General de la República, la Escuela Nacional de Agricultura y la traída de una Misión Educativa Chilena en 1935 para reformar la enseñanza, además del acueducto de Ojo de Agua a Puntarenas y el puente Filadelfia–Liberia. De esa presidencia es también la regla del cuarenta por ciento de 1936.

La Huelga Bananera de 1934, Costa Rica frente a sus vecinos

De la tercera presidencia es el episodio que mejor define su manera de gobernar. La Gran Huelga Bananera del Atlántico estalló el 4 de agosto de 1934 en la zona caribeña de Veintiséis Millas, cuando el Congreso de Trabajadores del Atlántico, organizado por el joven y entonces proscrito Partido Comunista de Costa Rica —fundado en junio de 1931—, aprobó un pliego de reivindicaciones. La huelga paralizó la región atlántica desde Turrialba hasta la frontera panameña y movilizó a más de quince mil trabajadores que laboraban en condiciones de explotación impuestas por la United Fruit Company: jornadas de doce y catorce horas, pago en cupones canjeables solo en las comisarías de la propia empresa, ausencia de servicios médicos en zonas de malaria. Liderados en el terreno por el escritor y dirigente Carlos Luis Fallas —Calufa—, los huelguistas pedían jornada de ocho horas, pago en efectivo, condiciones higiénicas y reconocimiento sindical.

Tras una primera fase pacífica y un acuerdo del 31 de agosto que la United Fruit desconoció, el conflicto entró en una fase de sabotaje y el gobierno movilizó fuerzas policiales y detuvo a dirigentes —Arnoldo Ferreto, Tobías Vaglio y el propio Fallas entre ellos—. Las élites agroexportadoras y la transnacional exigieron a Jiménez el ejército y la represión brutal, tachando el movimiento de sedición internacional. Jiménez se negó. Optó por la negociación directa, el orden con fuerzas policiales limitadas y el sometimiento de los detenidos a la justicia ordinaria, no a tribunales militares. La huelga se resolvió sin una sola muerte, los tribunales liberaron a los huelguistas sin condena y las reivindicaciones se incorporaron en el contrato-ley con la United Fruit.

El contraste con la región es duro y no debe suavizarse: la misma época que en Costa Rica terminó sin un muerto, en El Salvador había terminado en 1932 con una matanza de más de veinte mil personas, y antes con las masacres obreras de Colombia (1928) y Honduras (1930). Esa diferencia no fue casualidad geográfica. Fue, en buena parte, una decisión de gobierno.

El pensamiento jurídico-político de Ricardo Jiménez Oreamuno

La ley como acto de confianza

El pensamiento de Ricardo Jiménez Oreamuno se puede resumir en una frase suya, pronunciada en su Mensaje al Congreso del 1 de mayo de 1935:

La ley tiene que ser hecha de suerte que la elección sea un acto de confianza, una señal de preferencia, signo de voluntad.

Mensaje del Presidente de la República al Congreso Constitucional, 1 de mayo de 1935.

Toda su obra es una glosa de esa idea. La ley no es un fin en sí misma; es el instrumento para que la voluntad popular se exprese sin que nadie la falsifique. El derecho, para él, estaba al servicio de la confianza pública, no al revés, y un sistema jurídico que no producía confianza era un sistema fallido por más perfecto que fuera su articulado.

Los tres ejes del liberalismo constitucional

De ahí su liberalismo constitucional, que tenía tres ejes estables. El primero era la primacía de la legalidad sobre el personalismo: ningún gobernante, por brillante que fuera, estaba por encima de la Constitución, y un cargo derivado de ella se extinguía con ella —exactamente lo que sostuvo en 1892—. A esa convicción pertenece la idea, repetidamente atribuida a su pensamiento de la década de 1920, de que es preferible un presidente mediano antes que el más brillante de los dictadores.

El segundo eje era la independencia del Poder Judicial como condición de existencia de los otros dos poderes, no como un adorno institucional ni como una cortesía entre ramas del Estado. El tercero era la fe en la educación cívica y laica como la verdadera base de una república: ciudadanos que entienden el Estado son más difíciles de engañar que ciudadanos que solo lo obedecen. Los tres ejes se sostienen entre sí, y los tres aparecen, en germen, ya en el Curso de Instrucción Cívica de 1888.

Al comunismo, con razones

El episodio que mejor revela ese pensamiento en acción es su posición frente al comunismo. En 1931, cuando el recién fundado Partido Comunista de Costa Rica solicitó su inscripción electoral y la Secretaría de Gobernación se la negó alegando que sus tesis atentaban contra la propiedad y la soberanía, Jiménez fue el único candidato presidencial que se opuso públicamente a la exclusión. Su argumento no era simpatía ideológica —era un liberal anticomunista, no un marxista—, sino estrictamente jurídico y estratégico: la Constitución garantizaba la libertad de pensamiento y de palabra, de modo que no había base legal para prohibir que los comunistas se organizaran y defendieran sus tesis por los canales institucionales.

Advirtió, con una lucidez que la historia centroamericana confirmaría con sangre, que la persecución no destruye a un movimiento sino que lo alimenta: crea mártires en la clandestinidad y empuja hacia el sabotaje a quienes, dejados competir, terminan moderándose al insertarse en la legalidad. Su posición, documentada por la investigación histórica de Iván Molina, se resumía en una idea tajante: al comunismo había que combatirlo con razones, no con puñetazos.

Lo que importa, y a mi juicio es el aporte más fino de su pensamiento, es que esa tolerancia no era debilidad ni neutralidad. Era una tesis sobre cómo se estabiliza una democracia: integrando el conflicto dentro de las instituciones en lugar de expulsarlo a las catacumbas. Costa Rica le debe, en parte, el que su izquierda histórica se haya construido dentro del sistema electoral y no contra él; el Partido Comunista costarricense terminó negociando huelgas y ganando curules en lugar de organizar guerrillas. Esa diferencia con el resto del istmo tiene, entre sus causas, esta decisión de un liberal que prefirió tener al adversario adentro, votando, que afuera, conspirando.

Tensiones, conflictos y sombras de Ricardo Jiménez Oreamuno

Una biografía sin sombras es una hagiografía, y Ricardo Jiménez Oreamuno tuvo sombras reales que conviene mirar de frente, porque entenderlas es entenderlo a él y no a su estatua.

La claudicación de 1914

La sombra más grave es política y ocurrió al final de su primera presidencia. Las elecciones de diciembre de 1913 —las primeras con voto directo, su propia reforma— enfrentaron a Máximo Fernández, Carlos Durán y Rafael Yglesias, y ninguno alcanzó la mayoría absoluta. En la crisis sucesoria de 1914, en medio de renuncias cruzadas y maniobras orquestadas por Federico Tinoco, Jiménez entregó los cuarteles a la facción tinoquista, y el Congreso terminó designando a Alfredo González Flores como Primer Designado llamado a ejercer la Presidencia.

El hombre que en 1892 había renunciado por no convalidar un golpe facilitó, en 1914, una salida de fuerza que fortaleció a Tinoco y abrió el camino —tres años después— a la dictadura tinoquista que él mismo repudiaría sin matices. La contradicción es real y no debe disimularse. Las recopilaciones piadosas de su pensamiento tienden a pasar de puntillas por 1914. Una biblioteca jurídica seria no puede: el mismo rasero que Jiménez aplicó a Rodríguez Zeledón en 1892 y a Tinoco en 1917 hay que aplicárselo a él en 1914, y el resultado no lo favorece.

El dictador intelectual

La segunda sombra es de carácter y la dibujaron sus enemigos: lo llamaban «el dictador intelectual». El apodo aludía a su firmeza autoritaria, a su sarcasmo demoledor, a una superioridad de criterio que ejercía sin demasiada diplomacia. Jiménez no era un hombre fácil ni cálido en lo público. Hombre de gran prestancia, calvo desde temprano, orador excepcional, trataba a casi todo el mundo de «usted» —con la única excepción documentada de su amigo de infancia, el diplomático Wenceslao de la Guardia— y mantenía una distancia formal que muchos leían como soberbia.

Dominaba el francés, conocía el inglés, tocaba el piano y cocinaba; pasaba largas jornadas en la finca Bonilla, en El Roble de Puntarenas, dedicado a la ganadería, sobre la que escribió con humor seco —«yo sí creo en las genealogías y en la superioridad de ciertas razas, pero en la ganadería»—. El sobrenombre con que pasó a la posteridad, «El Brujo del Irazú», mezclaba la admiración por su astucia política con un punto de inquietud ante su poder de manipulación. No fue un demócrata afable; fue un patricio convencido de tener razón, que amplió la democracia desde una posición de tutela ilustrada, no de igualdad sentida. Reconocerlo no lo rebaja: lo vuelve verosímil.

Beatriz Zamora y María Eugenia Calvo

La tercera sombra es íntima y la élite josefina la convirtió en escándalo. En 1928, a los sesenta y nueve años, Jiménez se casó con Beatriz Zamora López, una mujer de origen humilde y vida controvertida —se sabía que había ejercido la prostitución antes de la unión—. El matrimonio desafió frontalmente los prejuicios de la clase a la que él pertenecía; hubo burlas públicas, y la tradición recuerda incluso a un artista encarcelado por una caricatura sobre la relación. Jiménez lo asumió con altanería, sin pedir disculpas a nadie y sin esconder a su esposa. Beatriz murió el 6 de febrero de 1933 —el mismo día del cumpleaños de él, una coincidencia que lo marcó— mientras él ejercía la tercera presidencia y ella era, formalmente, Primera Dama.

En 1936, el mismo día en que dejó el poder, a los setenta y siete años, se casó en segundas nupcias con María Eugenia Calvo Badía, mucho más joven; de esa unión nació su única hija, Esmeralda Jiménez Calvo. Vale aclararlo en términos directos porque la divulgación lo confunde a menudo, e incluso alguna investigación reciente lo negó de plano: Jiménez se casó dos veces y dejó descendencia. No fue el solterón sin familia que cierta leyenda piadosa dibujó, y la verdad —dos matrimonios socialmente incómodos para su clase, una hija tardía— lo retrata mejor que el mito.

Las frases apócrifas

Hay una cuarta zona gris, esta de método histórico, y la señalo porque rendir homenaje con datos falsos es una forma sutil de faltarle el respeto. A Jiménez se le atribuyen frases que probablemente no dijo. El célebre «¡Cartago vive!» que la tradición pone en su boca tras el terremoto no proviene de un discurso suyo, sino del editorial homónimo del diario La Información del 6 de junio de 1911, un año posterior al sismo.

La frase «es mejor errar con el pueblo que acertar contra él», que se le cuelga con frecuencia, no tiene atribución verificable en las recopilaciones académicas serias de su pensamiento —ni en Vargas Coto, ni en Rodríguez Vega, ni en Molina, ni en Oconitrillo— y debe considerarse, hasta prueba documental en contrario, apócrifa. El Jiménez real no necesita frases prestadas; tiene las suyas, y son mejores.

El recelo ante el Estado social

Y una sombra final, doctrinal. En sus últimos años, Jiménez criticó con dureza el reformismo social del calderonismo —el Código de Trabajo y las Garantías Sociales de 1943— por considerarlo estatista y contrario al ideario liberal. El mismo hombre que había tolerado al Partido Comunista por convicción jurídica desconfió del Estado social cuando llegó.

No hay aquí incoherencia lógica —siempre fue un liberal, nunca un socialdemócrata—, pero sí el límite generacional de su pensamiento: defendió las libertades políticas con una consistencia ejemplar y miró con recelo la justicia social que la generación siguiente pondría en el centro del Estado costarricense. Entenderlo completo exige reconocer también eso: fue un gigante del constitucionalismo liberal y, a la vez, un hombre que no alcanzó a ver del todo el siglo que se le venía encima.

Los últimos años y la muerte del patricio

El ganadero de la finca Bonilla

El retiro de Ricardo Jiménez Oreamuno fue, como casi todo en él, una declaración de principios. Al dejar la presidencia el 8 de mayo de 1936 anunció, categórico, que su carrera política había terminado de manera definitiva, y se replegó a sus labores ganaderas en la finca Bonilla.

Había sido, además de jurista y estadista, un ganadero apasionado: investigó la ganadería nacional, promovió cruces con ganado extranjero y escribió sobre el tema en la prensa, en artículos como «Origen y evolución de nuestra ganadería» publicados en Excelsior entre 1929 y 1931. Ese costado rural —el expresidente que prefería sus vacas a los salones— forma parte del personaje tanto como las bandas presidenciales.

La candidatura frustrada de 1940

El retiro no fue definitivo, porque el país lo buscó. A finales de los años treinta, un amplio arco de sectores reformistas y progresistas —incluidas las bases del Partido Comunista que él había defendido en 1931— le pidió que se postulara una vez más, de cara a las elecciones de 1940. Aceptó, a los ochenta años, encabezando una coalición que buscaba frenar al oficialismo.

La campaña se topó con un muro: el gobierno saliente de León Cortés Castro intervino de manera sistemática en favor del joven médico Rafael Ángel Calderón Guardia. Hubo persecución, muchas veces violenta, de los seguidores jimeneristas; entorpecimiento administrativo de sus asambleas; y el cierre forzoso del órgano de prensa que difundía su candidatura. Ante el quiebre de las reglas mínimas del juego democrático, y temeroso de que su postulación desatara un conflicto civil de consecuencias impredecibles, Jiménez retiró su candidatura de manera irrevocable, despejando el camino a Calderón. La ironía es amarga: el padre del voto directo y del voto secreto se retiró de su última elección, precisamente, porque no había garantías electorales. La obra de su vida no alcanzó a protegerlo a él mismo en su última batalla.

Benemérito y muerte sin pompa

El 4 de julio de 1942, mediante el Decreto N.º 73 del Congreso Constitucional, Ricardo Jiménez Oreamuno fue declarado Benemérito de la Patria, en vida, reconocimiento que reflejaba la devoción que la ciudadanía profesaba hacia su triple trayectoria legislativa, judicial y ejecutiva. Siguió escribiendo en la prensa hasta el final, criticando el oficialismo de Calderón y, después, las elecciones fraudulentas de 1944, fiel hasta el último artículo a su principio de que la ley debía hacer del voto un acto de confianza. Rechazó, ya anciano, una pensión pública: prefería morir de inquilino.

El 4 de enero de 1945, a los ochenta y cinco años, murió en su modesta vivienda alquilada de San José. Había pedido que lo sepultaran «sin pompa oficial y con absoluta sencillez». Sus restos descansan en el Cementerio General de San José, no en la Cartago que lo vio nacer ni en ningún panteón monumental. Murió como había vivido los últimos años: sin patrimonio, habiendo vendido fincas para pagar deudas, fiel a la idea de que el poder no se cobra. Pocas muertes de un hombre que gobernó tanto han sido tan poco onerosas para el erario, y esa pobreza final es, bien mirada, su última pieza de doctrina.

El reconocimiento histórico y la construcción de la figura

La fabricación del patricio

La Costa Rica que sobrevivió a la guerra civil de 1948 y se refundó en la Constitución de 1949 necesitaba símbolos de civismo, y Ricardo Jiménez Oreamuno se prestaba bien al papel. La construcción de su figura como «patricio» —hombre íntegro, austero, garante de la legalidad— empezó en vida, con el benemeritazgo de 1942, y se consolidó después con biografías, recopilaciones y homenajes. Su efigie circuló en billetes; escuelas, calles y bibliotecas llevan su nombre; su retrato cuelga en la Galería de Exmandatarios del Museo Nacional de Costa Rica. La Escuela Ricardo Jiménez Oreamuno, en Cartago, conserva su nombre como patrimonio.

Esa construcción tiene un sesgo que importa nombrar. La memoria oficial subrayó al jurista probo, al reformador electoral, al hombre que renunció en 1892, y dejó en penumbra al político que entregó los cuarteles en 1914, al «dictador intelectual» sarcástico, al crítico tardío del Estado social, al marido escandaloso para su clase. La operación es comprensible —los países necesitan próceres, y un prócer es siempre una biografía editada—, pero una biblioteca jurídica no existe para administrar el panteón, sino para entender el derecho.

Los biógrafos

El trabajo de fijación de su memoria lo hicieron, sobre todo, sus biógrafos y editores. Joaquín Vargas Coto publicó una biografía clásica, Biografía del Lic. Ricardo Jiménez Oreamuno, con motivo del centenario de su nacimiento en 1959, y más tarde Crónicas de la época y vida de don Ricardo. Eugenio Rodríguez Vega editó Ricardo Jiménez Oreamuno – su pensamiento (Editorial Costa Rica, 1980), la recopilación canónica que conserva, entre otros textos, el de la renuncia de 1892, y antes había escrito la biografía Los días de don Ricardo Jiménez (1971). Teodoro Picado Michalski dejó un retrato cercano. Eduardo Oconitrillo recopiló su producción en prensa (Don Ricardo Jiménez en la prensa, EUNED, 2009). El Ministerio de Relaciones Exteriores publicó, en 2012, el estudio de Jorge Umaña Vargas sobre su faceta de canciller.

Sobre todo, el historiador Iván Molina convirtió a Jiménez en objeto de estudio académico riguroso —no hagiográfico— en trabajos como Ricardo Jiménez Oreamuno y una olvidada tradición de reforma electoral en Costa Rica y Política y prensa en Costa Rica. El caso del presidente Ricardo Jiménez Oreamuno. Entender a Jiménez exige sostener juntas las dos imágenes: el hombre que escribió una de las páginas más altas del constitucionalismo costarricense y el que también tuvo su hora baja. La estatura no la da la ausencia de sombras; la da el peso de la obra a pesar de ellas.

Ricardo Jiménez Oreamuno en el siglo XXI

Lo notable de Ricardo Jiménez Oreamuno es cuánto de él sigue operando, sin su nombre, en el derecho costarricense vigente. No es un personaje de museo: es una infraestructura activa que el país usa todos los días sin recordar quién la instaló.

Un código civil de más de un siglo

El Código Civil de 1888, en cuya redacción colaboró desde el bufete de Cruz Polanco, continúa siendo el cuerpo civil vigente más antiguo del país. Reformado —en especial su Título Preliminar en 1986, por iniciativa de Gerardo Trejos Salas—, sigue rigiendo las obligaciones, los contratos, la propiedad y la sucesión de todos los costarricenses. Un estudiante de Derecho Civil en la Universidad de Costa Rica, en la Universidad Nacional o en cualquier facultad del país está estudiando, sin que se lo digan, un cuerpo normativo que aquella generación del bufete de Cruz Polanco ayudó a articular hace más de un siglo.

El artículo 138 y el Tribunal Supremo de Elecciones

La regla del cuarenta por ciento que impuso en 1936 es hoy, literalmente, el artículo 138 de la Constitución Política. Cada elección presidencial costarricense del siglo XXI se decide contra ese umbral; cuando ningún candidato lo alcanza, hay segunda ronda, como ocurrió en 2002, en 2014 y en 2018. Es una de las normas más consecuentes del diseño institucional costarricense, y casi nadie sabe de quién fue la idea ni en qué crisis nació.

El Tribunal Supremo de Elecciones, al que la Constitución de 1949 dio rango de cuarto poder y que la comunidad internacional cita como modelo de administración electoral independiente, es el descendiente directo del Consejo Nacional de Electores que Jiménez creó en 1925, junto con el Registro Cívico y la cédula. El voto secreto que cualquier costarricense ejerce hoy detrás de una mampara es la Ley de Elecciones de 1925. El propio Tribunal, a través de su Instituto de Formación y Estudios en Democracia, reconoce esa genealogía en su material institucional. Pocas veces se puede trazar una línea tan recta entre la firma de un gobernante y la urna de un ciudadano de hoy.

La renuncia de 1892 como precedente vivo

La renuncia de 1892 sigue siendo invocada por la magistratura y la doctrina constitucional costarricenses como precedente ético de la independencia judicial: el caso del juez que entendió que su autoridad no era suya sino de la Constitución, y que cuando esa fuente fue herida no se aferró al cargo. En un continente donde la captura del Poder Judicial por el Ejecutivo es una amenaza recurrente y actual, ese gesto de hace más de un siglo sigue funcionando como una vara de medir.

A mi juicio, esta es la prueba más dura de la grandeza de un jurista: que su obra sobreviva a su nombre. Costa Rica practica todos los días reglas que Jiménez diseñó sin recordar que fueron suyas, y es probable que ese anonimato sea exactamente el destino que él habría preferido: que la legalidad funcionara tan bien que nadie tuviera que pensar en quién la hizo.

Preguntas frecuentes sobre Ricardo Jiménez Oreamuno

¿Cuándo y dónde nació y murió Ricardo Jiménez Oreamuno?

Romualdo Ricardo Jiménez Oreamuno nació en Cartago el 6 de febrero de 1859 y murió en San José el 4 de enero de 1945, a los ochenta y cinco años, en una vivienda alquilada. Sus restos descansan en el Cementerio General de San José. Era hijo del expresidente Jesús Jiménez Zamora y nieto, por línea materna, del jefe de Estado Francisco María Oreamuno Bonilla.

¿Por qué se dice que es el único costarricense que presidió los tres Poderes?

Porque ejerció la jefatura de los tres Poderes del Estado: fue Presidente de la Corte Suprema de Justicia (1890-1892), Presidente del Congreso Constitucional (1903-1904 y 1909-1910) y Presidente de la República en tres ocasiones (1910-1914, 1924-1928 y 1932-1936). Ningún otro costarricense ha encabezado las tres ramas del poder.

¿Qué dijo Ricardo Jiménez Oreamuno al renunciar a la Corte Suprema en 1892?

Cuando el presidente José Joaquín Rodríguez Zeledón disolvió el Congreso por decreto, Jiménez renunció el 1 de septiembre de 1892 con un razonamiento que se volvió doctrina: el decreto era «un ataque mortal a la Constitución» y su autoridad, derivada de ella, «se ha extinguido al extinguirse su fuente». Es uno de los precedentes éticos más citados de la independencia judicial costarricense.

¿Ricardo Jiménez Oreamuno escribió el Código Civil de Costa Rica?

No exactamente. El Código Civil de 1888 fue obra de la Comisión Codificadora presidida por Antonio Cruz Polanco, con Alberto Brenes Córdoba como secretario. Jiménez, junto con Cleto González Víquez y otros jóvenes abogados del bufete de Cruz Polanco, colaboró en la redacción técnica del articulado. Fue un colaborador de primera línea, no el redactor único ni un comisionado formal.

¿Cuál fue el aporte más importante de Ricardo Jiménez Oreamuno al derecho costarricense?

Su reforma electoral sostenida a lo largo de tres gobiernos: el voto directo (1913), el voto secreto con el Registro Cívico y el Consejo Nacional de Electores (1925) y la regla del cuarenta por ciento (1936). De ese conjunto descienden directamente el Tribunal Supremo de Elecciones y el artículo 138 de la Constitución vigente.

¿Qué es la regla del cuarenta por ciento y por qué sigue vigente?

Es el umbral mínimo de votos válidos que un candidato presidencial debe obtener para ganar en primera ronda; si nadie lo alcanza, hay segunda vuelta. Jiménez la promovió en 1936 para evitar que la elección presidencial se decidiera en un Congreso fragmentado. Hoy es el artículo 138 de la Constitución Política y se aplicó, por ejemplo, en las segundas rondas de 2002, 2014 y 2018.

¿Por qué defendió la legalidad del Partido Comunista si era liberal?

En 1931, siendo un liberal anticomunista, fue el único candidato presidencial que se opuso a excluir al Partido Comunista de las elecciones. Su argumento era jurídico: la Constitución garantizaba la libertad de pensamiento, y perseguir el comunismo solo lo radicalizaría. Sostenía que «al comunismo hay que combatirlo con razones, no con puñetazos». Esa decisión ayudó a que la izquierda costarricense se construyera dentro del sistema electoral.

¿Cómo manejó la Huelga Bananera de 1934?

Rechazó la presión de las élites y de la United Fruit Company para reprimir militarmente la huelga liderada por Carlos Luis Fallas y el Partido Comunista. Optó por la negociación y por someter a los detenidos a la justicia ordinaria. El conflicto se resolvió sin una sola muerte, en contraste con la matanza salvadoreña de 1932 y las masacres obreras de Colombia (1928) y Honduras (1930).

¿Ricardo Jiménez Oreamuno se casó y tuvo hijos?

Sí, aunque la divulgación a veces lo niega. Permaneció soltero hasta los sesenta y nueve años. En 1928 se casó con Beatriz Zamora López, de origen humilde, fallecida en 1933 sin descendencia. En 1936 se casó en segundas nupcias con María Eugenia Calvo Badía, con quien tuvo una hija, Esmeralda Jiménez Calvo.

¿Es cierto que Ricardo Jiménez dijo «¡Cartago vive!» tras el terremoto de 1910?

No. Esa frase no proviene de un discurso suyo, sino del editorial homónimo del diario La Información del 6 de junio de 1911, un año posterior al sismo. Tampoco está documentada como suya la frase «es mejor errar con el pueblo que acertar contra él», que las recopilaciones académicas no localizan en sus textos.

¿Por qué lo llamaban «El Brujo del Irazú»?

El sobrenombre aludía a su astucia política y a su capacidad de maniobra, con un punto de inquietud de sus adversarios ante su influencia. Sus enemigos también lo llamaban «el dictador intelectual» por su firmeza autoritaria y su sarcasmo. Eran apodos de respeto y de temor a la vez.

¿Qué diferencia a Ricardo Jiménez Oreamuno de Cleto González Víquez?

Ambos fueron abogados cartagineses, condiscípulos en el bufete de Cruz Polanco, figuras cimeras de la Generación del Olimpo y presidentes que se alternaron el poder durante más de veinte años. Jiménez es recordado sobre todo por la reforma electoral y la independencia judicial; González Víquez, por su obra administrativa y su erudición histórica. Fueron rivales corteses y complementarios, no enemigos.

¿Qué fue la Generación del Olimpo y qué lugar ocupó en ella Ricardo Jiménez Oreamuno?

La Generación del Olimpo —también llamada «del 89» o «del 900»— fue la élite liberal, positivista y laica que construyó el Estado costarricense moderno entre 1880 y 1920. La integraron figuras como Mauro Fernández Acuña, Bernardo Soto Alfaro y Ascensión Esquivel. En su vértice jurídico-político estuvieron dos abogados cartagineses condiscípulos: Cleto González Víquez y Ricardo Jiménez Oreamuno, que se alternaron el poder durante más de veinte años. Jiménez fue, dentro de esa generación, el reformador electoral más persistente.

¿Por qué retiró su candidatura presidencial en 1940?

A los ochenta años aceptó postularse de nuevo, apoyado por sectores reformistas e incluso por las bases comunistas que había defendido en 1931. El gobierno saliente de León Cortés Castro intervino sistemáticamente a favor de Rafael Ángel Calderón Guardia: persiguió a sus seguidores, entorpeció sus asambleas y cerró el órgano de prensa de su campaña. Ante la falta de garantías y temiendo un conflicto civil, Jiménez retiró su candidatura. El padre del voto secreto se retiró, precisamente, por falta de garantías electorales.

¿Qué instituciones públicas creó Ricardo Jiménez Oreamuno?

Durante sus presidencias se crearon el Banco Nacional de Seguros (Ley N.º 12 de 1924, hoy Instituto Nacional de Seguros), el Banco de Crédito Hipotecario (1926), el Ministerio de Salubridad Pública (1927, con Solón Núñez Frutos), la Dirección General de Correos, la Escuela Nacional de Agricultura y la Oficina de Control del gasto público de 1936, antecedente de la Contraloría General de la República. También impulsó la electrificación del Ferrocarril al Pacífico y el muelle de Puntarenas.

¿Qué es el Curso de Instrucción Cívica de 1888?

Es la única obra formal y unitaria que publicó Jiménez, escrita a solicitud del Secretario de Instrucción Pública, Mauro Fernández Acuña, e impresa por la Tipografía Nacional en 1888. Era un manual de derecho público convertido en cartilla escolar, que explicaba a los niños la soberanía, la división de poderes, los derechos individuales y el sufragio. Tuvo reediciones en 1898 y 1926 y formó durante décadas la idea que los costarricenses tenían de su propio Estado.

¿Cómo respondió al terremoto de Cartago de 1910?

El terremoto de Santa Mónica del 4 de mayo de 1910, de magnitud Mw 6,4 y originado en la falla de Aguacaliente, destruyó Cartago cuatro días antes de que Jiménez asumiera la presidencia y dejó al menos setecientos muertos. Su respuesta fue, además de humanitaria, técnica: prohibió la construcción de adobe y bahareque sin refuerzo —responsables de la mayoría de las muertes— y ordenó pautas constructivas más seguras, el primer antecedente de normativa sismorresistente en Costa Rica.

¿Cuál fue el conflicto de Ricardo Jiménez Oreamuno con la United Fruit Company?

Como diputado entre 1906 y 1910 encabezó la oposición a los contratos de concesión con la United Fruit Company, denunciando que sus cláusulas creaban «un Estado dentro del Estado» en la región atlántica al ceder muelles, aduanas y ferrocarril y eximir a la empresa de impuestos. Esa desconfianza temprana explica que, ya como presidente, en la Huelga Bananera de 1934 rechazara entregarle a la compañía el ejército que esta le pedía para reprimir a los trabajadores.

¿Por qué se dice que murió pobre pese a gobernar tres veces?

Jiménez vivió con austeridad, en una casa alquilada, y rechazó una colecta ciudadana que pretendía comprarle una vivienda propia, porque consideraba que un servidor público no debía enriquecerse con el cargo. En su tercera presidencia renunció a cobrar el salario presidencial. Vendió fincas para pagar deudas y murió el 4 de enero de 1945 sin patrimonio, en una vivienda rentada de San José, tras pedir un entierro «sin pompa oficial y con absoluta sencillez».

¿Qué relevancia tiene hoy Ricardo Jiménez Oreamuno para el derecho costarricense?

Su obra sigue vigente sin que se lo nombre. El Código Civil de 1888, en cuya redacción colaboró, continúa rigiendo. La regla del cuarenta por ciento que impuso en 1936 es el artículo 138 de la Constitución vigente. El voto secreto, el Registro Cívico y el Consejo Nacional de Electores de 1925 son el origen directo del Tribunal Supremo de Elecciones. Y su renuncia de 1892 sigue citándose como precedente ético de independencia judicial.

Reflexiones finales sobre Ricardo Jiménez Oreamuno

¿Qué le deja Ricardo Jiménez Oreamuno al jurista costarricense del siglo XXI, más allá de las normas concretas que siguen vigentes? Le deja, ante todo, una idea sobre el origen de la autoridad. Jiménez entendió —y lo demostró renunciando— que el poder de un funcionario no le pertenece, que es una concesión condicionada de la Constitución, y que cuando esa condición se rompe el funcionario no tiene un cargo que defender sino una fuente que honrar. Esa es una lección que ninguna facultad enseña tan bien como una biografía: la independencia judicial no se decreta, se ejerce, y se ejerce sobre todo el día en que ejercerla cuesta caro. El abogado o el juez que algún día tenga que escoger entre el cargo y la Constitución encontrará en la nota del 1 de septiembre de 1892 un precedente que no caduca.

Le deja también una manera de hacer reformas. Las tres grandes reformas electorales de Jiménez no fueron golpes de audacia sino una obra paciente sostenida durante veintitrés años contra resistencias, derrotas parciales y congresos hostiles. El voto secreto se lo rechazaron en 1913 y lo aprobó en 1925; la regla del umbral nació de una crisis que él mismo había padecido en 1923. El jurista que quiera transformar instituciones haría bien en estudiar esa terquedad: las democracias no se construyen en un mandato, se construyen en una vida, y casi siempre en pedazos que solo de lejos se ven como un plan.

Le deja, además, una advertencia sobre la tolerancia. Que un liberal anticomunista defendiera el derecho de los comunistas a existir, no por simpatía sino por convicción jurídica, es una de las decisiones más fecundas de la historia política costarricense. Demuestra que la madurez de una democracia no se mide por cómo trata a sus aliados sino por cómo trata a quienes detesta, y que expulsar el conflicto de las instituciones no lo elimina: lo radicaliza y lo arma. Es una lección que el siglo XXI, con sus tentaciones de proscribir al adversario, haría mal en olvidar.

Y le deja una pregunta abierta, incómoda, que esta investigación no quiere cerrar artificialmente. El mismo hombre que renunció en 1892 por no convalidar un golpe entregó los cuarteles en 1914. ¿Cómo conviven, en una sola biografía, la coherencia heroica y la claudicación? La respuesta honesta es que conviven como conviven en casi todos los hombres públicos reales: la grandeza de Ricardo Jiménez Oreamuno no consiste en no haber tenido una hora baja, sino en que el saldo de su obra resiste esa hora baja sin desmoronarse. Quien busque próceres sin mancha no debería estudiar historia; debería estudiar mitología.

Epílogo, el inquilino que presidió los tres Poderes

Vuelvo al principio, porque ahí está la imagen que lo resume. Un hombre que fue tres veces presidente de la República, presidente de la Corte Suprema y presidente del Congreso, el único costarricense que ha encabezado los tres Poderes del Estado, murió en una casa que no era suya, sin patrimonio, habiendo vendido sus fincas para pagar deudas y habiendo rechazado la colecta de quienes querían regalarle un techo.

Piénselo el lector que llega hasta aquí. En un continente y en un siglo donde el paso por el poder solía dejar fortunas, este hombre salió de él más pobre de lo que entró, y lo hizo por principio, no por descuido. No fue un santo: tuvo su hora baja en 1914, su carácter difícil, su sarcasmo de «dictador intelectual», su límite ante la justicia social, sus frases que la leyenda le inventó y sus matrimonios que escandalizaron a su clase. Pero entendió, con una claridad que el derecho costarricense todavía aprovecha, que la autoridad pública es prestada, que la ley se hace para que el voto sea un acto de confianza y que un juez vale exactamente lo que vale su disposición a renunciar.

La Costa Rica que resuelve sus elecciones contra el cuarenta por ciento, que vota en secreto detrás de una mampara, que tiene un tribunal electoral independiente respetado en el mundo y un código civil de más de un siglo, vive sobre obra de Ricardo Jiménez Oreamuno sin saberlo. No necesitó una casa propia porque dejó, en cambio, una parte del orden jurídico donde todavía habita el país entero. De los inquilinos de la historia, fue de los que más dejaron y de los que menos se llevaron. Esa, y no las tres bandas presidenciales, es la razón por la que la Biblioteca Jurídica del Bufete de Costa Rica lo cuenta entre los suyos.

Referencias Bibliográficas

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  • Picado Michalski, T. (1984). Ricardo Jiménez O. visto por Teodoro Picado M.. Colección Analectas. Asamblea Legislativa de Costa Rica.
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